¿Cómo afrontar una inspección de Hacienda?
Contenido
- 1 ¿Cómo afrontar una inspección de Hacienda?
- 1.1 ¿Por qué inspecciona Hacienda?
- 1.2 Cómo actuar ante una inspección de Hacienda
- 1.3 ¿Cómo actuar cuando se recibe la comunicación de la inspección de Hacienda?
- 1.3.1 Análisis previo de la situación fiscal y del estado de la documentación contable
- 1.3.2 Revisión de las principales operaciones o negocios
- 1.3.3 Preparación y verificación de la documentación requerida
- 1.3.4 Revisión de las diligencias de la inspección de Hacienda
- 1.3.5 Contactar con un asesor para que nos asista en la inspección de Hacienda
- 1.4 Pautas a seguir en una inspección de Hacienda por un asesor
- 1.5 ¿Cuánto dura una inspección de Hacienda?
- 1.6 Lugar y horario de las actuaciones inspectoras
La mayoría de contribuyentes no saben cómo afrontar una inspección de Hacienda.
Cuando se reciba una comunicación de inicio de actuaciones inspectoras, es muy importante tener claro y verificar el alcance de dicha Inspección fiscal…
Existen muchos motivos por los que tu o tu empresa podéis ser objeto de una Inspección de Hacienda. Algunos de ellos pueden ser para comprobar:
- La procedencia de una devolución de IVA ,
- Los Libros registros obligatorios,
- Los descuadres de impuestos,
- La realidad de los gastos deducibles,
- Las operaciones intracomunitarias,
- Algunas partidas del IRPF (deducciones, ganancias patrimoniales o inversiones),
- Etcétera.
Si recibes una comunicación de inicio de actuaciones inspectoras, es muy importante tener claro y verificar el alcance de dicha Inspección fiscal… Y sobre todo inmediatamente contactar con tu asesor.
¿Por qué inspecciona Hacienda?
El artículo 147 de la Ley General Tributaria establece que el procedimiento de inspección se iniciará:
a) De oficio.
b) A petición del obligado tributario.
Pero sinceramente aún no conozco ningún caso en el que un contribuyente haya solicitado voluntariamente que le inspeccionen.
Existen decenas de motivos por los que la AEAT puede citarte para una revisión, aunque los mas habituales son:
- Solicitaste una devolución del IVA. A mayor cantidad solicitada en la devolución, mayores son las posibilidades de que Hacienda te requiera para comprobar la veracidad de la misma. Lo normal es que te soliciten en primer lugar los libros de facturas emitidas y recibidas. Y una vez revisados estos y contrastados con los declarados por terceros en los que se produzcan diferencia en el 347, te solicitarán que aportes determinadas facturas.
- Declaraste demasiados gastos en tu actividad. Si trimestre tras trimestre estas declarando más gastos que ingresos, posiblemente estés en el punto de mira de Hacienda. No tiene sentido llevar largos periodos de tiempo declarando pérdidas y seguir con el negocio. ¡Al menos si uno se da de baja no tiene pérdidas!. Y si lo que haces es ocultar ingresos, piensa que en una inspección te pueden requerir los datos bancarios y comprobar si todos los ingresos están declarados.
- Tienes descuadres entre las declaraciones trimestrales y la anual. Hacienda suele utilizar la declaración informativa anual para ver que cuadra con los trimestres. No obstante, si esto lo hace tu asesor no pasará, pues los programas regularizan a final de año.
- Si tienes declaraciones pendientes de presentar. Hacienda tiene alertas para los contribuyentes que tienen obligación y no presentan alguna declaración. Así que el demorar la presentación de declaraciones, solo te acarreará requerimientos, sanciones e intereses.
- Solicitaste un NIF intracomunitario. Es bastante habitual que cuando uno se da de alta como operador intracomunitario sea citado por la inspección. Aunque la mayoría de estas inspecciones son intrascendentes, pues suelen ser al inicio de la actividad y hay poco que comprobar.
- Te dedujiste cantidades por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. Antes de aplicar esta deducción se debe comprobar que se cumplen todos los requisitos. Según el Confidencial, Hacienda aflora posible fraude en el 65% de las inspecciones a la deducción por vivienda.
- Si tienes una sociedad inactiva y constituyes nuevas sociedades con los mismos socios y domicilio. Si con la sociedad inactiva mantienes deudas tributarias, podría dar lugar a la apertura de un expediente de derivación de responsabilidad, o de sucesión de empresas.
