Días de cortesía a la AEAT

¿Sabes que se considera “días de Cortesía para la AEAT”?

Durante el periodo vacacional no pasarás inadvertido para la Agencia Tributaria ya que esta no descansa, por ello te queremos recordar que tienes unos días de cortesía durante el año donde Hacienda no podrá notificarte.

Si no quieres llevarte ningún disgusto inesperado, presta atención al siguiente artículo.

Días de cortesía a la AEATEmpezemos por las…

Notificaciones Electrónicas de Hacienda

Queremos recordarte que Hacienda te puede notificar durante todo el periodo de verano, ya sea por correo ordinario mediante carta certificada tanto para personas físicas o bien a través del Buzón de notificaciones Electrónicas de la AEAT cuando se trate de:

  • Las personas jurídicas (SL, SLU, SRL, SA, etc.).
  • Las entidades sin personalidad jurídica.

Por lo tanto, según el medio que use la Agencia tributaria se abrirán diversas posibilidades para ti o tu empresa como contribuyente.

Atención: Los obligados tributarios que estén incluidos en el sistema DEH sólo podrán señalar por Internet determinados días de cortesía, donde la Administración Tributaria no podrá notificarte en dicha dirección.

Pasemos a la notificación electrónica…

¿Cómo se realiza la comunicación o notificación electrónica?

Si tienes una sociedad, estarás recibiendo las notificaciones de Hacienda de forma electrónica. Por lo tanto es fundamental que recuerdes lo siguiente:

  • Las notificaciones se entienden realizadas cuando se accede a ellas desde el bufón electrónico de la sociedad, o bien transcurridos 10 días desde que llegan al bufón y no han sido abiertas.
  • Perfectamente te pueden notificar durante el mes de Agosto, y a la vuelta de vacaciones no puedes recurrir por transcurrir el plazo.

Si quieres evitar este tipo de complicaciones, te recomendamos unas pautas a seguir.

¿Cómo puedo evitar que me notifiquen en un plazo determinado?

Recuerda que tienes la opción de elegir hasta 30 días naturales al año (días de cortesía), consecutivos o no, y durante ese periodo Hacienda no podrá notificarte en tu bufón electrónico.

Expongamos un ejemplo para entenderlo mejor:

Si tu empresa cierra en Agosto e inicia el plazo de cortesía el 1 de Agosto y lo finaliza el 23 del mismo mes y te notifican el 24 de Agosto dispones de diez días para atender la notificación.

Por lo que si te notifican el 24 de Agosto todavía estarás a tiempo de acceder a ella, sin perder ningún día para contestarla cuando regreses a principios de septiembre.

De este modo te quedan algunos días de cortesía que podrás repartir durante el resto del año.

No olvides que debes solicitarlo al menos siete días antes del primer día seleccionado.

Por lo tanto, si quieres seleccionar los días de cortesía deberás acceder obligatoriamente a la Sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria .

Desde Asepyme te podemos ayudar para cualquier duda sobre los días de cortesía de la AEAT y cómo seleccionarlos con el mejor criterio posible para evitar posibles sanciones y que puedas recurrir a tiempo.

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