Ayudas pymes industriales Comunidad Valenciana 2025: apoyo urgente tras la DANA
Contenido
- 1 Ayudas pymes industriales Comunidad Valenciana 2025: apoyo urgente tras la DANA
- 1.1 ¿Tu pyme fue afectada por la DANA de octubre de 2024? Descubre cómo acceder a las nuevas ayudas
- 1.2 Ayudas pymes industriales Comunidad Valenciana 2025: ¿en qué consisten?
- 1.3 Programas disponibles y beneficiarios
- 1.4 Cuantía de las ayudas y costes subvencionables
- 1.5 Presentación de solicitudes: fechas clave y procedimiento
- 1.6 Procedimiento de concesión y pagos
- 1.7 Obligaciones y justificación
- 1.8 ¿Qué pasa si no cumplo?
- 1.9 Conclusión: Una oportunidad urgente que no debe pasarse por alto
¿Tu pyme fue afectada por la DANA de octubre de 2024? Descubre cómo acceder a las nuevas ayudas
La reciente DANA que golpeó con fuerza la Comunitat Valenciana a finales de octubre de 2024 no solo dejó graves daños materiales, sino que paralizó por completo la actividad de miles de pymes industriales, comercios y negocios hosteleros. Las lluvias torrenciales y las inundaciones causaron pérdidas humanas, la destrucción de infraestructuras y el cierre forzoso de empresas con décadas de trayectoria.
Ante esta situación excepcional, muchas pymes se preguntan: ¿existe algún tipo de ayuda directa para recuperar la actividad económica? La respuesta es sí. El Consell ha aprobado un decreto que regula una serie de subvenciones urgentes y directas para las pymes afectadas.
Si tu negocio ha sufrido daños y necesita apoyo para ponerse en marcha de nuevo, este artículo te interesa. Y si tienes dudas o necesitas asistencia con la solicitud, los abogados en Valencia de Asepyme están a tu disposición para ayudarte a tramitar todo el proceso con garantías.
Ayudas pymes industriales Comunidad Valenciana 2025: ¿en qué consisten?
El Decreto 51/2025 del Consell, publicado el 2 de abril de 2025, establece las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas para la recuperación y reactivación de pymes industriales, comercios, hostelería y servicios afectados por la DANA que comenzó el 29 de octubre de 2024. Estas ayudas están enmarcadas en la iniciativa «Ara empreses», gestionadas por el IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial).
Objetivo de las ayudas
Las ayudas están destinadas a cubrir inversiones ya realizadas o pendientes de ejecución, con el fin de:
-
Reparar daños materiales en bienes afectos a la actividad.
-
Reactivar la capacidad productiva de las empresas.
-
Recuperar el empleo y la economía en los municipios afectados.
Programas disponibles y beneficiarios
Dos líneas de ayuda diferenciadas
El decreto contempla dos programas distintos, según el sector de actividad:
-
Programa I: Dirigido a pymes industriales con CNAE entre 10 y 33, o personas jurídicas propietarias de inmuebles industriales.
-
Programa II: Enfocado a comercios, hostelería y servicios, excluyendo a propietarios de inmuebles sin actividad económica.
Requisitos principales
-
Tener actividad económica en funcionamiento el 28 de octubre de 2024.
-
Estar ubicadas en alguno de los municipios afectados (listados en el anexo del decreto).
-
Haber sufrido daños materiales como consecuencia directa de la DANA.
-
Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas también pueden solicitar la ayuda, siempre que cumplan los requisitos exigidos.
Cuantía de las ayudas y costes subvencionables
Las ayudas se conceden bajo el régimen de minimis, y los importes varían según el programa:
Programa I (Industria)
-
Hasta el 50% de los costes subvencionables, con un máximo de 100.000 €.
-
Para propietarios de inmuebles industriales: máximo 20.000 €.
-
Inversión mínima subvencionable: 10.000 € (IVA excluido).
Programa II (Comercio, hostelería y servicios)
-
Hasta el 70% de los costes subvencionables, con un máximo de 50.000 €.
-
Inversión mínima subvencionable: 3.000 € (IVA excluido).
¿Qué gastos se subvencionan?
-
Maquinaria, aparatos y equipos necesarios para la actividad.
-
Software vinculado a la producción o servicios.
-
Obras de reparación, adaptación y mejora de instalaciones.
-
Auditorías para justificar la subvención (hasta 600 €).
No se subvencionan vehículos, materias primas, mercaderías ni dispositivos móviles.
Presentación de solicitudes: fechas clave y procedimiento
Plazo
Las solicitudes podrán presentarse del 15 de abril al 30 de junio de 2025, de forma electrónica a través del portal del IVACE.
Forma de presentación
-
Solo se permite una solicitud por empresa.
-
Se puede solicitar para inversiones ya realizadas o futuras.
-
La tramitación será 100% digital, con certificado electrónico válido.
Documentación requerida
-
Solicitud normalizada.
-
Declaración responsable sobre ayudas y cumplimiento normativo.
-
Memoria descriptiva de las inversiones.
-
Ficha bancaria y datos en la base PROPER.
-
Compromisos individuales si se trata de agrupaciones.
Procedimiento de concesión y pagos
Las ayudas se otorgarán por orden de entrada de las solicitudes, hasta agotar el presupuesto disponible (más de 127 millones de euros).
Se podrá solicitar un anticipo del 50% de la subvención concedida, sin necesidad de presentar aval, aunque será obligatorio justificar la inversión con una auditoría posterior.
Obligaciones y justificación
Las empresas beneficiarias deberán:
-
Ejecutar y justificar el proyecto antes del 30 de octubre de 2025.
-
Aportar documentación contable y justificantes de pago.
-
Mantener los bienes subvencionados en uso entre 2 y 5 años, según el tipo.
-
Exhibir en lugar visible el cartel informativo de la ayuda del IVACE.
También deberán cumplir con las normas de transparencia y prevención del fraude.
¿Qué pasa si no cumplo?
El decreto establece mecanismos de modificación, minoración o reintegro de las ayudas si no se justifica adecuadamente el uso de los fondos. Las empresas deben asegurar que todos los gastos estén respaldados con facturas y pagos trazables.
Conclusión: Una oportunidad urgente que no debe pasarse por alto
Las ayudas directas a pymes industriales de la Comunidad Valenciana 2025 representan una herramienta clave para que las empresas afectadas por la DANA puedan volver a operar, reconstruir su infraestructura y reactivar el empleo.
¡Por cierto!
Si aún no te has suscrito a nuestra newsletter gratuita, te invito a hacerlo ahora. Te mantendremos informado de novedades legislativas, subvenciones, ayudas y noticias que serán de tu interés.
Dado el carácter extraordinario y el limitado plazo de solicitud, es vital actuar con rapidez y precisión. Si tienes dudas sobre cómo presentar la solicitud, o quieres asegurarte de cumplir todos los requisitos legales y contables, contacta con los abogados en Valencia de Asepyme. Nuestro equipo te acompañará durante todo el proceso para que no pierdas esta oportunidad de recuperación.
📎 Puedes consultar el documento oficial completo en PDF haciendo clic [aquí](adjuntarlo tú o indicar enlace)para profundizar en los detalles jurídicos y técnicos del decreto.