Plazo para presentar el Modelo 721: Declaración informativa sobre monedas virtuales en el extranjero

El Modelo 721 es una declaración obligatoria para aquellos contribuyentes que posean criptomonedas en el extranjero y superen ciertos umbrales de valor. Esta medida, derivada de la Ley 11/2021 de medidas antifraude, busca un mayor control fiscal sobre los criptoactivos depositados en plataformas fuera de España.

En 2025, será obligatorio presentar esta declaración si a 31 de diciembre de 2024 se poseían criptomonedas en el extranjero que superen los 50.000 euros. La fecha límite para la presentación será el 31 de marzo de 2025.

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¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 721?

El Modelo 721 debe ser presentado por:

  • Personas físicas y jurídicas residentes en España.
  • Establecimientos permanentes de entidades extranjeras en España.
  • Entidades como comunidades de bienes y herencias yacentes.

Esta obligación aplica a quienes sean titulares, beneficiarios, autorizados o tengan poder de disposición sobre criptomonedas depositadas en plataformas extranjeras.

Asimismo, si una persona o entidad tuvo esta condición en cualquier momento de 2024, pero la perdió antes del 31 de diciembre, también deberá informar sobre el saldo a la fecha en que dejó de tener dichas criptomonedas.

¿Qué criptomonedas están exentas de la declaración?

No será obligatorio declarar criptomonedas en los siguientes casos:

  • Cuando sean titularidad de entidades exentas según el artículo 9.1 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades.
  • Si están registradas en contabilidad de manera individualizada, tanto para personas jurídicas como autónomos que lleven su contabilidad conforme al Código de Comercio.
  • Si los saldos a 31 de diciembre de 2024 no superan los 50.000 euros en total. Si se supera este límite, se deberán declarar todas las criptomonedas en el extranjero.Asesoría fiscal en Valencia

¿Qué se considera «moneda virtual»?

Según la normativa, una moneda virtual es aquella representación digital de valor que:

  • No es emitida ni garantizada por un banco central.
  • No tiene el estatus legal de moneda oficial.
  • Se acepta como medio de cambio y puede almacenarse, transferirse o negociarse electrónicamente.

¿Cuándo se considera que una criptomoneda está en el extranjero?

Las criptomonedas se consideran situadas en el extranjero si están custodiadas en plataformas o exchanges fuera de España, es decir, cuando la entidad que presta el servicio no está obligada a presentar la declaración informativa en España.

Para comprobar la ubicación de un proveedor de servicios de criptomonedas, el Banco de España ofrece un registro de entidades disponibles en su sitio web.

Plazo de presentación del Modelo 721 en 2025

El Modelo 721 deberá presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025, referente a la situación de criptomonedas en el año 2024.

Importante: Como el 31 de marzo de 2025 es lunes, ese será el último día de presentación.

Información obligatoria en el Modelo 721

Al completar la declaración, se deberá informar sobre:

  1. Datos de la plataforma extranjera: Nombre, identificación fiscal, país de residencia y dirección web.
  2. Identificación de cada criptomoneda.
  3. Saldo de cada criptomoneda a 31 de diciembre de 2024, en unidades de cripto y su valor en euros.

Si la condición de obligado a declarar se extinguió antes del 31 de diciembre de 2024, se declarará la información correspondiente a la fecha en que esto ocurrió.

Sanciones por no presentar el Modelo 721

No presentar el Modelo 721 puede conllevar sanciones económicas:

  • Multa de 300 euros si la Agencia Tributaria requiere la presentación.
  • 150 euros por presentación incorrecta.
  • 20 euros por cada dato omitido (mínimo 300 euros).
  • 10 euros por dato erróneo (mínimo 150 euros).

Evita sanciones: Asegúrate de presentar correctamente tu declaración dentro del plazo establecido.

Asesoría fiscal en Valencia

Conclusión

El Modelo 721 es una declaración clave para quienes poseen criptomonedas en plataformas extranjeras. Su presentación en 2025 es obligatoria para aquellos que superen los 50.000 euros a 31 de diciembre de 2024.

Si tienes dudas sobre tu obligación de declarar, en Asepyme contamos con expertos en fiscalidad que pueden ayudarte. ¡Contáctanos y evita sanciones!

¡Por cierto!

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