¿Quién puede heredar si no hay testamento?
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Muchos clientes acuden a nosotros cuando ha fallecido un familiar o allegado sin otorgar testamento con dudas relativas a quién hereda si no hay testamento.
Esta es una situación bastante común y puede que tú te encuentres en esta situación de sucesión ab intestato, y quizás te preguntes:
- ¿Es un impedimento a la hora de heredar?
- ¿Quién hereda si no hay testamento?
- ¿Qué tengo que hacer para poder heredar?
Pero en caso de no estar bien asesorado puede ser que pierdas tu parte de la herencia pasando así la herencia integra del causante a manos del Estado.
Ahora te voy a explicarte si es un impedimento a la hora de heredar que el causante no haya otorgado testamento.
Sin olvidarnos de quién hereda si no hay testamento y cómo hacerlo…
¿Cómo se sabe si una persona hizo testamento?
Siempre que una persona hace testamento, será puesto en conocimiento del Registro General de Actos de Última Voluntad por el Notario autorizado.
De manera que, habrá que acudir al Registro para así comprobar si existe o no testamento del causante.
La información que proporciona el Registro General de Actos de Última Voluntad es la siguiente:
- Cuál es el nombre del causante,
- Cuál fue el lugar de otorgamiento,
- En que fecha se otorgó y
- El nombre del Notario.
La información la puedes solicitar mediante un Certificado de Últimas voluntades una vez hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento del causante.
Dicho Certificado de últimas Voluntades lo puedes solicitar, cumplimentando el modelo oficial y acompañando el certificado de defunción y el pago correspondiente de la tasa:
- Presencialmente o por correo indistintamente en cualquier Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia
- De manera digital, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de justicia
Sin embargo, el difunto no siempre hace testamento.
De manera que, en el supuesto de que el causante no haya otorgado testamento o, en caso de otorgar testamento este sea declarado nulo o invalido tendrá lugar la llamada sucesión ab intestato, intestada o también llamada sucesión legítima.
“La sucesión legítima tiene lugar:
1.º Cuando uno muere sin testamento, o con testamento nulo, o que haya perdido después su validez.
2.º Cuando el testamento no contiene institución de heredero en todo o en parte de los bienes o no dispone de todos los que corresponden al testador. En este caso, la sucesión legítima tendrá lugar solamente respecto de los bienes de que no hubiese dispuesto.
3.º Cuando falta la condición puesta a la institución del heredero, o éste muere antes que el testador, o repudia la herencia sin tener sustituto y sin que haya lugar al derecho de acrecer.
4.º Cuando el heredero instituido es incapaz de suceder.
Articulo 912 del Código Civil.”
Para los supuestos de sucesión intestada es la ley quien establece quién hereda si no hay testamento y cuál será el orden y porción de la herencia que les corresponda a cada uno de ellos.
En consecuencia, únicamente podrás heredar del causante sin testamento si eres una de las personas que se establecen legalmente.
Por tanto, tal vez te preguntes qué hay que hacer para poder heredar…
¿Qué trámites hay que hacer para heredar si no hay testamento?
Para saber quién hereda si no hay testamento, es decir, cuando el causante no ha otorgado testamento, se hace un llamamiento a la herencia que viene determinado por la Ley.
Para que el llamamiento a la herencia sea efectivo será necesaria una declaración de herederos ab intestato tramitada en acta notarial donde se designan las personas llamadas a heredar o bien mediante un juicio declarativo correspondiente a la jurisdicción contenciosa.
Podrá solicitar vía notarial la declaración de herederos cualquier persona que ostente el derecho a la sucesión, incluida la pareja de hecho.
Si quieres saber más acerca de la declaración de herederos te recomiendo que leas nuestro artículo ¿Qué es la declaración de herederos y cuándo hay que hacerla?
Tal vez te estás preguntando quién hereda si no hay testamento. Te lo explico a continuación …
¿Quién tiene derecho a heredar?
El hecho de que una persona muera sin otorgar testamento no es un impedimento para que las personas que ostenten el derecho a heredar reciban la parte que les corresponda de la herencia del difunto.
Por tanto, cuando tiene lugar la sucesión intestada, se establece legalmente quién hereda si no hay testamento del difunto y en qué orden heredarán.
Las personas que ostentan el derecho a heredar en la sucesión ab intestato se llaman herederos legales o legítimos.
No obstante, en caso de existir testamento se habla de herederos voluntarios o herederos forzosos.
Pero, exista o no testamento, los herederos forzosos siempre van a tener derecho a una parte de la herencia, artículo 807 del Código Civil.
“Son herederos forzosos:
1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3.° El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.”
De forma que, solo podrás heredar en la sucesión ab intestato si eres una de las personas que ha determinado la ley, es decir si eres heredero legítimo.
Porque recuerda, que es la ley quien establece quién hereda si no hay testamento.
