¿Debo declarar la compra de un coche nuevo a Hacienda?
Contenido
- 1 ¿Debo declarar la compra de un coche nuevo a Hacienda?
- 1.1 Declarar coche nuevo Hacienda: ¿Es obligatorio en todos los casos?
- 1.2 Deducción vehículo eléctrico IRPF: cómo ahorrar hasta 3.000 € en la renta
- 1.3 Excepciones: ¿Quién más puede declarar la compra de un coche nuevo en Hacienda?
- 1.4 ¿Pueden los autónomos deducirse un coche en la Renta?
- 1.5 Plan Moves III: ¿hay que declararlo a Hacienda?
- 1.6 ¿Y si utilizo un coche de empresa?
- 1.7 Calendario clave para presentar la declaración de la Renta 2024
- 1.8 Conclusión: ¿Debo declarar la compra de un coche nuevo?
La llegada del periodo de la declaración de la Renta 2024 plantea muchas dudas, especialmente entre quienes han adquirido un coche durante el año fiscal. ¿Debo declarar la compra de un coche nuevo a Hacienda? ¿Puedo aplicar alguna deducción si se trata de un vehículo eléctrico o híbrido? Estas preguntas son cada vez más frecuentes, sobre todo ante las novedades fiscales impulsadas por el Gobierno para fomentar la movilidad sostenible.
Si compraste un coche nuevo en 2024, este artículo es para ti. Te explicamos qué implicaciones tiene a nivel fiscal según tu situación personal: trabajador por cuenta ajena, autónomo, beneficiario del Plan Moves III o persona con discapacidad. En especial, destacamos cómo aprovechar la deducción por vehículo eléctrico en el IRPF, que puede ahorrarte hasta 3.000 € en tu declaración.
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Declarar coche nuevo Hacienda: ¿Es obligatorio en todos los casos?
Para la mayoría de los ciudadanos —ya sean trabajadores por cuenta ajena, pensionistas o particulares sin actividad económica— la compra de un coche nuevo no debe declararse de forma explícita en la Renta 2024.
Esto se debe a que el vehículo ya ha tributado a través de impuestos indirectos como el IVA (21%) y, en su caso, el impuesto de matriculación, cuya cuantía varía en función de las emisiones de CO₂ homologadas por el coche según el protocolo WLTP.
- Los modelos con emisiones inferiores a 120 g/km están exentos de este impuesto.
- El resto pagan entre un 4,75 % y un 12,75 %, dependiendo del nivel de emisiones.
En consecuencia, a menos que concurran circunstancias especiales, como veremos más adelante, no es obligatorio declarar la compra de un coche nuevo a Hacienda si se trata de un uso exclusivamente particular.
Deducción vehículo eléctrico IRPF: cómo ahorrar hasta 3.000 € en la renta
Una de las grandes novedades fiscales que se mantienen en la Renta 2024 es la posibilidad de aplicar una deducción del 15% en el IRPF por la compra de un vehículo eléctrico. Esta medida pretende incentivar la movilidad sostenible y reducir la huella de carbono del parque automovilístico español.
¿Qué vehículos dan derecho a deducción?
Podrás beneficiarte de esta deducción si adquiriste en 2024 alguno de los siguientes tipos de vehículos:
- Coche 100% eléctrico.
- Vehículo de autonomía extendida.
- Vehículo de pila de combustible.
- Híbrido enchufable.
También se incluyen en esta deducción:
- Cuadriciclos eléctricos (ligeros L6e y pesados L7e).
- Motocicletas eléctricas.
¿Cuánto puedo desgravar?
Hasta el 15% del valor del vehículo, con un límite máximo de 3.000 €.
En el caso de haber instalado un punto de recarga en tu vivienda habitual, puedes deducir también hasta el 15% del coste, con un límite adicional.
Es importante conservar todas las facturas y justificantes del pago para poder acreditar la inversión ante la Agencia Tributaria.
Excepciones: ¿Quién más puede declarar la compra de un coche nuevo en Hacienda?
Aunque en general no es obligatorio declarar la compra de un coche, existen excepciones clave en las que sí se generan beneficios fiscales:
Personas con discapacidad o familiares a cargo
Si el comprador del coche es una persona con discapacidad o un familiar directo que tiene a su cargo a una persona en esta situación, es posible aplicar una importante bonificación fiscal:
- Reducción del IVA del 21% al 4% en la compra del vehículo.
