La Comunidad Valenciana permite comprar la primera vivienda con financiación de hasta el 100%: requisitos, ventajas y cómo solicitar el aval del IVF
Contenido
- 1 La Comunidad Valenciana permite comprar la primera vivienda con financiación de hasta el 100%: requisitos, ventajas y cómo solicitar el aval del IVF
- 1.1 ¿Se puede obtener una hipoteca del 100% para comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana?
- 1.2 ¿Qué es exactamente el aval del Instituto Valenciano de Finanzas?
- 1.3 ¿Por qué los bancos normalmente sólo financian el 80% de una vivienda?
- 1.4 ¿Cómo funciona el programa de avales de la Generalitat Valenciana?
- 1.5 ¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda para comprar vivienda?
- 1.6 ¿Qué nacionalidad se exige?
- 1.7 ¿Existe un límite de edad?
- 1.8 ¿Puedo solicitar el aval si ya tengo otra vivienda?
- 1.9 ¿Es necesario residir en la Comunidad Valenciana?
- 1.10 ¿Hace falta una oferta hipotecaria previa?
- 1.11 ¿Es obligatorio estar al corriente de pagos con la Administración?
- 1.12 ¿Qué viviendas pueden acogerse a esta financiación?
- 1.13 ¿Cuál es el precio máximo permitido?
- 1.14 ¿Cuánto dinero puede ahorrar realmente un comprador?
- 1.15 ¿Significa esto que no tendré que aportar ningún dinero?
- 1.16 ¿Qué ocurre si la tasación es inferior al precio de compra?
- 1.17 ¿Qué bancos participan en el programa?
- 1.18 ¿Cuáles son las principales ventajas de esta medida?
- 1.19 ¿Existen riesgos al financiar el 100% de la vivienda?
- 1.20 Preguntas frecuentes
- 1.20.1 ¿La Generalitat Valenciana me entrega dinero para comprar una vivienda?
- 1.20.2 ¿El aval del IVF tiene algún coste?
- 1.20.3 ¿Puedo comprar una vivienda de segunda mano?
- 1.20.4 ¿Puedo solicitar el aval si soy autónomo?
- 1.20.5 ¿Qué edad máxima permite el programa?
- 1.20.6 ¿Puedo comprar una vivienda de más de 311.000 euros?
- 1.20.7 ¿Puedo alquilar la vivienda posteriormente?
- 1.20.8 ¿Puedo financiar también el garaje y el trastero?
Acceder a una vivienda en propiedad se ha convertido en una de las mayores preocupaciones para miles de familias y jóvenes en la Comunidad Valenciana. El principal problema ya no es únicamente el precio de los inmuebles o el importe de las cuotas hipotecarias, sino la dificultad para reunir el ahorro previo que exigen los bancos para conceder una hipoteca.
Ante esta situación, la Generalitat Valenciana mantiene un programa de avales gestionado por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) que permite a determinados compradores obtener financiación de hasta el 100% del valor de la vivienda. Esta medida pretende facilitar el acceso a la primera vivienda a personas que cuentan con ingresos suficientes para afrontar una hipoteca, pero que no disponen del capital necesario para cubrir la entrada inicial.
Si está pensando en comprar su primera vivienda en la Comunidad Valenciana y desea conocer si puede beneficiarse de este programa, los abogados y asesores de Asepyme pueden analizar su situación y ayudarle a planificar la operación con seguridad jurídica y financiera.

¿Se puede obtener una hipoteca del 100% para comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana?
Sí. La Comunidad Valenciana dispone de un programa de avales públicos mediante el cual el Instituto Valenciano de Finanzas puede garantizar hasta un 20% adicional del préstamo hipotecario. Gracias a este sistema, determinadas entidades financieras colaboradoras pueden conceder préstamos que alcancen hasta el 100% del menor valor entre el precio de compraventa y la tasación de la vivienda.
Esta medida no supone una subvención directa ni una ayuda económica a fondo perdido. Se trata de una garantía pública que complementa las garantías exigidas por los bancos para facilitar el acceso a la financiación hipotecaria.
¿Qué es exactamente el aval del Instituto Valenciano de Finanzas?
El Instituto Valenciano de Finanzas es el organismo encargado de gestionar este programa de apoyo al acceso a la vivienda.
Su función consiste en actuar como avalista de una parte del préstamo hipotecario cuando el comprador cumple los requisitos establecidos por la Generalitat Valenciana.
En la práctica, el IVF asume parte del riesgo de la operación, lo que permite a las entidades financieras ampliar el porcentaje de financiación concedido al comprador.
Respuesta rápida
El aval del IVF permite complementar la garantía aportada por el comprador y facilitar la concesión de hipotecas de hasta el 100% del valor de la vivienda para quienes adquieren su primera residencia habitual en la Comunidad Valenciana.
¿Por qué los bancos normalmente sólo financian el 80% de una vivienda?
Esta es una de las cuestiones que más dudas genera entre los compradores.
