Plazo para reclamar un finiquito: Todo lo que debes saber
Enfrentarse al fin de una relación laboral, sea por los motivos que sea: acuerdo entre las partes, despido improcedente, fin de la relación laboral, jubilación, etc. puede convertirse en un completo desafío.
Dependiendo de las formas o motivos que hayan dado pie a la conclusión del contrato, podremos adquirir una indemnización o no, es decir, una compensación económica.
Sin embargo, a lo que siempre tendremos derecho es al llamado finiquito.
A continuación, te proporcionamos información valiosa y práctica para que no dejes pasar la oportunidad de reclamar lo que te corresponde.
En nuestra asesoría laboral en Valencia, pero con alcance nacional y servicios online, estamos preparados para ayudaros con cualquier tema relacionado sobre los finiquitos
¿Qué es el finiquito?
El finiquito verdaderamente es la última nómina que recibimos, por lo que independientemente de las razones, siempre que exista un cese laboral existirá un finiquito. En el mismo se deben reflejar todas las deudas pendientes que tiene la empresa para con el trabajador, es decir, el finiquito es el documento que recoge todas las cantidades pendientes que la empresa debe abonar al trabajador al término de su contrato laboral. Incluye conceptos como los salarios devengados, las pagas extras, las vacaciones no disfrutadas, entre otros.
Con ello, podemos afirmar que el finiquito es un derecho del trabajador que se debe entregar obligatoriamente al finalizar la relación laboral, sea cual sea la causa de la misma. Es fundamental que en el documento se reflejen todas las cantidades pactadas para evitar posibles reclamaciones futuras.
Diferencia entre finiquito e indemnización
Estos dos conceptos habitualmente se confunden, pero lo cierto es que no tienen nada que ver. Mientras que el finiquito se cobra siempre que haya un cese laboral (independientemente de los motivos), la indemnización solo se da si la extinción del contrato la realiza de manera unilateral la empresa y no el trabajador. Con ello, afirmamos que el tipo de despido es lo que define la indemnización a percibir, siendo las más comunes las siguientes:
- Despido objetivo (art. 52 del Estatuto de los Trabajadores), es decir, por causas no imputables al trabajador:
- Ineptitud del trabajador por causas sobrevenidas.
- Por falta de adaptación a las modificaciones requeridas en su puesto de trabajo. Si bien, la empresa antes de despedir al trabajador está en la obligación de ofrecer cursos de formación y/o actualización a los cambios.
- Despido por causas ETOP (Económicas, Técnicas, Organizativas o de Producción).
Si se dieran algunas de las causas anteriores, el trabajador tendrá derecho al finiquito, además de a una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado en la empresa, con un tope de 12 mensualidades.
- Despido por causas disciplinarias. Este despido sí se debe al comportamiento del trabajador, por lo que no da derecho a indemnización alguna, aunque sí a finiquito.
Sin embargo, en numerosas ocasiones el empresario camufla un despido disciplinario o precedente, cuando verdaderamente no lo es. Las causas para exista un despido procedente son, normalmente:
- Inasistencia o impuntualidad repetida e injustificadas.
- Desobediencia a superiores.
- Falta de rendimiento.
- Abuso de confianza.
- Acoso sexual hacia compañeros o superiores.
- Discriminación de cualquier tipo (racial, étnica, edad, orientación sexual, etc.)
- Asistencia al trabajo bajo los efectos de alcohol u otras drogas.
Si has sido despedido, pero consideras que es improcedente debes impugnar el mismo.
Si tras la impugnación el despido se considera improcedente, el juez considerará que no corresponde despido alguno, por lo que el empresario podrá elegir entre readmitirte y pagarte el salario que has dejado de percibir o bien ingresarte una indemnización de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades (para relaciones laborales iniciadas después del 12 de febrero de 2012).
Cabe matizar que, si la relación laboral se inició antes del 12 de febrero de 2012, la indemnización que corresponde será de 45 días por año trabajado, con un tope de 42 mensualidades.
Plazo para reclamar un finiquito
En cuanto al plazo para reclamar un finiquito, es importante entender que no existe un plazo fijo para recogerlo. Sin embargo, sí hay plazos para reclamar las cantidades incluidas en el mismo.
Así, debemos distinguir dos plazos muy diferentes:
- 1 año desde el cese de la notificación del cese de la relación laboral para reclamar las cantidades monetarias. Es decir, y ello conforme al art. 59 del Estatuto de los Trabajadores, si queremos reclamar el salario dejado de percibir, las vacaciones no disfrutadas, las pagas extras, etc. Dispondremos de 1 año.
Este plazo es de prescripción, no de caducidad. Ello quiere decir que, el plazo de un año, cuando interponemos la correspondiente papeleta de conciliación, se reinicia, volviendo a empezar desde cero.
- 20 días desde el fin de la relación laboral. Este plazo tan reducido se da en el caso de que hayamos sido despedidos por motivos que consideramos falsos o fuera de lugar. Es decir, si hemos sido despedidos y consideramos que no debíamos haberlo sido, dispondremos de 20 días para impugnar la causa de la extinción laboral.
Este plazo es de caducidad, no de prescripción. Ello quiere decir que no se puede interrumpir.
Proceso extrajudicial y judicial en caso de impago
Ante situaciones de impago, se puede iniciar un proceso extrajudicial, negociando con la empresa.
Si no se llega a un acuerdo, se puede proceder a la vía judicial para reclamar las cantidades adeudadas.
Procedimientos en caso de impago del finiquito
Acto de conciliación y juicio correspondiente
Ante el impago del finiquito, el trabajador debe iniciar un acto de conciliación presentando la correspondiente papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) para intentar resolver la situación de forma amistosa.
En caso de no alcanzar un acuerdo, se abrirá la vía judicial con la presentación de la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social, donde un juez resolverá el conflicto conforme a la ley laboral vigente.
Es fundamental que los trabajadores conozcan y defiendan sus derechos en materia laboral, incluyendo el derecho a percibir el finiquito correspondiente al finalizar la relación laboral. Ante cualquier irregularidad en el pago, es importante actuar con determinación y buscar asesoramiento legal para garantizar la protección de sus derechos laborales.
¡Por cierto!
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