Nuevas ventajas fiscales para hermanos, sobrinos y tíos en la Comunidad Valenciana: cómo ahorrar en herencias y donaciones desde junio de 2026

Las herencias y donaciones entre familiares colaterales siempre han soportado una carga fiscal muy superior a la aplicable a hijos, padres o cónyuges. Esta diferencia provocaba que muchos hermanos, sobrinos o tíos tuvieran que afrontar impuestos elevados al recibir un patrimonio familiar.
Desde junio de 2026, la Comunidad Valenciana ha ampliado determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para los familiares incluidos en el Grupo III de parentesco, lo que puede reducir de forma significativa la tributación en determinadas transmisiones.
La reforma abre nuevas oportunidades de planificación patrimonial para miles de familias valencianas. Una revisión adecuada del patrimonio puede evitar una carga fiscal innecesaria y facilitar la transmisión de bienes entre familiares cercanos.
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Nuevas ventajas fiscales para hermanos, sobrinos y tíos en Valencia

¿Qué ventajas fiscales tienen ahora hermanos, sobrinos y tíos en la Comunidad Valenciana?

Desde junio de 2025, los familiares incluidos en el Grupo III del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones pueden acceder a beneficios fiscales más favorables que los existentes anteriormente. La reforma autonómica reduce la carga tributaria en determinadas herencias y donaciones, acercando parcialmente su tratamiento fiscal al de otros familiares con un grado de parentesco más directo.
Concretamente, este beneficio fiscal consiste en una bonificación del 25% sobre la cuota tributaria, tanto por herencia como por donación.
Ahora bien, para poder aplicarse estos beneficios fiscales es necesario cumplir ciertos requisitos.
Este cambio resulta especialmente relevante para personas sin descendientes que desean transmitir su patrimonio a hermanos, sobrinos o familiares colaterales cercanos.

¿Quiénes forman parte del Grupo III de parentesco?

El Grupo III del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones incluye:
  • Hermanos y hermanas.
  • Tíos y tías.
  • Sobrinos y sobrinas.
Tradicionalmente, estos familiares quedaban excluidos de muchas de las bonificaciones más ventajosas reservadas a cónyuges, ascendientes y descendientes directos.

¿Por qué es importante esta reforma fiscal?

La realidad social actual ha cambiado considerablemente.
Cada vez existen más situaciones en las que:
  • Personas solteras dejan su patrimonio a sobrinos.
  • Hermanos asumen el cuidado de familiares mayores.
  • No existen hijos ni descendientes directos.
  • Empresas familiares continúan en manos de familiares colaterales.
La reforma pretende adaptar parcialmente la fiscalidad a estas nuevas estructuras familiares.

¿Cuánto puede ahorrar un heredero o donatario?

El ahorro dependerá de diversos factores:
Factor Influencia en el ahorro fiscal
Valor de los bienes Cuanto mayor sea el patrimonio, mayor impacto puede tener la bonificación
Tipo de activo Inmuebles, empresas y activos financieros pueden recibir tratamientos distintos
Edad del beneficiario Puede afectar a determinadas reducciones
Comunidad autónoma aplicable La normativa autonómica resulta determinante
Existencia de otras reducciones Puede incrementar el ahorro total
La diferencia económica puede alcanzar varios miles de euros en herencias de importe medio o elevado, especialmente cuando se transmiten viviendas, inversiones financieras o participaciones empresariales.

¿Qué riesgos existen si no se planifica correctamente una herencia?

Muchas familias analizan la fiscalidad únicamente después del fallecimiento.
Cuando esto ocurre suelen aparecer problemas como:
  • Mayor tributación de la necesaria.
  • Falta de liquidez para pagar el impuesto.
  • Conflictos entre herederos.
  • Venta precipitada de inmuebles o inversiones.
  • Pérdida de beneficios fiscales aplicables.
La planificación anticipada suele ser la herramienta más eficaz para minimizar estos riesgos.

Ejemplo práctico

Un contribuyente de 72 años, viudo y sin hijos, residente en Valencia, posee:
  • Vivienda habitual valorada en 320.000 euros.
  • Segunda residencia valorada en 180.000 euros.
  • Ahorros por importe de 140.000 euros.
TOTAL: 640.000 €
Su voluntad es dejar todo el patrimonio a sus dos sobrinos por partes iguales.
Durante años asumió que la tributación sería especialmente elevada debido al parentesco existente. Sin embargo, tras analizar la normativa vigente y las nuevas ventajas aplicables al Grupo III, comprobó que podía optimizar significativamente la futura carga fiscal mediante una adecuada planificación sucesoria.
Además, la revisión permitió adaptar el testamento y prever mecanismos para evitar problemas de liquidez en el momento de aceptar la herencia.
Impuesto Sucesiones sin aplicar beneficios fiscales actuales: 96.845,66 €
Impuesto Sucesiones aplicando beneficios fiscales: 70.206,29 €
TOTAL AHORRADO: 26.639,37 €

¿Es mejor donar en vida o esperar a la herencia?

