¿Vas a comprar una vivienda sin valor de referencia? Evita pagar más ITP del necesario
Contenido
- 1 ¿Vas a comprar una vivienda sin valor de referencia? Evita pagar más ITP del necesario
- 1.1 El problema: cuando no hay valor de referencia, el error es tuyo
- 1.2 El error más común: usar la tasación bancaria “por si acaso”
- 1.3 El criterio de la DGT: declarar de más no tiene vuelta atrás
- 1.4 ¿A quién afecta especialmente este riesgo?
- 1.5 Nuestra solución: análisis fiscal previo antes de liquidar el ITP
Comprar una vivienda sin valor de referencia catastral puede parecer una ventaja. En realidad, es uno de los escenarios con mayor riesgo fiscal tanto para compradores particulares como para inversores inmobiliarios.
Cada semana atendemos a personas que, por exceso de prudencia o falta de asesoramiento, han declarado de más en el ITP… y descubren después que no pueden rectificar.
El resultado: miles de euros pagados de forma innecesaria.
👉 Antes de firmar o liquidar el impuesto, conviene analizar bien la operación.
Los abogados en Valencia de Asepyme podemos ayudarte a tomar la decisión correcta desde el inicio.

El problema: cuando no hay valor de referencia, el error es tuyo
En una compraventa de vivienda sin valor de referencia, la ley no te ofrece una cifra automática. La base imponible del ITP será la mayor de estas tres:
- El valor que tú declares
- El precio escriturado
- El valor real de mercado
Esto implica algo muy importante:
⚠️ Si declaras un valor superior por tu cuenta, ese valor te vincula.
No es una cuestión menor. Una decisión mal calculada puede ser irreversible.
El error más común: usar la tasación bancaria “por si acaso”
Muchos compradores —especialmente inversores— utilizan la tasación hipotecaria como referencia fiscal.
Es comprensible… pero es un error frecuente.
🔎 La tasación sirve al banco, no determina el valor fiscal del inmueble.
Y este punto ha sido aclarado de forma contundente por la Dirección General de Tributos.
El criterio de la DGT: declarar de más no tiene vuelta atrás
La Dirección General de Tributos, en consulta vinculante reciente, ha establecido que:
- Si declaras voluntariamente un valor superior al precio
- Y ese valor no proviene de una comprobación administrativa
- No podrás rectificar la autoliquidación después
👉 No se considera un error: se considera una decisión consciente del contribuyente.
En la práctica, esto significa que pagar de más por prudencia puede salir muy caro.
¿A quién afecta especialmente este riesgo?
Esta situación afecta de forma directa a:
- 🏠 Compradores de vivienda habitual
- 📈 Inversores inmobiliarios
- 🏘️ Operaciones de segunda mano
- 📄 Viviendas sin valor de referencia catastral
- 🏦 Compras con tasación superior al precio real
Si estás en alguno de estos supuestos, no deberías liquidar el ITP sin un análisis previo.
Nuestra solución: análisis fiscal previo antes de liquidar el ITP
En Asepyme analizamos tu operación antes de que el error sea irreversible.
Nuestro asesoramiento incluye:
- Estudio del valor de mercado real
- Análisis del riesgo de comprobación en tu comunidad autónoma
- Evaluación del perfil del comprador (particular o inversor)
- Determinación del valor óptimo a declarar
- Prevención de costes fiscales innecesarios
Todo ello con un enfoque jurídico, fiscal y práctico.
No liquides el ITP sin consultar antes
Una decisión aparentemente conservadora puede convertirse en definitiva.
Y cuando hablamos de impuestos, definitivo suele significar caro.
¡Por cierto!
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