Pagar el impuesto sobre sucesiones con la cuenta del fallecido

El Impuesto sobre Sucesiones es el tributo que grava las transmisiones de bienes y derechos efectuadas a través de una herencia.

En España, cada Comunidad Autónoma tiene sus propias normas reguladoras de este impuesto, por lo que no podemos encontrar con diferencias abrumadoras en cuanto a las obligaciones fiscales de los contribuyentes según, en este caso, donde haya tenido su última residencia el causante.

En este artículo vamos a abordar una cuestión que a más de uno se le habrá planteado si tiene la condición de heredero: ¿puedo utilizar el dinero de la herencia para pagar el impuesto que grava la misma? La respuesta es que sí, pero como siempre, existen ciertos requisitos a cumplir.

Asepyme, despacho de abogado en Valencia, con más de 38 años de experiencia, puede ayudarte a resolver cualquier problema sobre el impuesto sobre sucesiones con la cuenta del fallecido.

Pagar el impuesto sobre sucesiones con la cuenta del fallecido

En primer lugar, es importante conocer la legislación de cada región relativa a este impuesto (ISD), pues existen diferentes beneficios fiscales y medidas para minimizar el impacto de éste.

A modo de ejemplo, en la Comunidad Valenciana existe una reducción de 100.000 € en adquisiciones mortis causa para parientes del grupo I y II, liquidando el exceso al 1%.

Si a pesar de las exenciones y bonificaciones habidas en nuestro municipio seguimos sin poder hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones y renunciar a heredar no es una opción, aquí te explicaremos una solución muy común: pagarlo con lo propiamente heredado.

De esta manera evitamos utilizar nuestro dinero, ahorrándonos con ello el posible perjuicio económico que ello nos supondría.

Aspectos legales del impuesto sobre sucesiones

Como hemos dicho, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo directo que grava las transmisiones de bienes y derechos hechas a título lucrativo, bien sea inter vivos (donación) o mortis causa (sucesión).

Si bien es un impuesto estatal, actualmente existe delegación autonómica, es por ello que interesa conocer la normativa habida en nuestra Comunidad para comprender los requisitos y procedimientos necesarios para cumplir con esta obligación fiscal, evitando así posibles inconvenientes y sanciones futuras.

Utilización de los fondos del fallecido para el pago del impuesto

Pasos previos para el pago del impuesto y documentación necesaria

  • En un primer momento, debemos solicitar en el Registro Civil el certificado de defunción del causante. Para ello deberemos conocer nombre y apellidos, fecha y lugar de la defunción.
  • Una vez dispongamos del certificado de defunción, debemos solicitar el Certificado de Últimas Voluntades. Así, conoceremos si el causante otorgó o no testamento y, en caso afirmativo, ante qué Notario.
  • Acto seguido, y siendo esta una de las partes más complejas en la tramitación de una herencia, es requisito imprescindible realizar un inventario tanto del activo como del pasivo de los bienes y derechos a heredar. Aquí hay que establecer los valores correctos pues, de lo contrario, la Agencia Tributaria podría requerirnos en cualquier momento, incurriendo con ello en sanciones de distinta índole.
  • El paso final es confeccionar el pertinente Modelo 650 y, en caso de ser preciso, pagar la cantidad que arroje el mismo en la correspondiente entidad de crédito.

Documentación necesaria

Para llevar a cabo el pago del impuesto de sucesiones, es necesario contar con la documentación pertinente que respalde la transmisión de bienes y la condición de heredero, entre otras.

Entre los documentos que suelen solicitarse se encuentran el certificado de defunción del fallecido, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, el testamento o declaración de herederos abintestato, la escritura o documento privado en el que se recoja la manifestación y adjudicación de la herencia, libro de familia para acreditar el parentesco, certificados bancarios, entre otras. Esta documentación varía atendiendo al caso concreto.

En este punto debemos estar alerta al plazo del que disponemos, siendo el mismo de 6 meses desde el fallecimiento del causante. Si no presentamos la autoliquidación a tiempo, Hacienda nos aplicara distintos recargos a modo de sanción.

Proceso de pago del impuesto utilizando los fondos del fallecido

Una vez reunida la documentación necesaria, se procede a identificar las cuentas bancarias del fallecido que podrían utilizarse para el pago del impuesto sobre sucesiones.

Así, el Reglamento de este impuesto mantiene que las cuentas de los fallecidos se pueden usar para pagar a Hacienda. Para ello, los interesados deben acudir a la entidad de crédito correspondiente aportando toda la documentación detallada anteriormente (conociendo de antemano el precio a pagar en concepto de Impuesto de Sucesiones, el cual se recoge en el correspondiente Modelo 650) y solicitar que se les emita un cheque por el valor exacto del importe del impuesto, poniendo como beneficiarios, como es evidente, a la Agencia Tributaria.

Esta opción facilita a los herederos hacer frente a esta obligación fiscal sin tener que recurrir a sus propios recursos.

Recomendaciones para minimizar el impacto del impuesto

La planificación de la herencia es fundamental para garantizar una distribución eficiente de los bienes y reducir la carga fiscal para los herederos. Considerar la realización de donaciones en vida puede ser una estrategia efectiva para optimizar la transmisión de patrimonio.

Además, contar con el asesoramiento de profesionales especializados en materia fiscal y sucesoria puede ser de gran ayuda para diseñar una estrategia de planificación patrimonial adecuada a las necesidades y circunstancias de cada caso, evitándote de paso gestionar el procedimiento con un estado emocional complicado tras asumir una pérdida.

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