¿Qué es el modelo 720? La declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero

El modelo 720, es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Si tienes:

  • cuentas situadas en el extranjero
  • inmuebles o derechos sobre los mismos situados en el extranjero
  • o valores o derechos representativos de la participación en el capital o en los fondos propios en el extranjero

…debes saber que a lo largo del mes de marzo debes presentar la DECLARACIÓN INFORMATIVA ANUAL SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO, modelo 720.

Y no te olvides de ver la parte final de este artículo donde hablamos de los cambios en el régimen sancionador.

Modelo 720 AEAT

Antes de comenzar a explicarte este modelo, debo informarte que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia el 27 de enero de 2022 en el caso C-788/19 contra el Reino de España.

La sentencia abordó la obligación de informar sobre los bienes y derechos en el extranjero, conocida como modelo 720.

El TJUE declaró que la legislación nacional que requiere a los residentes fiscales declarar sus bienes o derechos en el extranjero va en contra del principio de libre circulación de capitales establecido por el Derecho de la Unión.

Además, considera desproporcionado tanto el régimen sancionador como la imputación de ganancias patrimoniales no justificadas derivadas de esta declaración al ejercicio más antiguo de los no prescritos. Cabe destacar que esta imputación es imprescriptible.

Al final de este artículo te ampliaremos en detalle los cambios en el régimen sancionador.

Modelo 720 – Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero

¿Qué es el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Los objetivos de este modelos son:

  • Comunicar sobre las cuentas que se tenga en entidades financieras situadas en el extranjero.
  • Informar sobre valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero
  • Comunicar sobre bienes inmuebles y derechos sobre los mismos situados en el extranjero.

La Ley divide los bienes a informar en tres grupos diferentes. Y a su vez en cada uno de los grupos se establecen exenciones en cuanto a la obligación de informar sobre los mismos.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?

Tienen obligación de presentar el Modelo 720:

  • las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español,
  • los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes,
  • y las entidades del artículo 35.4 de la LGT (comunidades de bienes, herencias yacentes,  etc.)

¿Qué se debe incluir en el modelo 720?

Todos ellos deben suministrar a la Administración tributaria, salvo en determinados supuestos o exoneraciones, la siguiente información:

a)  Cuentas que se tengan en el extranjero abiertas en entidades bancarias o crediticias de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.

b) Valores o derechos representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de cualquier tipo de entidad,

c) Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios,

d) Acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de instituciones de inversión colectiva, de los que sean titulares y se encuentren depositados o situados en el extranjero,

e) Seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores,

f) Rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, inmuebles o bienes muebles, contratados con entidades situadas en el extranjero,

g) Bienes inmuebles y derechos sobre los mismos de los que sea titular y se encuentren situados en el extranjero.

Estas obligaciones se extienden a los titulares reales de acuerdo con el art.4.2 de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales.

¿Cuándo no existe obligación de presentar el Modelo 720?

No hay que informar sobre ninguna cuenta cuando los saldos a 31 de diciembre o los saldos medios del último trimestre no superen, conjuntamente, los 50.000 €.

Este límite cuantitativo también es de aplicación a los supuestos mencionados en los apartados b) a g) del punto anterior.

¿Se declaran las criptomonedas en el modelo 720?

El Ministerio de Hacienda admite que no que hay que incluir información sobre las criptomonedas en la Declaración Informativa de Bienes en el Extranjero.

Tras la aprobación de la Ley de medidas antifraude en 2021, se introdujo una modificación en la Ley Tributaria española que dio lugar a la creación del modelo 721 de la AEAT.

A diferencia del anterior modelo 720, el nuevo modelo 721 incluye la obligación de declarar las criptomonedas en el extranjero.

Este nuevo modelo de declaración es necesario para todas aquellas personas que sean titulares o inversores de criptomonedas, así como para los servicios que ofrezcan, los cambios y la custodia de claves criptográficas.

Con el modelo 721, la Agencia Tributaria busca tener un mayor control y transparencia en relación a las operaciones con criptomonedas en el extranjero, lo que contribuirá a la lucha contra el fraude fiscal.

¿Es obligatoria la presentación del modelo 720 todos los años?

Presentar el modelo 720 los siguientes años sólo será obligatorio cuando cualquiera de los saldos conjuntos a 31 de diciembre, o el saldo medio hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 € respecto de los de la última declaración presentada.

Al igual que anteriormente, este límite también se aplica a los supuestos descritos en los apartados b) a g) del punto anterior.

Elimina las preocupaciones, el estrés y la ansiedad que te genera el no saber qué  declarar y cómo confeccionar el modelo 720. Contacta con nosotros y te explicaremos como podemos ayudarte.

Ayuda fiscal Asepyme

¿Cuándo es el plazo de presentación del modelo 720?