No existe una respuesta universal.
Cada situación requiere un estudio individualizado.

¿Cuándo puede interesar una donación en vida?

La donación puede resultar conveniente cuando:
  • Se quiere ayudar económicamente al familiar de forma inmediata.
  • Se pretende reorganizar el patrimonio familiar.
  • Se busca evitar conflictos sucesorios futuros.
  • Se desea anticipar la transmisión de determinados bienes.
Sin embargo, debe recordarse que una donación puede generar una ganancia patrimonial en el IRPF del donante.
Este aspecto suele ser uno de los errores más frecuentes en la planificación patrimonial.

¿Cuándo puede ser mejor esperar a la herencia?

Puede ser más eficiente cuando:
  • Existen inmuebles adquiridos hace muchos años.
  • Las plusvalías latentes son elevadas.
  • Se pretende evitar tributación inmediata en el IRPF.
  • Se busca simplificar la gestión patrimonial.
Por este motivo, la decisión no debe basarse exclusivamente en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Nuestra valoración jurídica

La ampliación de beneficios fiscales para familiares del Grupo III supone una mejora relevante dentro del sistema tributario valenciano.
No obstante, muchos contribuyentes cometen el error de centrarse únicamente en el ahorro en sucesiones y donaciones sin analizar otros impuestos que también intervienen en la transmisión patrimonial, como el IRPF, la plusvalía municipal o la fiscalidad de determinadas sociedades familiares.
Desde una perspectiva práctica, las mayores oportunidades de ahorro suelen encontrarse en una planificación global realizada con suficiente antelación y no únicamente en la aplicación automática de bonificaciones fiscales.
Por ello, resulta recomendable revisar testamentos antiguos, estructuras patrimoniales familiares y posibles donaciones futuras antes de adoptar cualquier decisión.

¿Qué conviene revisar ahora?

La entrada en vigor de estas ventajas fiscales convierte este momento en una oportunidad para revisar:
  • El contenido del testamento.
  • La composición actual del patrimonio.
  • Los futuros herederos.
  • La conveniencia de realizar donaciones en vida.
  • La aplicación de reducciones autonómicas.
  • El impacto fiscal conjunto de la operación.
Una revisión preventiva suele permitir detectar oportunidades de ahorro que posteriormente ya no pueden aprovecharse.

Preguntas frecuentes

¿Los sobrinos pagan menos Impuesto sobre Sucesiones en la Comunidad Valenciana?

Sí. Desde la reforma autonómica se han ampliado determinados beneficios fiscales para los familiares incluidos en el Grupo III, entre ellos los sobrinos. El ahorro concreto dependerá del patrimonio transmitido y de las circunstancias particulares de cada caso.

¿Las nuevas ventajas fiscales también afectan a las donaciones?

Sí. La reforma no se limita exclusivamente a las herencias. Determinadas donaciones realizadas entre familiares del Grupo III también pueden beneficiarse de una fiscalidad más favorable.

¿Conviene modificar un testamento antiguo?

En muchos casos sí. Un testamento redactado antes de la reforma puede seguir siendo válido, pero resulta aconsejable revisarlo para comprobar si la nueva normativa permite optimizar la futura transmisión patrimonial.

¿Los hermanos tienen el mismo tratamiento fiscal que los hijos?

No. Aunque la reforma mejora la situación de los hermanos, siguen existiendo diferencias respecto al régimen fiscal aplicable a descendientes directos y cónyuges.

¿Puedo donar una vivienda a un sobrino y pagar menos impuestos?

Dependerá del valor del inmueble, de la normativa aplicable y de la tributación derivada en el IRPF. Antes de realizar cualquier donación conviene efectuar un estudio fiscal completo.

¿Qué ocurre si heredo varios inmuebles y no tengo liquidez para pagar el impuesto?

Existen mecanismos legales para solicitar aplazamientos o fraccionamientos, pero lo más recomendable es anticipar esta situación mediante una adecuada planificación sucesoria.