Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Castilla La Mancha
Contenido
- 1 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Castilla La Mancha
- 1.1 ¿Cuándo se presenta el impuesto de Sucesiones y Donaciones en Castilla La Mancha?
- 1.2 Plazos para la presentación del ISD en Castilla-La Mancha
- 1.3 ¿Cómo se presenta el impuesto de sucesiones y donaciones en Castilla La Mancha?
- 1.4 Reducciones Sucesiones en Castilla-La Mancha
- 1.5 Reducciones Donaciones en Castilla La Mancha
- 1.6 Tarifas en el Impuesto y Coeficientes Multiplicadores en el ISD en Castilla La Mancha
- 1.7 Cuota integra en el ISD Castilla-La Mancha
- 1.8 Cuota tributaria ISD Castilla-La Mancha
- 1.9 Bonificaciones en Sucesiones en Castilla-La Mancha
- 1.10 Bonificaciones en Donaciones en Castilla-La Mancha
- 1.11 Requisitos comunes para aplicar las bonificaciones
- 1.12 ¿Quieres saber más sobre Sucesiones y Donaciones en Castilla-La Mancha?
En primer lugar, vamos a ver algunas de las peculiaridades en el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Castilla La Mancha.
La región de Castilla La Mancha es una comunidad autónoma formada por las provincias de Guadalajara, Cuenca, Toledo, Ciudad Real y Albacete.
Está situada en la parte central de la península ibérica, y limita por el norte con Catilla y León y la Comunidad de Madrid, al oeste con Extremadura, al este con Aragón y la Comunidad Valenciana, y al sur con la Región de Murcia y Andalucía.
Castilla La Mancha es otra de las comunidades que disfruta de beneficios fiscales, ya que tiene diversas reducciones y bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Si esta es tu comunidad autónoma y quieres conocer las principales reducciones y bonificaciones en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha sigue leyendo este artículo, pues estoy seguro de que te puede ayudar a tomar las mejores decisiones para pagar lo mínimo posible.
Y si no sabes si es más interesante aplicar la normativa Estatal, en lugar de la de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, te recomiendo que nos consultes.
O en su defecto que accedas a la normativa estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y verás en detalle las peculiaridades de este impuesto a nivel Estatal y las diferencias con el de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Pero vamos a las que afectan a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que creo que son las que te interesan, de ahí que estés leyendo este artículo.
Pero si prefieres que alguien con más de 35 años de experiencia, como es el caso de algún abogado de Asepyme, estudie tu caso y todos los impuestos a pagar en concepto de Sucesiones y/o Donaciones en Castilla La Mancha, no dudes en consultarnos y te haremos un estudio previo para que consigas el mayor ahorro fiscal.
Comenzaremos analizando cuándo se tiene la obligación de presentar estos impuestos, en qué casos tendrás que presentar el Impuesto sobre sucesiones y donaciones en Castilla La Mancha.
¿Cuándo se presenta el impuesto de Sucesiones y Donaciones en Castilla La Mancha?
Tendrás que presentar el impuesto de sucesiones y donaciones en Castilla La Mancha en los siguientes casos:
- En el caso de Sucesiones, cuando la persona fallecida tuviera su residencia habitual en Castilla La Mancha.
- En el caso de Donaciones, dependiendo del bien recibido:
- Bienes Inmuebles: cuando el propio inmueble se encuentre situado en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
- Bienes Muebles: si por ejemplo has recibido una determinada cantidad de dinero y vives en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
Ahora, ya tienes conocimiento de los supuestos en que se presenta el Impuesto de sucesiones y donaciones en Castilla La Mancha, pero no has de olvidarte de los plazos si no quieres tener problemas con Hacienda.
Plazos para la presentación del ISD en Castilla-La Mancha
Los plazos para la presentación del impuesto sobre sucesiones y donaciones en la Comunidad autónoma de Castilla-La Mancha serían:
- En el caso de Sucesiones sería de 6 meses, desde el momento en que el causante haya fallecido.
Cabe la posibilidad de solicitar una prórroga de otros 6 meses, pero esta deberá solicitarse dentro de los primeros 5 meses siguientes al fallecimiento.
- En el caso de Donaciones, el plazo de presentación es de un mes desde el día siguiente a aquel en que se cause el acto o contrato.
Seguidamente vamos a ver de qué forma se presentan estos impuestos.
¿Cómo se presenta el impuesto de sucesiones y donaciones en Castilla La Mancha?
A la hora de presentar el impuesto sobre sucesiones y donaciones tendrás que rellenar el modelo 650 o 651. Aquí te dejo un programa de ayuda por si quieres hacer la presentación telemática.
El impuesto de sucesiones y donaciones se puede presentar de 2 formas:
- Electrónica o con Certificado digital.
- Física, en las oficinas de atención al contribuyente pertenecientes a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.
Ahora ya tienes conocimiento de cuándo se presentan estos impuestos, en qué plazos y cómo, veamos un resumen de algunas de las reducciones a aplicar en las transmisiones mortis causa (Sucesiones), en caso de fallecimiento, en Castilla La Mancha.