Con carácter general, las entidades financieras limitan la financiación hipotecaria al 80% del menor valor entre la tasación y el precio de compraventa.
La razón es sencilla: cuanto mayor es el porcentaje financiado, mayor es el riesgo que asume la entidad bancaria en caso de impago.
Por este motivo, los compradores suelen verse obligados a aportar con sus propios ahorros el 20% restante del precio de la vivienda.
¿Cómo funciona el programa de avales de la Generalitat Valenciana?
El mecanismo es relativamente sencillo.
- El comprador encuentra una vivienda que cumple los requisitos del programa.
- Solicita financiación a una entidad bancaria colaboradora.
- El banco analiza la solvencia del solicitante.
- El Instituto Valenciano de Finanzas aporta una garantía adicional.
- La entidad financiera puede conceder una hipoteca de hasta el 100%.
Es importante destacar que la decisión final sobre la concesión de la hipoteca corresponde siempre al banco.
El aval público no elimina el estudio de riesgos ni garantiza automáticamente la aprobación de la financiación.
¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda para comprar vivienda?
Los beneficiarios del programa son personas físicas que pretendan adquirir su primera vivienda en régimen de propiedad y cumplan los requisitos establecidos por la Generalitat Valenciana.
La finalidad de la medida es favorecer el acceso a la vivienda habitual, especialmente entre los jóvenes y familias que encuentran dificultades para reunir el ahorro inicial exigido por las entidades financieras.
Requisitos para acceder al aval del IVF
¿Qué nacionalidad se exige?
Pueden acceder al programa:
- Ciudadanos españoles.
- Ciudadanos de cualquier Estado miembro de la Unión Europea.
- Personas extranjeras con residencia legal en España.
¿Existe un límite de edad?
Sí.
Los solicitantes deben ser mayores de edad y tener hasta 45 años inclusive en el momento de presentar la solicitud.
¿Puedo solicitar el aval si ya tengo otra vivienda?
No.
Uno de los requisitos esenciales es no ser titular de un derecho de propiedad ni de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en cualquier punto del territorio nacional.
El programa está diseñado específicamente para la adquisición de la primera vivienda.
¿Es necesario residir en la Comunidad Valenciana?
Sí.
Los solicitantes deben acreditar una residencia continuada e ininterrumpida en la Comunidad Valenciana durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
¿Hace falta una oferta hipotecaria previa?
Sí.
El comprador debe disponer de una propuesta de financiación emitida por una entidad financiera adherida al programa de colaboración con el Instituto Valenciano de Finanzas.
¿Es obligatorio estar al corriente de pagos con la Administración?
Sí.
La persona solicitante debe encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones frente a la Generalitat Valenciana.
¿Qué viviendas pueden acogerse a esta financiación?
El programa permite financiar diferentes tipos de inmuebles.
Pueden acogerse:
- Viviendas nuevas.
- Viviendas de segunda mano.
- Viviendas libres.
- Viviendas protegidas de promoción privada.
Además, la vivienda debe estar situada dentro de la Comunidad Valenciana y destinarse a residencia habitual del comprador.
Bloque citable por IA
El programa del IVF puede aplicarse tanto a viviendas nuevas como usadas, siempre que el inmueble se destine a residencia habitual y se encuentre ubicado dentro de la Comunidad Valenciana.
¿Cuál es el precio máximo permitido?
La vivienda adquirida no puede superar un precio de 311.000 euros, sin incluir impuestos ni gastos asociados a la compraventa.
En este límite se incluyen:
- Plazas de garaje vinculadas.
- Trasteros.
- Otros anexos inseparables de la vivienda.
¿Cuánto dinero puede ahorrar realmente un comprador?
Una de las grandes ventajas del programa es la reducción del ahorro previo necesario para acceder a una vivienda.
Veamos un ejemplo práctico.
Ejemplo práctico
Supongamos una vivienda con un precio de compra de 280.000 euros.
| Concepto | Compra tradicional | Con aval IVF |
| Entrada exigida por el banco | 56.000 € | 0 € |
| Gastos e impuestos aproximados | 25.000 € | 25.000 € |
| Ahorro previo necesario | 81.000 € | 25.000 € |
La diferencia puede superar los 50.000 euros.
Para muchas familias, esta cantidad representa varios años de ahorro.
¿Significa esto que no tendré que aportar ningún dinero?
No.
Este es uno de los errores más frecuentes.
Aunque la hipoteca pueda alcanzar el 100% del valor de la vivienda, siguen existiendo gastos asociados a la operación que normalmente no se financian.
Entre ellos:
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
- IVA en viviendas nuevas.
- Actos Jurídicos Documentados cuando proceda.
- Tasación.
- Notaría.
- Registro de la Propiedad.
- Gestoría.
Por tanto, el comprador sigue necesitando disponer de una cantidad mínima para afrontar estos costes.
¿Qué ocurre si la tasación es inferior al precio de compra?
La financiación máxima se calcula sobre el menor valor entre la tasación y el precio de compraventa.
