Modificación de la Ley General Tributaria para mejorar la cooperación administrativa y la transparencia fiscal

En este artículo, exploraremos las principales medidas fiscales introducidas por la reciente modificación de la Ley General Tributaria.

La Ley 13/2023, en consonancia con la Directiva (UE) 2021/514, busca fortalecer la cooperación administrativa y promover la transparencia fiscal. Estas reformas, que entrarán en vigor el 26 de mayo de 2023, tienen como objetivo mejorar el sistema tributario y garantizar una mayor equidad y eficacia en la recaudación. Acompáñenos en este recorrido por las novedades clave y descubra cómo estas medidas pueden afectarle positivamente.

Modificación de la ley general tributaria

Modificación de la Ley General Tributaria

Las principales modificaciones que vamos a ver están relacionadas con:

  • Obligación de información sobre los titulares reales
  • Simplificación de las autoliquidaciones
  • Eficiencia en los procedimientos de comprobación limitada
  • Nuevas directrices para la declaración informativa
  • Limitación en la deducibilidad de gastos financieros
  • Algunas modificaciones en el IVA

Subtítulo (H2): Obligación de información sobre los titulares reales de personas jurídicas y entidades

La primera modificación de la Ley General Tributaria se refiere a la obligación de información sobre los titulares reales de personas jurídicas y entidades.

Con el propósito de prevenir el blanqueo de capitales, ahora se exige que estas entidades comuniquen a la Administración Tributaria la identificación de sus titulares reales. Esta definición se basa en los parámetros establecidos por la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales. Esta medida tiene como objetivo aumentar la transparencia y la trazabilidad de las operaciones económicas.

Simplificación de las autoliquidaciones mediante la figura de la autoliquidación rectificativa

Con el propósito de simplificar el sistema tributario, se ha introducido la figura de la autoliquidación rectificativa, que reemplazará, en aquellos casos en que sea aplicable, al sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación.

Esto permitirá que los obligados tributarios presenten una autoliquidación rectificativa cuando consideren que una autoliquidación previa ha perjudicado sus intereses legítimos, sin necesidad de esperar la resolución administrativa. Además, se establece que, en caso de minoración del importe a ingresar de la autoliquidación previa sin generar una devolución, se mantendrá la obligación de pago hasta el límite del importe a ingresar resultante de la rectificación.

Mayor eficiencia en los procedimientos de comprobación limitada

La modificación de la Ley General Tributaria también busca mejorar la eficiencia en los procedimientos de comprobación limitada.

Ahora, se reconoce a la Administración tributaria la facultad de examinar la contabilidad mercantil con ciertas limitaciones.

Este examen se centrará en verificar la concordancia entre la información contable y la que posee la Administración tributaria, sin que ello impida una posterior comprobación exhaustiva de las operaciones en un procedimiento de inspección.

Además, se permite que las actuaciones de comprobación limitada se realicen fuera de las oficinas de la Administración tributaria cuando sea necesario examinar la contabilidad en el domicilio del obligado tributario, siempre en presencia de este o su representante designado.

Nuevas directrices para la declaración informativa de los operadores de plataforma

La Ley General Tributaria también establece directrices básicas para la declaración informativa de los operadores de plataforma en el ámbito de la asistencia mutua.

A partir del 1 de enero de 2023, estos operadores deberán cumplir con obligaciones de información y diligencia debida.

Las normas y procedimientos específicos, así como las obligaciones de registro y suministro de información, serán desarrollados reglamentariamente.

Esta medida tiene como objetivo fortalecer la cooperación internacional y prevenir la evasión fiscal en el ámbito digital.

Limitación en la deducibilidad de gastos financieros y modificaciones en el IVA

En relación a la Ley del Impuesto sobre Sociedades, se ha introducido una limitación en la deducibilidad de gastos financieros, que tendrá efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2024.

Esto implica que los ingresos, gastos o rentas que no se hayan integrado en la base imponible de este impuesto no formarán parte del beneficio operativo. Además, se excluye de esta limitación a los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos, ya que ya no se les considera entidades de crédito.

En cuanto al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), se han realizado cambios importantes.

En los casos de abandono del régimen de depósito distinto del aduanero de bienes sujetos a Impuestos Especiales, se considerará una operación asimilada a una importación, facilitando así la liquidación de estas operaciones.

Asimismo, se establece que la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero de bienes previamente importados no constituirá una importación ni una operación asimilada a la importación cuando se apliquen las exenciones establecidas en los artículos 21, 22 o 25 de la Ley del IVA.

Estas modificaciones entraron en vigor el 1 de enero de 2023.

Acogimiento al régimen de importación del comercio electrónico en el IVA

A partir del 26 de mayo de 2023, los empresarios y profesionales con sede de actividad económica en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla podrán acogerse al régimen de importación del comercio electrónico en el IVA (IOSS) sin necesidad de contar con un representante establecido en la Comunidad.

Esto significa que el Reino de España será el Estado miembro de identificación en estas situaciones, lo que facilitará las operaciones de comercio electrónico en estas regiones.

Modificaciones en la línea directa de ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos

Con el objetivo de paliar el impacto de la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania, se han realizado modificaciones en la línea directa de ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos, establecida en el artículo 31 del Real Decreto Ley 11/2022.

En los casos en los que no se cumplan los requisitos para recibir esta ayuda, solo se procederá al reintegro si el beneficiario debe presentar una declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2023, de acuerdo con lo establecido en la Ley 35/2006.

Además, las cantidades a reintegrar no generarán intereses de demora hasta el plazo de pago establecido en la orden ministerial correspondiente.

En resumen, la modificación de la Ley General Tributaria introduce importantes medidas fiscales que buscan fortalecer la cooperación administrativa y mejorar la transparencia fiscal.

¡Por cierto!

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