Según la AEAT el plazo de presentación de la Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero es del 1 de enero al 31 de marzo, del año siguiente a aquel al que se refiera la información.

Y tal vez la pregunta más importante que te hagas sea la sanción que te pueden imponer por no presentar el modelo 347.

¿Cuál es la sanción por no presentar el modelo 720?

El 9 de marzo de 2022, se aprobó la Ley 5/2022, que entró en vigor el 11 de marzo del mismo año.

Esta ley modificó la redacción de varias normas tributarias importantes, como la Ley del IRPF, del IS y la LGT, con el objetivo de eliminar aspectos de la regulación de la obligación de información de bienes y derechos situados en el extranjero que habían sido declarados contrarios al Derecho de la Unión Europea por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia del 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19).

Según dicha sentencia, se determinó que el sistema de sanciones específicas relacionadas con el incumplimiento de la obligación de declaración de bienes y derechos en el extranjero (conocido como modelo 720) era contrario al Derecho de la Unión Europea debido a que imponía una restricción excesiva a la libre circulación de capitales.

En lugar de implementar un nuevo sistema de sanciones distinto, el legislador simplemente ha eliminado la redacción de los preceptos que el TJUE consideró que eran incompatibles con la libre circulación de capitales. Sin embargo, esto tiene un alcance meramente formal y no implica ningún cambio real en la práctica.

En concreto:

  • Se eliminan las sanciones económicas fijas por no cumplir con la obligación de informar en tiempo y forma, ya sea por presentar una declaración incompleta, inexacta o con datos falsos.
  • Asimismo, se suprimen los preceptos que consideraban el valor de los bienes no declarados como una ganancia de patrimonio no justificada o una renta no declarada aplicable al periodo impositivo más antiguo no prescrito.
  • También se elimina la sanción económica proporcional del 150% sobre la cuota tributaria resultante de la ganancia de patrimonio no justificada o de la renta no declarada.

Como no se ha establecido un sistema sancionador específico para reemplazar el anterior, cualquier incumplimiento de la obligación de informar ahora estará sujeto al régimen sancionador general aplicable a la falta de presentación en tiempo y forma de declaraciones, siempre que no cause ningún perjuicio económico a la Hacienda Pública.

Con anterioridad a la Ley 5/2022, las sanciones estaban así:

  • Las sanciones que se han eliminado consistían en la aplicación de una multa fija de 5.000 euros por cada conjunto de datos, con un mínimo de 10.000 euros, o de 100 euros por cada conjunto de datos, con un mínimo de 1.500 euros, en los casos de presentación fuera de plazo sin previo requerimiento.
  • Además de la sanción mencionada, la legislación establecía otra consecuencia grave tanto para el incumplimiento de la obligación de informar como para su presentación fuera de plazo: Hacienda podría considerar los bienes situados en el extranjero como ganancia patrimonial no justificada y cobrar una cuota tributaria correspondiente al tipo máximo margina en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades, más una sanción adicional del 150% sobre dicha cuota. Esto podría ocurrir incluso si los bienes y derechos provienen de periodos que ya han prescrito.

Y por si quieres saber más, aqui te dejo…

83 preguntas frecuentes del modelo 720

Adjuntamos documento de la Agencia Tributaria de 49 páginas con la recopilación de 83 preguntas relacionadas con el modelo 720.

En el citado documento puedes encontrar:

  • Preguntas frecuentes relacionadas con:
    • Las tres obligaciones de información diferentes para un solo modelo
    • Frecuencia con que se debe presentar la declaración
    • Cómo se valoran los bienes y derechos
    • Cuándo existe obligación de declarar
    • Cuestiones relacionadas con la cumplimentación del modelo
    • Las sanciones y sus efectos
  • Y la recopilación con las 83 preguntas más habituales realizadas.

¿Prefieres que te lo resumamos en un vídeo?. Pues aquí lo tienes…

Video resumen Modelo 720 AEAT

En nuestro canal de YouTube puedes acceder a cientos de videos para emprendedores, autónomos y pymes. Y entre ellos, uno en el que hacemos un breve resumen sobre el modelo 720, la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Aquí tienes un video resumido de todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres visualizarlo.

 

¿Prefieres que te lo contemos con un audio? Pues aquí lo tienes…

Podcast sobre el Modelo 720

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Aquí tienes en un audio resumido todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres escucharlo.

Antes de que se me olvide…

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Aquí te dejo el enlace a un  artículo en el que a un jubilado por declarar fuera de plazo 340.255€ que tenia en Suiza le sancionan con 442.312,44€.

Optimiza tus finanzas

Te voy a dejar tres enlaces a otros artículos relevantes para las finanzas personales: el tratamiento tributario de las donaciones en la renta, la inversión en acciones de Apple y el poder del interés compuesto. Los enlaces proporcionan información útil y consejos sobre estos temas clave para tomar decisiones financieras inteligentes.

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