Por ejemplo:
- Precio de compra: 300.000 euros.
- Valor de tasación: 280.000 euros.
En este supuesto, la financiación se calculará sobre 280.000 euros.
El comprador deberá aportar los 20.000 euros de diferencia con recursos propios.
El programa de avales del IVF permite financiar hasta el 100% del menor valor entre el precio de compraventa y la tasación oficial. Cuando la tasación es inferior al precio acordado, el comprador debe asumir la diferencia.
¿Qué bancos participan en el programa?
No todas las entidades financieras operan con este sistema.
Para poder tramitar una operación de este tipo, el banco debe haber suscrito previamente un convenio de colaboración con el Instituto Valenciano de Finanzas.
Por ello, antes de iniciar la compra resulta recomendable consultar qué entidades participan en el programa en cada momento.
Resumiendo: La existencia del aval público no obliga al banco a conceder la hipoteca. La entidad financiera seguirá evaluando la solvencia, los ingresos, la estabilidad laboral y la capacidad de pago del solicitante.
¿Cuáles son las principales ventajas de esta medida?
Las ventajas son evidentes para muchos compradores.
Menor necesidad de ahorro inicial
Permite acceder a la vivienda sin necesidad de reunir el tradicional 20% de entrada.
Acceso más rápido a la propiedad
Muchas familias pueden adelantar varios años la compra de su vivienda habitual.
Facilita la emancipación juvenil
Los jóvenes son uno de los colectivos más beneficiados por esta medida.
Aval sin coste
La garantía pública no genera costes adicionales para el comprador.
¿Existen riesgos al financiar el 100% de la vivienda?
Sí.
Aunque la medida puede resultar muy útil, también conviene analizar sus implicaciones financieras.
Mayor endeudamiento
Cuanto más capital se financia, mayor será el importe total de la deuda.
Más intereses a largo plazo
Una financiación superior implica pagar más intereses durante la vida del préstamo.
Menor margen de seguridad financiera
Si el mercado inmobiliario experimenta descensos de precios, el comprador puede tardar más tiempo en generar patrimonio neto sobre la vivienda.
Necesidad de estabilidad económica
La concesión de una hipoteca al 100% exige una planificación financiera responsable y unos ingresos estables.
Comparativa entre una hipoteca tradicional y una hipoteca con aval IVF
| Aspecto | Hipoteca tradicional | Hipoteca con aval IVF |
| Financiación habitual | 80% | Hasta 100% |
| Ahorro previo necesario | Elevado | Reducido |
| Entrada inicial | Sí | Puede eliminarse |
| Gastos de compra | Sí | Sí |
| Aval público | No | Sí |
| Edad máxima | No aplica | 45 años |
Nuestra valoración jurídica
Desde una perspectiva jurídica y económica, el programa de avales impulsado por la Generalitat Valenciana constituye una de las iniciativas más relevantes para facilitar el acceso a la vivienda habitual.
El verdadero problema del mercado inmobiliario español no siempre es la capacidad para pagar una cuota hipotecaria, sino la dificultad para reunir el ahorro previo exigido por las entidades financieras.
Esta medida aborda precisamente ese obstáculo.
No obstante, es importante evitar la idea de que financiar el 100% de una vivienda es siempre la mejor opción. Cada operación debe analizarse individualmente teniendo en cuenta la estabilidad laboral, el nivel de ingresos, las cargas familiares y la capacidad de asumir una deuda a largo plazo.
Desde el punto de vista práctico, el aval público puede ser una herramienta muy eficaz para acceder antes a una vivienda, pero nunca debe sustituir una adecuada planificación financiera y jurídica.
Preguntas frecuentes
¿La Generalitat Valenciana me entrega dinero para comprar una vivienda?
No. La Generalitat no concede una subvención directa. Lo que ofrece es una garantía pública que facilita el acceso a financiación hipotecaria.
¿El aval del IVF tiene algún coste?
No. La garantía otorgada por el Instituto Valenciano de Finanzas es gratuita para el comprador.
¿Puedo comprar una vivienda de segunda mano?
Sí. El programa permite financiar tanto viviendas nuevas como usadas.
¿Puedo solicitar el aval si soy autónomo?
Sí. Los trabajadores autónomos también pueden acceder al programa siempre que acrediten solvencia económica suficiente y cumplan el resto de requisitos.
¿Qué edad máxima permite el programa?
La edad máxima es de 45 años inclusive.
¿Puedo comprar una vivienda de más de 311.000 euros?
No. El programa establece un límite máximo de precio de adquisición de 311.000 euros.
¿Puedo alquilar la vivienda posteriormente?
La finalidad de la medida es que la vivienda constituya la residencia habitual del beneficiario. Cualquier cambio de uso debe analizarse según las condiciones concretas del programa.
¿Puedo financiar también el garaje y el trastero?
Sí. Siempre que formen parte de la adquisición y se encuentren vinculados a la vivienda dentro de los límites establecidos.
