Conoce las claves para darte de alta como autónomo y emprender tu propio camino laboral.

Para realizar tu alta debes hacer gestiones en:

  • Hacienda: necesitarás presentar la declaración censal, el modelo 036 o el modelo 037.
  • Seguridad Social: deberás inscribirte en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA).
  • Ayuntamiento: puede que necesites registrarte en el registro municipal de actividades.

¡Una vez que hayas completado estos trámites, estarás oficialmente dado de alta como trabajador autónomo!

No obstante, te lo vamos a poner fácil.

¿Quieres emprender y convertir tu idea en un negocio?

Asepyme es el lugar perfecto para obtener información sobre cómo darte de alta como autónomo y en Hacienda, ya sea online o en persona.

Es importante prestar atención a los trámites necesarios y a los plazos establecidos, ya que presentar los documentos fuera de plazo puede resultar costoso.

Cómo darse de alta como autónomo paso a paso

Aprende las claves imprescindibles sobre cómo darse de alta como autónomo y asegurar tu futuro profesional.

Algunos de los tramites que debe de hacer alguien que quiere darse de alta en las distintas Administraciones Públicas son::

Aunque todo esto se puede hacer con un trámite del alta desde un PAE cómo después veremos.

Y además de lo anterior, también se deben de realizar entre otros trámites:

La mayoría de autónomos pueden realizar el alta en la Seguridad Social y Hacienda a través del alta online como veremos. Sin embargo, si tienes un local abierto al público, necesitarás obtener una licencia de apertura.

Y si además de ser autónomo tienes trabajadores a tu cargo, debes darte de alta ante los organismos de trabajo de tu comunidad autónoma y realizar otros trámites adicionales.

Alta en Hacienda

Descubre las claves necesarias para realizar el trámite de alta como autónomo de manera rápida y sencilla.

Uno de los trámites que has de realizar antes de iniciar formalmente tu actividad es el alta en Hacienda, para lo que deberás presentar la declaración censal (modelos 036 o 037), en la que notificarás tus datos personales, la actividad a la que te vas a dedicar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar (IVA e IRPF).

Antes de comenzar tu actividad, es necesario darte de alta en Hacienda presentando la declaración censal (modelos 036 o 037).

En esta declaración debes proporcionar:

  • tus datos personales,
  • la actividad que vas a desarrollar,
  • la ubicación de tu negocio,
  • y los impuestos que tendrás que pagar, como el IVA e IRPF.

Si tienes una actividad que vas a ejercer como persona física, puedes utilizar el modelo 037 para darte de alta como trabajador autónomo.

El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036.

Si haces el trámite de tu alta empresarial online, la declaración censal se incluirá en el DUE (Declaración Única Electrónica), lo que te permitirá gestionar de manera más sencilla tu alta simultánea en Hacienda y la Seguridad Social.

A casi todos los autónomos les está permitido utilizar el modelo 037, excepto a aquellos que tienen regímenes especiales de IVA (excepto el simplificado) o que pertenecen a los sectores de la agricultura, la ganadería, la pesca o están sujetos al recargo de equivalencia.

Si cambias de domicilio o actividad deberás presentar de nuevo el modelo de declaración censal con la correspondiente modificación.

Al presentar tu declaración de actividad, tendrás que seleccionar uno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondientes a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que hayas indicado a la Seguridad Social. Estos epígrafes están detallados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 y abarcan una gran cantidad de actividades empresariales y profesionales.

En general, estarás exento del pago del IAE, a menos que factures más de un millón de euros al año. En ese caso, tendrás que presentar el modelo 840/848.

A continuación deberás de…

Darte de alta como autónomo en la Seguridad Social

Según establece la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo para las nuevas altas, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social en un plazo de 60 días antes del inicio de tu actividad, que se determina por tu alta en Hacienda. No debes preocuparte, ya que sólo empezarás a cotizar y pagar a partir de la fecha de inicio de tu actividad, que se marca con tu alta en Hacienda.

Como mencionamos anteriormente, si optas por la vía rápida del alta online, puedes acudir a Asepyme, que somos un punto PAE. En caso contrario, puedes tramitarlo online en la web de la sede electrónica de la TGSS.

La entidad gestora o mutua

Cuando te inscribas debes hacer constar la entidad gestora o mutua por la que vas a cubrir el riesgo de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

Algunas de las Mutuas que puedes elegir son:

  • UNIÓN DE MUTUAS
  • ASEPEYO
  • FREMAP
  • MUTUA UNIVERSAL
  • UMIVALE

¿Y qué pasa si constituyo una comunidad de bienes o una sociedad?

Si deseas darte de alta en una comunidad de bienes, deberás presentar una copia del contrato suscrito entre los socios comuneros.

Si, por el contrario, deseas darte de alta como socio de una sociedad, debes presentar al tramitar el alta en la TGSS escritura de constitución de la SL donde consten las participaciones que posees y/o si tienes cargo de administrador.

Bases y tipos de cotización en 2023

Se adapta al RD-ley 13/2022 por el que se establece el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos por ingresos reales.

