Dietas y gastos de locomoción exentos en el IRPF 2021
Contenido
Las dietas y gastos de locomoción exentos en la renta no son siempre los que uno se imagina.
- ¿Sabes si las dietas que percibes de tu empresa están o no exentas?
- ¿Y los gastos que percibes para atender tus desplazamientos?
A continuación vamos a hablar de cada uno de ellos, detallando cuando se consideran exentos y no tienes que declararlos y cuando no lo están y sí debes declararlos.
Si deseas despreocuparte y evitar sanciones por haber declarado gastos que en realidad no estaban exentos, deja que desde asepyme analicemos tu caso. ¡Ponte en contacto con nosotros! Se excluyen como rendimientos de trabajo, y por ello, no se incluyen en el gravamen, por lo que no hay que declarar, “las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos normales de manutención y estancia en restaurantes, hoteles y demás establecimientos de hostelería, devengadas por gastos en municipio distinto del lugar del trabajo habitual del perceptor y del que constituya su residencia” No obstante, se incluyen como rendimientos, por lo que hay que declararlas, cuando el período de estancia sea continuado y superior a nueve meses en un mismo municipio. A continuación, te adjuntamos un cuadro resumen de las asignaciones exentas que hace el Reglamento para este tipo de gasto: Los cheques restaurante (también llamados vales-comida, tickets restaurante, cheques gourmet etc.) tiene la ventaja fiscal de no pagar impuestos para el trabajador, siempre que cumplan determinados requisitos. Este régimen es extensivo para: “los gastos de locomoción, manutención y estancia que perciban los trabajadores contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes, siempre que aquellas asignaciones correspondan a desplazamientos a municipio distinto del que constituya la residencia habitual del trabajador”. Es aquélla que para realizar su actividad requiere un desplazamiento necesario de los trabajadores al lugar donde se lleve a cabo la actividad. Dispone la letra B del artículo 9 del RIRPF que cuando los gastos no sean resarcidos a los trabajadores en una relación laboral especial de carácter dependiente, les serán entregadas las siguientes cantidades: Se excluyen de gravamen, “las cantidades que se abonen al contribuyente con motivo del traslado de puesto de trabajo a municipio distinto”. Se requiere, además: Están exentas de gravamen, “las cantidades percibidas por los candidatos a jurado y por los jurados titulares y suplentes como consecuencia del cumplimiento de sus funciones (…) así como las percibidas por los miembros de las Mesas Electorales”. Fuente: ¡Por cierto! ¡No te pierdas las últimas novedades en cuanto a legislación, subvenciones, ayudas, noticias y análisis de empresas cotizadas! Suscríbete a nuestra newsletter gratuita para estar siempre informado. Si necesitas orientación en relación con el tratamiento fiscal de las dietas y gastos locomoción exentos en la renta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros 📞. Desde nuestra asesoría fiscal en Valencia, proporcionamos servicios a nivel nacional y online, apoyándote en la maximización de tus beneficios 🌐.
2. Gastos de manutención y estancia exentos en el IRPF
3. Gastos de locomoción, manutención y estancia en los supuestos de centros de trabajos móviles o itinerantes
¿Qué es una empresa móvil o itinerante?
Reglas especiales en las dietas y gastos de viaje exentos
Relaciones laborales especiales de carácter dependiente:
Traslado del puesto de trabajo a un municipio distinto:
Cantidades percibidas por ser jurado, candidato a jurado y miembro de mesa electoral:
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