La inscripción obligatoria en ROLECE

Existe un desconocimiento generalizado sobre la inscripción obigatoria en el ROLECE.

Muchas pequeñas y medianas empresas realizan con frecuencia licitaciones con diferentes Administraciones Públicas, ya sean Ayuntamientos, Mancomunidades, Diputaciones, etc. Y para ello se les solicta estar inscritas en el ROLECE.

El acceder a este tipo de licitaciones puede ser una importante fuente de negocios que puede verse truncada si no respetan las obligaciones que se prevén por la nueva Ley de Contratos del Sector Público, como es la problemática surgida con la inscripción en el ROLECE.

Así, si tu empresa recurre a las licitaciones públicas, como una de sus fuentes VITALES de negocio, y no quieres tener problemas al respecto, debes concoer la respuesta a preguntas como:

  • ¿Qué es el ROLECE?
  • ¿Es obligatoria la inscripción en el ROLECE?
  • ¿Qué consecuencias puede tener la no inscripción? ¿pueden excluirme de una licitación por este motivo?

A continuación te lo explicamos.

La inscripción obligatoria en ROLECE

¿Qué es el ROLECE?

El término ROLECE significa Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado/Sector Publico.

El ROLECE acredita la aptitud, capacidad de obrar, habilitación personal, solvencia técnica y financiera y clasificación de las empresas que se inscriben en el.

La inscripción surte efectos sobre todas las Administraciones Publicas del Estado. No teniendo que inscribirse en otros Registros Autonómicos cuando la empresa quiera licitar en otras Comunidades Autónomas distintas a la sede social.

El ROLECE surge como iniciativa para evitar los excesivos trámites en los procesos de contratación pública en los cuales hay que aportar una cantidad excesiva de documentación para participar en cada licitación.

Obligación de la inscripción en ROLECE

La nueva Ley de Contratos del Sector Público 9/2017 nos saca de dudas al respecto:

Artículo 159.4 a) de la LCSP:

Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través de este procedimiento simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público

Esto quiere decir que las empresas que quieran licitar con la Administración Pública deberán estar dadas de alta en el ROLECE. Este es un requisito para participar en procedimientos abiertos simplificados y simplificados abreviados.

Por las cuantías en las que se licitan son la inmensa mayoría de las licitaciones:

  • Obras: desde 40.000 € a 2.000.000 €, y
  • Servicios y Suministros: desde 15.000 € a 100.000 €

En nuestro caso para poder contratar la asesoria laboral de varios ayuntamientoshemos tenido que inscribirnos en el ROLECE.

Consecuencias de la no inscripción en ROLECE

Como te puedes imaginar la no inscripción en los supuestos en los que resulta obligatorio tiene consecuencias muy negativas a la hora de participar en una licitación.

Al ser obligatoria la inscripción en los procedimientos simplificados y simplificados abreviados nos encontramos ante la situación de que el licitador que presente su oferta y no esté inscrito en el ROLECE quedará EXCLUIDO del procedimiento de licitación.

Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Publica del Estado

La Junta Consultiva de Contratación realizó una recomendación el pasado 24 de septiembre de 2018 respecto a la obligatoriedad de la inscripción del ROLECE prevista en el articulo 159.4 a).

En este sentido, la Junta explica que debido al volumen de trabajo en las inscripciones no se ha podido cumplir con el plazo prudencial otorgado por Ley para que las empresas se inscriban en el citado Registro.

De esta forma, la recomendación de la Junta es que por el momento no se excluya a ningún licitador por no estar inscrito en el ROLECE, hasta que se remita la situación establecida en el párrafo anterior.

El PROBLEMA que encontramos aquí, es que no se establece un nuevo plazo en el que deje de surtir efecto la recomendación y por tanto, cualquier Ayuntamiento después de respetar un plazo prudencial, comenzar a excluir licitadores por ese motivo.

Es por ello, que la recomendación desde ASEPYME es que te inscribas en el ROLECE cuanto antes si no quieres perder grandes oportunidades de negocio.

Respuesta a dudas sobre ROLECE

Deben inscribirse en el ROLECE todas las empresas de obras, servicios y suministros que vayan a licitar con la Administración Pública.

No, tendrán que inscribirse todas las empresas de suministros que no lo estuvieran ya, y las empresas de obras y servicios que no estén clasificadas como contratistas.

Y las empresas que ya estén clasificadas como contratistas tampoco tienen que inscribirse en el ROLECE. Esto se debe a que la propia Junta Consultiva realiza una inscripción básica de oficio a las empresas que estaban clasificadas.

Esto va a depender de si la empresa a inscribir es persona física o jurídica.

Se aportará dos tipos de información, la básica y la adicional.

Información básica obligatoria:

  • datos de la empresa,
  • domicilio, objeto social,
  • órgano de administración,
  • etc.

Información adicional:

  • cuentas anuales,
  • cifras de volumen de negocios,
  • póliza de seguros,
  • Etc.

No se tiene que aportar nuevaemente la información, ya que está contenida en el ROLECE, por lo que queda acreditada en dicho certificado para futuras licitaciones. Por lo que no habría que aportarla nuevamente en futuras licitación.

Las empresas deberían haberse inscrito antes del 9 de septiembre de 2018. ¡Pero nunca es tarde si se quiere acceder a nuevas licitaciones!

Desde que se presenta la solicitud, se está tardando alrededor de dos meses. De ahí que nuestra recomendación es que se empieze a tramitar lo antes posible. Se prevé una avalncha de solicitudes y tal vez en breve se demoren las concesiones.

Video resumen obtención certificado ROLECE

En nuestro canal de youtube puedes acceder a cientos de videos para emprendedores, autónomos y pymes. Y entre ellos, uno en el que hacemos un breve resumen sobre el ROLECE.

Aquí tienes un video resumido de todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres visualizarlo.

La inscripción en ROLECE por ASEPYME

En ASEPYME llevamos desde 2018 tramitando la inscripción de empresarios individuales y sociedades en el ROLECE.

El motivo es que muchos de ellos realizan contratos públicos con la Administración o piensan acceder a licitaciones, y no quieren encontrarse con la desagradable sorpresa de no poder acceder por no estar inscritos.

Si quieres darte de alta en el ROLECE puedes contactar con nosotros y te mandaremos un presupuesto sin compromiso.

Podcast sobre cómo obtener el certificado ROLECE

En nuestro canal de Ivoox puedes acceder a cientos de audios para autónomos, pymes y emprendedores.

Aquí tienes en un audio resumido todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres escucharlo.

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Si necesitas la inscripción de tu empresa en el ROLECE, dejanos tus datos y contactaremos contigo a la mayor brevedad posible. 

Recuerda la obligatoriedad de tener el ROLECE para acceder a las licitaciones con diferentes Administraciones Públicas, ya sean Ayuntamientos, Mancomunidades, Diputaciones, etc.

 🙂 

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