Cómo Reclamar la Comisión de Apertura de tu Hipoteca

🤔 ¿Has desembolsado una comisión de apertura en tu préstamo hipotecario y te estás preguntando cómo reclamar la comisión de apertura de tu hipoteca?

De acuerdo con la sentencia TJUE n.º C-565/21, ¡es posible! 👍

Descubre cómo puedes poner en marcha esta reclamación 💪 y en qué situaciones se considera que esta comisión es abusiva. 🏦💰

Cómo Reclamar la Comisión de Apertura de tu Hipoteca

Reclamar comisión de apertura préstamo hipotecario

Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) n.º C-565/21, de 16 de marzo de 2023, es posible reclamar la comisión de apertura de un préstamo hipotecario en España.

Esta situación se debe a la exclusión de la mencionada comisión del objeto principal del contrato y a la necesidad de evaluar todos los elementos pertinentes para determinar si su carácter es abusivo o no.

Se considerará abusiva, y por tanto reclamable, cuando la entidad bancaria no pueda demostrar su transparencia, así como su carácter claro y comprensible​​.

Existen dos trámites principales para reclamar la comisión de apertura: la reclamación extrajudicial y la reclamación judicial.

Reclamación extrajudicial

El primer modo de reclamar la comisión de apertura es con una reclamación extrajudicial.

El Banco de España ha establecido la obligatoriedad de que las entidades de crédito dispongan de un servicio de atención al cliente.

Ante una comisión de apertura considerada abusiva, el cliente puede dirigir una reclamación extrajudicial al servicio de atención al cliente de la entidad financiera, solicitando la devolución de la cantidad abonada en concepto de comisión de apertura.

Ante esta reclamación, la entidad financiera puede aceptarla y devolver la cantidad reclamada, o no aceptarla, en cuyo caso queda abierta la vía judicial. La resolución de la reclamación por la entidad financiera está sujeta a un plazo máximo de dos meses, tras el cual, si no hay resolución, se puede acudir a la vía judicial.

Si la reclamación es denegada o desestimada, o si pasan dos meses desde su presentación sin que se resuelva, se puede interponer una nueva reclamación ante el servicio de reclamaciones del Banco de España, cuya resolución se hará mediante un informe motivado, no vinculante para las partes​​.

Reclamación judicial

El segundo modo de reclamar la comisión de apertura de tu préstamo hipotecario es con una reclamación judicial.

Si se agota la vía extrajudicial sin respuesta en el plazo de dos meses desde la presentación de la reclamación, o si, habiendo contestación, esta desestima la devolución de la comisión de apertura reclamada, el cliente puede interponer la correspondiente demanda.

La demanda se interpone ante el juzgado de primera instancia correspondiente al domicilio del demandante.

Tras la presentación de la demanda, se seguirán los trámites del juicio ordinario. En este caso, la entidad bancaria puede allanarse, en cuyo caso finalizará el proceso y se dictará sentencia conforme con el allanamiento, o puede oponerse a la demanda, continuando la tramitación ordinaria del procedimiento prevista en la LEC​1​.

¡Por cierto!

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