A partir del 1 de enero de 2023, la base máxima de cotización, con independencia de los rendimientos netos obtenidos por los trabajadores por cuenta propia o autónomos, será de 4.495,50 € mensuales.

Durante el año 2023, la tabla general y la tabla reducida, y las bases máximas y mínimas  aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos, serán las siguientes:

Tramos de rendimientos netos
2023

Euros/mes
Base mínima

Euros /mes
Cuota
(RD-ley 13/2022)
Base máxima

Euros/mes
Tabla reducida. Tramo 1. < = 670 751,63 230 849,66
Tramo 2. > 670 y <=900 849,67 260 900
Tramo 3. >900 y < 1.166,70 898,69 275 1.166,70
Tabla general. Tramo 1. > = 1.166,70 y < = 1.300 950,98 291 1.300
Tramo 2. > 1.300 y <=1.500 960,78 294 1.500
Tramo 3. > 1.500 y <=1.700 960,78 294 1.700
Tramo 4. > 1.700 y <=1.850 1.013,07 310 1.850
Tramo 5. > 1.850 y <=2.030 1.029,41 315 2.030
Tramo 6. > 2.030 y <=2.330 1.045,75 320 2.330
Tramo 7. > 2.330 y <=2.760 1.078,43 330 2.760
Tramo 8. > 2.760 y < =3.190 1.143,79 350 3.190
Tramo 9. > 3.190 y <=3.620 1.209,15 370 3.620
Tramo 10. > 3.620 y <= 4.050 1.274,51 390 4.050
Tramo 11. > 4.050 y <=6.000 1.372,55 420 4.495,50
Tramo 12. > 6.000 1.633,99 500 4.495,50

 

La base de cotización de los trabajadores que a 31 de diciembre de 2022 hubiesen solicitado un cambio de su base de cotización con efectos desde enero de 2023 será la solicitada siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas anteriores, y cumpla lo establecido en el RD-ley 13/2022.

Aquellos trabajadores que hubieran solicitado la actualización automática de su base de cotización a partir de enero de 2023 será la de 31 de diciembre de 2022 incrementada en un 8,6 % siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas anteriores, y cumpla lo establecido en el RD-ley 13/2022.

Los trabajadores que no hayan ejercido ninguna de las opciones anteriores mantendrán, a partir de enero de 2023, la base de cotización por la que venían cotizando en 2022 siempre que esta sea igual o superior a la que les correspondería por aplicación de los establecido en el RD-ley 13/2022.

No podrán elegir una base de cotización mensual inferior a 1000 euros durante el año 2023, de acuerdo con lo dispuesto en la DT séptima del RD-ley 13/2022:

  • Los familiares del trabajador autónomo incluidos en el RETA al amparo del artículo 305.2.k) del TRLGSS.
  • Los autónomos incluidos en el RETA al amparo del art.305.2 b) y e) TRLGSS (autónomos societarios).
  • Los autónomos a los que se refiere la regla 5.ª del artículo 308.1.c) del TRLGSS (en estimación directa sin presentar la declaración IRPF o sin declarar ingresos).

Los trabajadores autónomos que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener durante el año 2023 dicha base de cotización.

Aunque también podrán acogerse a una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria sexta del RD-ley 13/2022.

Se mantienen los tipos de cotización por contingencias comunes, por contingencias profesionales, de protección por cese de actividad:

  • Contingencias Comunes          28,30 %
  • Contingencias Profesionales     1,30 %
  • Cese de Actividad                       0,90 %
  • Formación Profesional              0,10 % ciento

Además, existen bonificaciones adicionales en caso de ser mujer menor de 35 años u hombre menor de 30.

¿Estoy obligado a darme de alta como autónomo si mis ingresos son bajos?

Si te estás planteando si darte de alta como autónomo pero te preocupa que tus ingresos iniciales sean bajos, queremos aclarar que eso no es una razón para no darte de alta en la Seguridad Social como autónomo. La obligación de darse de alta como autónomo en la Seguridad Social se basa en la habitualidad de la actividad que realizarás por tu cuenta.

Te recomendamos leer nuestro artículo «¿He de darme de alta como autónomo si tengo pocos ingresos?», donde profundizamos en la postura de la Seguridad Social al respecto.

Tarifa plana de 80 euros para autónomos en 2023

La tarifa plana para autónomos es una opción que permite pagar una cuota mensual fija de 80 euros a la Seguridad Social en lugar de la cuota variable basada en los ingresos reales.

Esta medida ha sido muy popular desde su lanzamiento y ha ayudado a más de 1.5 millones de autónomos.

Si estás pensando en darte de alta como autónomo y cumples con los requisitos para acceder a la tarifa plana, puedes solicitarla en la Seguridad Social en el momento de registrarte como autónomo.

Sin embargo, si deseas una asistencia adicional, puedes contar con nuestra asesoría online para autónomos, la cual incluye la solicitud de la tarifa plana de forma gratuita.

Alta autónomo tarifa plana 50€

Alta autónomo online

Asepyme y otros Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) estamos certificados por el Ministerio de Economía e Industria para tramitar el alta de un nuevo autónomo en línea a través del Documento Único Electrónico (DUE).

