Rebajas fiscales en la Comunitat Valenciana desde junio: herencias, donaciones e ITP
Las nuevas rebajas fiscales en la Comunitat Valenciana pueden cambiar mucho el coste de heredar, donar o comprar una vivienda. Desde el 1 de junio de 2026, entran en juego medidas relevantes: bonificación del 25% en herencias y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos, reducción del ITP general del 10% al 9% y bajada del AJD del 1,5% al 1,4%.
El problema es que muchas familias tomarán decisiones patrimoniales sin revisar fechas, parentesco, escritura pública o valor del inmueble. Y ahí es donde muchos pagan de más.
En este artículo te explicamos qué cambia, a quién afecta y qué conviene revisar antes de firmar o aceptar una herencia. Si estás en esta situación, lo prudente es contactar con
abogados en Valencia.de Asepyme para calcular el impacto antes de mover el patrimonio.
Rebajas fiscales Comunitat Valenciana: qué cambia desde junio
La medida más llamativa afecta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Desde el 1 de junio de 2026, hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad podrán aplicar una bonificación del 25% en la cuota tributaria. A partir del 1 de junio de 2027, esa bonificación subirá al 50%.
Esto es importante porque hasta ahora estos familiares, incluidos en el Grupo III, tenían una fiscalidad mucho más dura que hijos, padres o cónyuges, que ya cuentan con bonificación del 99%.
También cambia la compraventa de inmuebles: el tipo general del ITP baja del 10% al 9% para adquisiciones de inmuebles desde el 1 de junio de 2026. En una vivienda de 250.000 euros, supone pasar de 25.000 a 22.500 euros: un ahorro de 2.500 euros. Eso sí, si el valor supera 1.000.000 euros, se mantiene el tipo del 11%.
¿Conviene esperar a junio para heredar, donar o comprar?
En la práctica, la fecha de devengo será clave. En herencias, normalmente cuenta la fecha de fallecimiento. En donaciones o compraventas, la fecha de firma puede marcar la diferencia.
Esto suele generar problemas porque muchas familias creen que basta con “esperar a escriturar”, pero no siempre es así.
Errores habituales:
Comprar antes de junio sin calcular el ahorro de ITP.
Donar dinero o inmuebles entre hermanos sin escritura pública.
Aceptar una herencia sin valorar si conviene adjudicar bienes de otra forma.
No revisar plusvalía municipal, IRPF del donante o conflictos entre herederos.
En donaciones, además, para aplicar la bonificación será necesario formalizar la operación en escritura pública o hacerlo dentro del plazo de declaración del impuesto.
¿Qué ocurre si no actúas? Puedes perder una bonificación del 25%, pagar miles de euros de más o provocar una revisión de Hacienda si el valor declarado no encaja con el valor de referencia. En Asepyme vemos esto constantemente: la factura fiscal no depende solo del impuesto autonómico, sino de cómo se documenta toda la operación.

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