Reducciones Sucesiones en Castilla-La Mancha
En la comunidad autónoma de Castilla La Mancha tenemos entre otras las siguientes reducciones:
- Para el cónyuge, descendiente o adoptados de la persona fallecida, en la adquisición de derechos sobre una empresa individual, negocio familiar o participaciones en entidades: reducción de un 4%, cuando:
- La empresa o negocio tengan su domicilio fiscal y estén ubicados en Castilla La Mancha.
- Mantener dicho requisito durante 5 años.
- Para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% en inferior al 65%: reducción de 125.000 euros.
- Para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65%: reducción de 225.000 euros.
Si es tu caso, elimina las preocupaciones, el estrés y la ansiedad que te genera el no saber cómo gestionar todo lo relacionado con las sucesiones en Castilla-La Mancha, contacta con nosotros y te explicaremos cómo podemos ayudarte.
Vamos en segundo lugar algunas de las reducciones a aplicar en las transmisiones inter vivos (Donaciones), en Castilla-La Mancha.
Reducciones Donaciones en Castilla La Mancha
En la comunidad autónoma de Castilla La Mancha tenemos entre otras las siguientes reducciones en la base imponible:
- Para el cónyuge, descendiente o adoptados de la persona fallecida, en la adquisición de derechos sobre una empresa individual, negocio familiar o participaciones en entidades: reducción de un 4%, cuando:
- La empresa o negocio tengan su domicilio fiscal y estén ubicados en Castilla-La Mancha.
- Mantener dicho requisito durante 5 años.
- El donante tenga 65 o más años o en situación de incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez.
- Que, si el donante ejerciese funciones de dirección, deje de ejercerlas y de percibir remuneraciones por ello.
- Por la cesión de bienes considerados Patrimonio Cultural de Castilla La Mancha:
- Del 100%, para cesiones permanentes.
- 95%, para cesiones de más de 20 años.
- 75%, para cesiones de más de 10 años.
- 50%, para cesiones de más de 5 años.
Una vez obtenida la base liquidable, sobre esta se aplicará la siguiente tarifa para obtener la cuota íntegra.
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Ya conocemos las reducciones tanto en Sucesiones como en Donaciones pero no hay que olvidar que este impuesto es progresivo y no tiene un porcentaje fijo de gravamen, por lo tanto es necesaria la aplicación de Tarifas en el Impuesto y los coeficientes Multiplicadores según el parentesco.
Tarifas en el Impuesto y Coeficientes Multiplicadores en el ISD en Castilla La Mancha
La cuota íntegra se obtiene aplicando a la Base liquidable la Tarifa del impuesto.
Cuota integra en el ISD Castilla-La Mancha
Una vez obtenida la cuota íntegra, sobre esta se aplicará un coeficiente multiplicador en función de los grupos de parentesco y la cuantía del patrimonio preexistente para obtener la cuota tributaria.
Cuota tributaria ISD Castilla-La Mancha
Por último, nos encontramos con las Bonificaciones en Castilla-La Mancha.
Bonificaciones en Sucesiones en Castilla-La Mancha
· Por parentesco
Para los descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes, les corresponden las siguientes bonificaciones:
- 100%, cuando la base liquidable sea menor a 175.000 euros.
- 95%, cuando la base liquidable sea igual o superior a 175.000 euros e inferior a 225.000 euros.
- 90%, cuando la base liquidable sea igual o superior a 225.000 euros e inferior a 275.000 euros.
- 85%, cuando la base liquidable sea igual o superior a 275.000 euros e inferior a 300.000 euros.
- 80%, cuando la base liquidable sea igual o superior a 300.000 euros.
· Por discapacidad
Para aquellas personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65%: bonificación del 95%.
Bonificaciones en Donaciones en Castilla-La Mancha
· Por parentesco
Para los descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes, les corresponden las siguientes bonificaciones:
- 95%, cuando la base liquidable sea menor a 120.000 euros.
- 90%, cuando la base liquidable sea igual o superior a 120.000 euros e inferior a 240.000 euros.
- 85%, cuando la base liquidable sea igual o superior a 240.000 euros.
· Por discapacidad
Para aquellas personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65%: bonificación del 95%.
Requisitos comunes para aplicar las bonificaciones
Para poder aplicar las citadas bonificaciones debes cumplir los siguientes requisitos:
- La transmisión de los bienes o derechos debe realizarse mediante escritura pública ante Notario.
- Cuando los bienes o derechos donados no son dinero, deberán mantenerse en el patrimonio del adquirente durante los cinco años siguientes.
¿Quieres saber más sobre Sucesiones y Donaciones en Castilla-La Mancha?
Si eres una persona curiosa que te gusta investigar por tu cuenta, te dejamos un acceso a la normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Castilla-La Mancha.
Aunque te recuerdo que desde Asepyme podemos analizar tu caso con el objeto de que consigas el mayor ahorro fiscal. Y la garantía de que todo estará supervisado por constatados abogados y bien hecho. ¡Evita problemas con Hacienda!.
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