Este documento simplifica la gestión y ahorra tiempo al permitir presentar el alta en Hacienda y la Seguridad Social online de manera conjunta y de acuerdo con los plazos establecidos por la ley.

Si deseas que Asepyme te acompañe en el proceso de alta en línea como autónomo y se encargue de toda la tramitación, no dudes en consultarnos sin compromiso.

En el caso de Asepyme la mayoría de las altas, los trámites como persona física son gratuitos.

Solicitud de la licencia de apertura en el Ayuntamiento

La licencia de apertura es un permiso del Ayuntamiento para proceder a la apertura de un local en el que se vaya a ejercer una actividad económica.

El departamento o área encargado de su tramitación es el de urbanismo.

Existen dos categorías de actividades:

  • Actividades inocuas: estas actividades no causan molestias, impacto ambiental ni riesgo para personas o propiedades.
  • Actividades calificadas: estas actividades son consideradas molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, como la hostelería, algunas actividades industriales y ciertos comercios y servicios.

Además, hay actividades exentas, como aquellas que se realizan en el hogar sin la atención al público ni molestias para los vecinos.

El precio de la licencia de apertura se determina para cada negocio. Se consideran tres aspectos:

  • La importancia comercial de la calle donde se ubica el local
  • El tamaño del espacio
  • El tipo de actividad que se realizará en él

El coste del permiso municipal para la apertura de un establecimiento depende de varios factores, como la ubicación del local, su tamaño y el tipo de actividad que se va a realizar.

En general, las actividades calificadas suelen tener un coste mayor para obtener el permiso municipal debido a que pueden ser consideradas más molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.

Es recomendable consultar con las autoridades locales para obtener información detallada sobre los permisos y licencias necesarios para la apertura de un establecimiento y sus respectivos precios.

En muchos casos, los Ayuntamientos tienen un proceso de aprobación de licencias que puede ser lento.

Por ello, es común que los negocios comiencen a operar mientras esperan la aprobación de la licencia, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos necesarios para su actividad.

Sin embargo, es importante asegurarse de cumplir con todas las normativas aplicables para evitar tener que cerrar el negocio o subsanar deficiencias detectadas, lo que podría conllevar el pago de multas.

La licencia de obras es un documento emitido por las autoridades locales que permite realizar ciertas modificaciones o construcciones en un edificio o terreno.

En el caso de la apertura de un local, es posible que sea necesario obtener una licencia de obras si se van a realizar modificaciones en el espacio, como la instalación de nuevas instalaciones o la reforma del local.

La licencia de obras es un requisito legal necesario para realizar cualquier tipo de construcción, tanto en el interior como en el exterior de un edificio.

Su finalidad es asegurar que las obras se llevan a cabo conforme a las normas y regulaciones aplicables, garantizando la seguridad de las personas y el medio ambiente.

En general, para obtener una licencia de obras es necesario presentar un proyecto técnico detallado y cumplir con ciertos requisitos técnicos y urbanísticos.

Alta ante los Organismos de Trabajo de tu Comunidad Autónoma

Comunicación de apertura del centro de trabajo

La Comunicación de apertura de centro de trabajo es un proceso legal obligatorio que deben cumplir las empresas o trabajadores independientes para notificar a las autoridades laborales acerca de la creación o apertura de un nuevo centro de trabajo.

Este proceso se realiza mediante la presentación de un formulario específico y debe ser presentado antes de iniciar cualquier actividad laboral en el nuevo centro.

La Comunicación de apertura tiene como objetivo:

  • informar a las autoridades sobre el inicio de la actividad laboral en el nuevo centro de trabajo y
  • proporcionar información sobre las características de este, como son:
    • su ubicación,
    • el número de trabajadores que van a prestar sus servicios en él,
    • el tipo de actividad que se va a realizar,
    • los servicios que se ofrecerán,
    • asi como información sobre la persona responsable del centro de trabajo y la forma de contacto con ella.

Es importante realizar esta comunicación de forma correcta y a tiempo para evitar posibles sanciones o problemas a la hora de afrontar trámites o gestiones relacionadas con el centro.

El plazo para presentar la Comunicación de apertura de centro de trabajo es de 30 días naturales a partir del inicio de la actividad laboral en el centro.

Es importante cumplir con este plazo para evitar posibles sanciones o problemas a la hora de realizar trámites o gestiones relacionadas con el centro de trabajo.

¿Prefieres que te lo resumamos en un vídeo? Pues aquí lo tienes…

Video resumen sobre como darte de alta

En nuestro canal de Asepyme en YouTube puedes acceder a cientos de videos para emprendedores, autónomos y pymes. Y entre ellos, uno en el que hacemos un breve resumen sobre como darse de alta como autónomo.

Aquí tienes el video resumido de todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres visualizarlo.

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Esperamos que este artículo sobre cómo darse de alta como autónomo te haya resultado útil y te haya proporcionado información útil sobre el proceso de alta como autónomo y los requisitos necesarios para ello.

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