- Además, se puede desgravar el 50% del IVA soportado.
Estas ventajas solo aplican si el coche es nuevo. No se incluyen vehículos usados ni aquellos denominados “Km 0”, ya que al estar previamente matriculados, no se consideran nuevos a efectos fiscales.
¿Pueden los autónomos deducirse un coche en la Renta?
Sí, los autónomos que adquieran un coche nuevo para su actividad profesional pueden aplicar diversas deducciones tanto en el IRPF como en el IVA, aunque con ciertas limitaciones.
Deducciones posibles para autónomos
- 50% de las cuotas de financiación (capital + intereses).
- 50% del IVA del precio de compra.
- Gastos de mantenimiento y reparaciones: deducibles al 50%.
- Combustible: deducible al 50%, excepto en actividades concretas (taxistas, transportistas), donde puede ser del 100% si se acredita que se utiliza exclusivamente para la actividad.
Casos especiales de deducción total
Los siguientes profesionales pueden deducir el 100% del IVA y otros gastos, siempre que el vehículo sea herramienta de trabajo habitual:
- Taxistas.
- Conductores de VTC o transporte privado de personas.
- Representantes comerciales.
- Profesores de autoescuela.
- Transportistas con furgoneta.
El vehículo debe estar matriculado a nombre del profesional autónomo para aplicar estas ventajas.
Plan Moves III: ¿hay que declararlo a Hacienda?
Sí, las ayudas económicas recibidas del Plan Moves III deben incluirse en la declaración de la Renta como ganancia patrimonial. Esto significa que aumentarán tu base imponible y, por tanto, estarán sujetas al gravamen correspondiente según tu nivel de ingresos.
- Solo se declaran si la ayuda fue percibida en 2024.
- Si solicitaste la ayuda, pero no la has cobrado todavía, deberás declararla en el ejercicio en que efectivamente la recibas.
Conviene tener en cuenta este impacto fiscal, ya que podría afectar el resultado final de la declaración.
¿Y si utilizo un coche de empresa?
En caso de disponer de un coche de empresa que también usas para fines personales, Hacienda lo considera un rendimiento en especie, y por tanto, debes tributar por él como si fuera un ingreso adicional.
- Se tributa por el 20% del valor anual del vehículo, si es propiedad de la empresa.
- Si el coche es de renting (propiedad de un tercero), se aplica el 20% sobre su valor de mercado.
Reducciones aplicables por eficiencia energética
Si el coche es eficiente desde el punto de vista energético, puedes beneficiarte de ciertas reducciones en la valoración del rendimiento en especie:
- Coches eléctricos o híbridos enchufables (autonomía >15 km): 30% de reducción si el valor del coche es inferior a 40.000 €.
- Coches híbridos no enchufables: 15% de reducción.
- Coches diésel/gasolina <120 g/km CO₂ y <25.000 €: también se aplica una reducción del 15%.
Calendario clave para presentar la declaración de la Renta 2024
La campaña de la Renta 2024 comienza oficialmente el 2 de abril de 2025 y finaliza el 30 de junio de 2025. Estos son los hitos importantes:
- 2 de abril: inicio de la presentación online (web o App de la Agencia Tributaria).
- 29 de abril: apertura de cita previa para atención telefónica.
- 6 de mayo: comienzo de la asistencia telefónica.
- 3 de junio: inicio de la atención presencial.
- 25 de junio: fecha límite si tu declaración es a ingresar con domiciliación bancaria.
- 30 de junio: fin del plazo general.
Para realizar la presentación telemática es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve PIN o el número de referencia que puedes obtener en la propia web de la Agencia Tributaria.
Conclusión: ¿Debo declarar la compra de un coche nuevo?
En resumen, si compraste un coche en 2024, en la mayoría de los casos no es necesario declarar la operación en sí. Sin embargo, sí puedes beneficiarte de importantes deducciones fiscales si se trata de un vehículo eléctrico, si eres autónomo, si tienes alguna discapacidad o si has recibido ayudas públicas como el Plan Moves III.
Aprovechar estas ventajas puede marcar una diferencia significativa en el resultado de tu declaración de la Renta. Por ello, te recomendamos contar con asesoramiento profesional para aplicar correctamente cada deducción y evitar errores que puedan derivar en sanciones o pérdidas de beneficios.
¡Por cierto!
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