Ahora te voy a contar quién hereda si no hay testamento y cómo se reparte a herencia…
¿Cómo se reparte la herencia si no hay testamento?
Yo te voy a hablar de cómo se reparte la herencia a nivel estatal. Ya que, pueden existir variaciones dependiendo de la Comunidad Autónoma sobre quién hereda si no hay testamento.
De manera que, a nivel estatal, en el supuesto de estar ante una herencia sin testamento el orden sucesorio establecido legalmente será el siguiente:
- En primer lugar, encontramos los descendientes
- En segundo, los ascendientes
- De no existir los anteriores, el cónyuge
- Y en ultimo lugar, los hermanos o sobrinos
No obstante, esto no queda aquí ya que, a falta de todos los anteriores hereda el Estado.
A continuación, te voy a explicar mas detalladamente el orden sucesorio para saber quién hereda si no hay testamento …
Descendientes
En primer lugar, quien hereda si no hay testamento son los descendientes. Estos ocupan el primer puesto en cuanto al orden sucesorio.
Si hay varios hijos estos heredaran todos por partes iguales sin distinción alguna independientemente de si son hijos biológicos o adoptados.
Es importante tener en cuenta que, en caso de haber hijos y nietos quién hereda si no hay testamento es el pariente de grado más próximo al causante.
De forma que, de concurrir hijos y nietos los hijos heredarán antes que los nietos.
Sin embargo, si algún hijo hubiera fallecido, su derecho de heredar se transfiere al de sus nietos.
Y en los supuestos de que el causante tuviera cónyuge, siempre y cuando no este divorciado o separado legalmente, la viuda o el viudo tendrá derecho al usufructo viudal de un tercio de la herencia, el tercio de mejora.
Y si este es tu caso, puede que te preguntes, entonces ¿Quién hereda si no hay testamento a falta de descendientes?
Ascendentes
Ante la falta de descendientes quienes heredan si no hay testamento son los ascendientes.
De este modo serian herederos los dos padres, perteneciéndoles a ambos la herencia a partes iguales.
Si solo hay un padre, este será heredero único.
Y, en defecto de padres heredarán los ascendientes en grado más próximo, es decir, los abuelos.
Heredando así el 50% los abuelos paternos y el otro 50% los abuelos maternos.
En caso de haber viudo o viuda tendrá derecho a heredar junto con los ascendientes, correspondiéndole al cónyuge viudo el usufructo vitalicio de la mitad de la herencia.
En ausencia de los anteriores, quién hereda si no hay testamento es el cónyuge.
Te lo voy a contar a continuación…
Cónyuge
Si se da que el fallecido no tenia ni descendientes ni ascendientes, pero si que tenia cónyuge, será el cónyuge quién tenga derecho a heredar,
Seria por tanto el cónyuge quién hereda si no hay testamento, convirtiéndose así en heredero único.
Es importante saber que en el derecho común la pareja de hecho no hereda de la pareja fallecida en la sucesión intestada, pero en algunas Comunidades Autónomas la pareja de hecho sí que tiene derecho a heredar.
Pero, ¿Y si tampoco tiene cónyuge quién hereda si no hay testamento?…
Parientes colaterales
Quién hereda si no hay testamento en ausencia de todos los anteriores y siempre y cuando existan parientes colaterales, serán los hermanos y los sobrinos quienes hereden.
Tanto los hermanos como los sobrinos serán quienes hereden con preferencia a los restantes parientes colaterales.
Por tanto, serán los hermanos antes que los sobrinos del fallecido quién hereda si no hay testamento.
La regla general es que los hermanos heredaran por partes iguales, pero pueden darse las situaciones siguientes:
- Los hermanos de misma madre y padre heredaran todos por partes iguales
- Para el supuesto de haber hermanos de padre y madre y hermanos de solo un progenitor en común: los primeros van a heredar una porción doble en comparación con los hermanos de solo un progenitor en común que heredaran la mitad.
- Si todos los hermanos solo son de un progenitor en común estos heredaran por partes iguales.
- Si un hermano ha fallecido, los sobrinos se repartirían entre ellos la parte correspondiente a su progenitor
- Y, a falta de hermanos, heredarían los sobrinos por partes iguales.
Quizás te estás preguntando quién hereda si no hay testamento a falta de todos los anteriores …
El Estado
A falta de todos los parientes antes mencionados, quién hereda si no hay testamento
es el Estado.
De este modo, le corresponderían al Estado los bienes del causante fallecido sin otorgar herencia.
El Estado dividirá, según el Código Civil, la herencia en tres partes:
- Un tercio para las instituciones benéficas del domicilio del causante
- otro tercio para las instituciones benéficas provinciales
- Un tercio para el pago de la deuda pública.
No obstante, dependiendo de la Comunidad Autónoma puede haber excepciones, correspondiéndole este lugar a la Comunidad Autónoma.
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