Miles de autónomos podrían dejar de pagar IVA, pero España sigue retrasando la reforma

Durante meses se ha hablado del llamado «IVA franquiciado» como una de las reformas fiscales más esperadas por los pequeños negocios. Sin embargo, la realidad es que España todavía no ha adaptado su legislación a la normativa europea, incumpliendo los plazos fijados por la Unión Europea y exponiéndose a importantes sanciones económicas.

Este retraso no solo tiene consecuencias para las arcas públicas, sino que también mantiene a numerosos autónomos y pequeñas empresas en una situación de desventaja frente a competidores de otros Estados miembros que ya disfrutan de un régimen simplificado del IVA.

Si eres autónomo y realizas operaciones con otros países de la Unión Europea, conviene analizar cómo puede afectarte esta futura reforma. En Asepyme podemos estudiar tu situación concreta y ayudarte a planificar correctamente las implicaciones fiscales cuando la nueva normativa entre en vigor.

España acumula sanciones por no aplicar el IVA franquiciado exigido por la Unión Europea.

¿Está España incumpliendo la obligación de implantar el nuevo régimen de franquicia del IVA?

Sí. España debía haber incorporado a su legislación la Directiva (UE) 2020/285 antes del 31 de diciembre de 2024 para que el nuevo régimen comenzara a aplicarse desde el 1 de enero de 2025. Al no haber completado la transposición, la Comisión Europea ha solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declare el incumplimiento y que imponga una multa diaria mientras continúe el retraso.

¿Qué es el régimen de franquicia del IVA?

El régimen de franquicia del IVA es un sistema previsto por la normativa europea para reducir las obligaciones tributarias de pequeñas empresas y trabajadores autónomos cuando realizan determinadas operaciones dentro de la Unión Europea.

Su finalidad principal no es eliminar el impuesto de forma generalizada, sino simplificar las obligaciones administrativas de negocios con un volumen reducido de actividad, evitando registros fiscales innecesarios en distintos Estados miembros.

¿Por qué la Comisión Europea ha iniciado un procedimiento contra España?

La Comisión Europea considera que España no ha cumplido con su obligación de adaptar la normativa nacional dentro del plazo establecido.

Tras varios requerimientos formales y un dictamen motivado sin que se aprobara la reforma, el asunto ha sido remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Además de solicitar que se declare el incumplimiento, la Comisión ha pedido la imposición de una multa coercitiva diaria hasta que la legislación española quede plenamente adaptada.

¿La exención del IVA beneficiará a todos los autónomos?

No.

Una de las mayores confusiones generadas durante los últimos años consiste en pensar que todos los autónomos que facturen menos de 85.000 euros dejarán automáticamente de repercutir IVA en sus facturas.

La Directiva europea no establece esa obligación.

Lo que exige es que las pequeñas empresas puedan acogerse al régimen especial cuando desarrollan operaciones transfronterizas dentro de la Unión Europea y cumplen los requisitos previstos en la normativa comunitaria.

Por tanto, la futura reforma tendrá un impacto especialmente relevante para quienes venden bienes o prestan servicios en otros Estados miembros.

¿Qué ocurrirá con los autónomos que solo trabajan en España?

En principio, nada cambiará.

La Directiva permite que cada Estado decida si implanta también un régimen nacional de franquicia del IVA para operaciones exclusivamente internas.

Si el Gobierno español se limita a transponer la normativa europea sin crear un régimen interno adicional, los autónomos que únicamente desarrollan su actividad en territorio español continuarán facturando con IVA exactamente igual que hasta ahora.

Por ello, conviene distinguir claramente entre la obligación de adaptar la normativa europea y la posible decisión política de ampliar esa exención al ámbito nacional.

¿Qué ventajas ofrece el nuevo sistema?

Para quienes puedan acogerse al régimen especial, la reforma persigue reducir significativamente la carga administrativa.

Entre los principales beneficios destacan:

Ventaja Consecuencia práctica
Menos obligaciones fiscales Disminuye el número de declaraciones relacionadas con el IVA.
Simplificación administrativa Se reducen trámites ante las administraciones tributarias de otros Estados miembros.
Menores costes de gestión Disminuyen los gastos de asesoramiento y cumplimiento tributario.
Mayor competitividad Facilita operar en distintos países de la Unión Europea sin complejidad administrativa excesiva.

Nuestra valoración jurídica

Desde una perspectiva jurídica, el retraso en la transposición genera un problema que va más allá del eventual pago de sanciones por parte del Estado.

Las empresas españolas que desarrollan actividad internacional continúan soportando obligaciones administrativas que sus competidores europeos ya han visto reducidas gracias a la aplicación del nuevo régimen.

Además, la demora prolonga una situación de incertidumbre para asesores fiscales, autónomos y pequeñas empresas que desconocen cuándo podrán acogerse al nuevo sistema ni cuáles serán finalmente las condiciones de aplicación en España.

Si el legislador opta únicamente por cumplir el mínimo exigido por la Directiva, el impacto para la mayoría de los autónomos españoles será mucho más limitado de lo que inicialmente se había difundido.

Ejemplo práctico

Imaginemos un diseñador gráfico establecido en España que presta servicios de forma habitual a clientes en Francia, Portugal e Italia y cuyo volumen de negocio se sitúa por debajo de los límites previstos por la normativa europea.

Con la implantación del régimen de franquicia del IVA, podría simplificar considerablemente determinadas obligaciones fiscales relacionadas con sus operaciones intracomunitarias, reduciendo costes administrativos y facilitando su actividad internacional.

En cambio, un profesional que únicamente facture a clientes situados en España seguiría sometido al régimen ordinario del IVA, salvo que el legislador español apruebe un sistema nacional de exención.

Preguntas frecuentes

¿España ya está pagando la multa diaria?

No necesariamente. La Comisión Europea ha solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que imponga una multa coercitiva diaria. Será el Tribunal quien determine, en su caso, si procede la sanción y desde cuándo debe aplicarse.

¿Todos los autónomos dejarán de repercutir IVA?

No. La normativa europea no establece una exención automática para todos los autónomos con baja facturación. Su objetivo principal es facilitar las operaciones transfronterizas de pequeñas empresas dentro de la Unión Europea.

¿Existe un límite de facturación?

La Directiva contempla un umbral máximo de hasta 85.000 euros de volumen anual de negocios para este régimen, aunque los Estados miembros pueden fijar límites inferiores cuando regulen sus propios sistemas nacionales.

¿Puede España crear una exención para operaciones exclusivamente nacionales?

Sí. La normativa europea permite que cada Estado establezca un régimen nacional de franquicia del IVA, siempre que respete los límites y condiciones previstos por la legislación comunitaria.

¿Cuándo entrará finalmente en vigor el nuevo sistema?

Dependerá de la aprobación definitiva de la reforma legislativa actualmente en tramitación. Hasta que la ley sea publicada y entre en vigor, continuará aplicándose el régimen vigente.

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