Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes: normativa, exenciones y planificación fiscal

El Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes es un tributo que grava el patrimonio neto de las personas físicas, incluso si no residen en España, siempre que posean bienes o derechos en territorio español. Este impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y afecta exclusivamente a los bienes situados en España cuando se trata de contribuyentes no residentes, quienes tributan bajo el régimen de obligación real.

Si eres no residente y posees propiedades, inversiones u otros activos en España, es fundamental conocer las implicaciones fiscales y las estrategias de planificación para optimizar tu carga tributaria.

En este artículo, explicaremos en detalle quiénes están sujetos a este impuesto, las exenciones aplicables, la relación con los convenios para evitar la doble imposición y las opciones disponibles para reducir su impacto.

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Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes

Sujetos pasivos: ¿quiénes deben pagar el Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes?

El Impuesto sobre el Patrimonio diferencia entre contribuyentes residentes y no residentes. Los no residentes tributan bajo el régimen de obligación real, lo que significa que solo deben declarar los bienes y derechos situados en España o aquellos cuyos efectos fiscales se produzcan en territorio español.

¿Quiénes están obligados a tributar?

Son sujetos pasivos del impuesto por obligación real:

✔️ Personas físicas no residentes en España que posean bienes o derechos situados en territorio español.
✔️ Trabajadores desplazados a España que opten por el régimen fiscal especial del artículo 93 de la Ley del IRPF (conocido como «Ley Beckham»).

El régimen fiscal especial para desplazados a España («Ley Beckham»)

Este régimen permite a los trabajadores trasladados a España tributar bajo el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) en lugar del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) durante seis años.

 Requisitos para acogerse a este régimen:
✅ No haber sido residente fiscal en España en los últimos cinco años.
✅ El desplazamiento debe realizarse por una oferta de trabajo o para desempeñar funciones de administrador en una empresa.
✅ Solicitar la aplicación del régimen dentro de los seis meses siguientes al inicio de la actividad laboral.

 Efectos en el Impuesto sobre el Patrimonio:
✔️ Tributan solo por los bienes situados en España.
✔️ Pueden aplicar la normativa autonómica del Impuesto sobre el Patrimonio.
✔️ Desde 2023, el régimen se ha ampliado para incluir a emprendedores, trabajadores remotos y familiares de trabajadores desplazados.

 Normativa autonómica aplicable al Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes

Desde 2021, todos los no residentes pueden aplicar la normativa fiscal aprobada por la Comunidad Autónoma donde se encuentre el mayor valor de su patrimonio en España. Antes, esta opción estaba limitada a residentes en la Unión Europea (UE) o el Espacio Económico Europeo (EEE).

 ¿Cómo afecta la normativa autonómica?

✔️ Si el contribuyente tiene bienes en varias comunidades, se aplicará la normativa de la comunidad donde se encuentre el mayor valor patrimonial.
✔️ Para beneficiarse de la normativa autonómica, debe reflejarse en la declaración marcando la casilla correspondiente.

 Exenciones del Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes

Algunos activos están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio, lo que puede reducir la carga fiscal de los no residentes.

 Exenciones destacadas:

✔️ Valores de renta fija y deuda pública española.
✔️ Participaciones en entidades extranjeras sin establecimiento permanente en España.
✔️ Bienes afectos a actividades empresariales o profesionales en España.

Activos NO exentos:

Saldos en cuentas bancarias de no residentes.

Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) y su impacto en el Impuesto sobre el Patrimonio

España ha firmado numerosos Convenios de Doble Imposición (CDI) con otros países, los cuales pueden limitar o incluso eximir a los no residentes de pagar el Impuesto sobre el Patrimonio en España.

 Ejemplo práctico:

Un no residente que posea acciones de una empresa española puede estar exento en España si su país de residencia tiene un CDI que establece que este tipo de activo solo se grava en el país de residencia.

Recomendación: siempre se debe consultar el CDI aplicable para determinar la tributación exacta en cada caso.

Obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio

Deben presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio en España los no residentes que:

✔️ Tengan una cuota tributaria a ingresar después de aplicar deducciones y bonificaciones.
✔️ Posean un patrimonio en España superior a 2.000.000 euros, incluso si la cuota a pagar es cero.

Modelo de presentación:

Modelo 714 (obligatorio para este impuesto).
✅ Presentación exclusivamente por vía telemática con certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia RENØ.

Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF)

Desde 2023, se introdujo el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF), afectando a comunidades con bonificaciones del 100% en el Impuesto sobre el Patrimonio, como Madrid.

 Aspectos clave:

✔️ Los patrimonios superiores a 3.700.000 euros tributarán por el ITSGF.
✔️ Las bonificaciones autonómicas del 100% no se aplicarán si se debe tributar por este impuesto.

Estrategias de planificación fiscal para No Residentes

Para minimizar el impacto del Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes, pueden aplicarse estrategias como:

Estructuración del patrimonio: uso de sociedades extranjeras o titularidad compartida de inmuebles.
Aplicación de convenios de doble imposición: identificar activos que puedan quedar exentos en España.
Uso de normativa autonómica: optar por la comunidad con mayores beneficios fiscales.
Revisión periódica del patrimonio: evaluar cada año exenciones y beneficios fiscales.

Conclusión

El Impuesto sobre el Patrimonio para No Residentes tiene importantes implicaciones fiscales que requieren una adecuada planificación. Aplicar la normativa autonómica, aprovechar los convenios de doble imposición y conocer las exenciones disponibles puede suponer un ahorro significativo.

¡Por cierto!

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