- Aleatoriamente. Hacienda hace inspecciones aleatorias a las empresas y autónomos si están dentro de un plan preestablecido. Lo habitual es que establezcan unos sectores y dentro de estos unos parámetros, y quien entre dentro de los mismos, pase a ser parte de esta selección aleatoria.
“El 75% de la plantilla de inspectores se dedica a “vigilar” a los autónomos
Cómo actuar ante una inspección de Hacienda
Si no has tenido nunca un inspección de Hacienda, lo normal es que no sepas cómo debes actuar.
La mayoría de la inspecciones terminan mal por ciertas actuaciones del contribuyente, como son:
- desidia,
- desconocimiento,
- falta de experiencia,
A veces, pequeños errores en las declaraciones debido a la acción o inacción del contribuyente acaban dando lugar a grandes problemas.
Lo primero que se recibe es una citación para una comprobación.
Yo siempre recomiendo que se atiendan las notificaciones dentro del plazo establecido.
La administración no se olvida de uno por no atender la citación o no comparecer a los requerimientos.
Si no atiendes la citación o no compareces el actuario podrá practicar un liquidación con los datos que obren en su poder. ¡Seguro que sales perdiendo!.
Al no tener conocimiento de cómo van las actuaciones, se te pasarán los plazos para recurrir, te pondrán recargo de apremio y solo te enterarás cuando veas como te embargan saldos de tu cuenta bancaria. Lamentablemente ya será demasiado tarde para recurrir la liquidación aunque tengas toda la razón del mundo.
Una comprobación tributaria puede ser de carácter parcial o general.
Si no se especifica lo contrario, las comprobaciones tributarias suelen tener carácter general.
Veamos un ejemplo:
Supongamos que recibes una comunicación de inicio de actuaciones de comprobación del Impuesto sobre el Valor Añadido del ejercicio 2017.
Si no se dice lo contrario, debemos entender que el alcance de la misma será general, por lo que podrán revisarte el IVA del 2017. Es decir, las declaraciones periódicas y el resumen anual.
Supongamos que en la comunicación nos dicen que las actuaciones de comprobación del IVA son del tercer trimestre del 2017. En este caso las actuaciones de comprobación serán de carácter parcial.
No obstante podrás solicitar, en un plazo de 15 días, que se amplíe el alcance a carácter general del IVA para todo el ejercicio 2017.
Tomar esta decisión puede tener bastante relevancia, ya que las actas de la inspección podrán tener el carácter de definitivas. Es decir, que el IVA del 2017 (el comprobado), no podrá volver a inspeccionarse en el futuro.
» Las actuaciones de la inspección de los tributos se documentarán en comunicaciones, diligencias, informes y actas.
¿Cómo actuar cuando se recibe la comunicación de la inspección de Hacienda?
A fin de abordar con las mayores garantías posibles las actuaciones inspectoras es recomendable estar preparado.
Cuando se recibe la comunicación de inicio de actuaciones de comprobación y determinado su alcance parcial o general, es recomendable realizar las siguientes actuaciones:
- Análisis previo de la situación fiscal y del estado de la documentación contable.
- Revisión de las principales operaciones o negocios.
- Preparación y verificación de la documentación requerida.
- Revisión de las diligencias de inspección
Veámoslas con detalle cada una de ellas:
Análisis previo de la situación fiscal y del estado de la documentación contable
Normalmente en la comunicación de inicio de las actuaciones inspectoras se informa del carácter de la misma, así como del tributo al que afecta. Por lo que con esta información el contribuyente puede realizar algunas acciones en beneficio propio.
En primer lugar, se debe realizar un análisis en detalle de la situación fiscal y de la documentación contable.
El objetivo es anticiparse a la inspección, e identificar los posibles riesgos que pueda detectar la AEAT.
En caso de detectarse alguna irregularidad se debe de tratar de solucionar o reducir las contingencias detectadas.
Revisión de las principales operaciones o negocios
Al mismo tiempo que se verifica la situación fiscal y del estado de la documentación contable, también se deben analizar algunas operaciones especiales.
Me refiero a operaciones que puedan tener un impacto importante respecto de los tributos y periodos impositivos objeto de comprobación.
Podrían ser por ejemplo operaciones de reestructuración empresarial o transacciones entre partes vinculadas significativas.
En caso de existir operaciones o transacciones de carácter especial, sería de especial relevancia realizar un análisis exhaustivo de las mismas y su documentación soporte.
El objetivo no es otro que el de verificar la existencia o no de posibles riesgos fiscales, y actuar en consecuencia.
Preparación y verificación de la documentación requerida
Previamente se debe de preparar toda la documentación que se va a entregar a la inspección, y guardar una copia.
Es importante crear un buen clima de colaboración con la Inspección y que ésta se desarrolle por unos cauces que ayude al buen fin de la misma.
Como dice el proverbio español “Se gana más lamiendo, que mordiendo”.
Revisión de las diligencias de la inspección de Hacienda
En la medida que se vaya compareciendo a la inspección, irán emitiendo diligencias.
Por lo que, es importante revisar el contenido de las diligencias que se vayan recibiendo en las actuaciones de comprobación.
En las diligencias se hacen constar hechos y manifestaciones, tanto del contribuyente como de la inspección.
Es muy importante lo que se manifiesta en las diligencias, ya que si en un futuro se quieren recurrir las actas, el contenido de dichas diligencias puede ayudar.
Todas las diligencias forman parte del expediente administrativo al cual se puede recurrir como prueba a la hora de recurrir.
“ Antes de firmar las diligencias de la actuación inspectora, se debe revisar su contenido, pues puede servir de prueba.
Contactar con un asesor para que nos asista en la inspección de Hacienda
Dado que las actuaciones de comprobación pueden resultar de cierta complejidad, es recomendable contar con los servicios de un asesor.
El asesor puede ayudar sin presencia ante la inspección o representando al contribuyente.
El servicio del asesor en la mayoría de ocasiones puede suponer un ahorro económico importante para el contribuyente.
El asesor, sobre todo si es un buen asesor, debe reunir ciertas competencias adquiridas con el tiempo, como son:
- Conocimiento del sector
- Manejo de las tecnologías
- Habilidades comunicativas
- Orientación de servicio al cliente
Sin olvidar que tiene que contar con algunas habilidades innatas como son: organización, atención a los detalles, disciplina, compromiso, interés por seguir aprendiendo y tolerancia al estrés.
Por lo que es muy recomendable, contar con el apoyo de un experto en materia fiscal que puedan ayudar en el desarrollo de las actuaciones de la inspección.
« En el procedimiento de inspección se podrán adoptar medidas cautelares debidamente motivadas para impedir que desaparezcan, se destruyan o alteren las pruebas
Pautas a seguir en una inspección de Hacienda por un asesor
Para una mejor garantía del servicio del asesor, es recomendable las siguientes pautas:
- Revisión de la situación fiscal inicial. Antes de iniciar las actuaciones de comprobación, es muy recomendable revisar asesor y contribuyente la situación fiscal y los posible riesgos en que se puede incurrir.
- Durante el desarrollo de las actuaciones de comprobación. En esta fase resultará esencial una colaboración y participación constante y estrecha con el asesor. El asesor debe de disponer de toda la información necesaria para llevar a cabo de forma satisfactoria su función.
- Definición conjunta de la estrategia. Es imprescindible colaborar con el asesor para decidir y definir la mejor estrategia. A su vez se debe de analizar que opciones tiene la empresa en el proceso de las actuaciones de la inspección.
¿Cuánto dura una inspección de Hacienda?
La duración de los procedimientos de Inspección viene regulada en el artículo 150 de la Ley General Tributaria.
Normalmente la duración de una Inspección de Hacienda depende:
- la complejidad de la misma,
- de la diligencia del contribuyente en aportar la documentación requerida y
- de la Administración en revisar la documentación y realizar los requerimientos de la misma.
En la actualidad el plazo general máximo para la finalización de la Inspección es de 18 meses. Aunque nuestra experiencia nos dice que lo habitual es que se resuelvan en menos de 6 meses.
» En la comunicación de inicio del procedimiento inspector se informará al obligado tributario del plazo que le resulte aplicable.
Lugar y horario de las actuaciones inspectoras
Las actuaciones inspectoras se podrán desarrollar indistintamente, según determine la inspección de Hacienda:
- Donde el obligado tributario tenga su domicilio fiscal. O en su defecto en aquel donde su representante tenga su domicilio, despacho u oficina.
- En el lugar donde se realicen total o parcialmente las actividades.
- En las oficinas de la Administración tributaria.
Si las actuaciones se desarrollan en oficinas públicas se realizarán dentro del horario oficial de apertura al público de las mismas.
Pero si las actuaciones se desarrollan en las instalaciones del interesado se respetará la jornada laboral de oficina o de la actividad que se realice en los mismos.
¡Por cierto!
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