Novedades tarifa plana autónomos

¿Conoces las novedades de la tarifa plana de autónomos para este año?

Estas son las novedades previstas para la Tarifa Plana tras la aprobación de la nueva Ley de Autónomos

Ya avanzábamos en otro artículo, de las medidas más importantes previstas en los Presupuestos Generales del Estado que afectarían de manera directa a los trabajadores autónomos y del RDL 28/2018.

 

El Real Decreto-ley 28/2018, de fecha 29 de diciembre, contiene importes medidas que afectan a los autónomos. Entre ellas está la nueva tarifa plana.

  • Durante los primeros 12 meses: si se cotiza por base mínima, 60 euros; si se cotiza por encima de base mínima, se reduce la cuota por contingencia común un 80%.
  • A partir del mes 13 al 24: se aplican reducciones sobre la cuota que correspondería.

Por lo que en este post donde hablamos de la tarifa plana de 50 €/mes a partir del 2019 es de 60 €/mes.

En este post vamos a detallar como funciona la tarifa plana para autónomo desde el 1 de enero de 2018.

Novedades tarifa plana autónomos 2020

Tarifa plana autónomos

Desde que se puso en marcha, la ampliación de la tarifa plana para los autónomos y emprendedores es la reforma con más éxito dentro de todas las aprobadas en la nueva Ley de Medidas Urgentes del Trabajador Autónomo.

Esta reducción de las cuotas de las Seguridad Social responde a una de las peticiones más importantes de los autónomos y emprendedores.

No obstante, la tarifa plana tiene importantes modificaciones desde la entrada en vigor de la Ley, en el 2018.

Ampliación tarifa plana autónomos de 6 meses a 1 año

El primer cambio y más importante fué la duración.

La anterior regulación estipulaba una duración de 6 meses. Ahora se establece una duración de 1 año en el cual el autónomo tendrá que abonar 50 euros mensuales.

No obstante, se aplican otras bonificaciones a los siguientes periodos:

  • 50% de reducción sobre la base de cotización en las 6 siguientes mensualidades después del primer año.
  • 30% de reducción sobre la base de cotización los siguientes 3 meses.
  • 30% de bonificación sobre la base de cotización los siguientes 3 meses.

Te ponemos un pequeño ejemplo:

Trabajador que cotiza por la base mínima prevista.

  • Pagará 50 € al mes el primer año (actualmente 60€).
  • Sobre unos 140 € los siguientes 6 meses.
  • Y 190 € los siguientes 6 meses.

Novedades tarifa plana autónomos 2018

Cambios en los requisitos de acceso a la tarifa plana

La otra gran novedad se encuentra en los requisitos de acceso a la tarifa plana.

Con la anterior regulación se establecía que podrían acceder a la tarifa aquellos autónomos de nueva incorporación y los autónomos que no hubiesen estado dados de alta en los 5 años anteriores al inicio de la actividad.

El cambio supone que, ahora los nuevos autónomos y los autónomos que no hubiesen estado dados de alta en los 2 años anteriores al inicio de la actividad, podrán aplicarse la tarifa plana.

Requisitos para acceder a la tarifa plana de 50 euros (actualmente 60€)

En concreto los requisitos para el acceso a la bonificación son los siguientes:

  1. No haber sido autónomo: en este sentido se aplicara a los autónomos de nueva incorporación y aquellos que no hubieran estado de alta en los 2 años anteriores.
  2. No ser administrador de una sociedad: aquellos autónomos que administran una sociedad no pueden acogerse a esta medida.
  3. Estar al corriente de pago con todas sus obligaciones con la Seguridad Social o Hacienda.

Autónomos colaboradores y tarifa plana

En el caso de los autónomos colaboradores, la nueva ley contempla la reducción durante doce meses del 50% de las cuotas a pagar, si se cumplen una serie de requisitos.

Autónomos con pluriactividad

En los casos de pluriactividad si se tiene un contrato por cuenta ajena a jornada completa, se establece una reducción, durante 18 meses, del 50%. Y en los 18 meses posteriores esta deducción se rebajará al 25%.

Importante: Esta bonificación será incompatible con cualquier otra, como por ejemplo la tarifa plana. Aunque si se tiene derecho a ella el autónomo podrá elegir cual prefiere.

asesoramiento para mi proyectoTarifa plana autónomos societarios

En la Ley de Emprendedores que se aprobó en el 2013 se introdujeron medidas fiscales con el objetivo de impulsar la iniciativa emprendedora.

Entre estas medidas se incluyó la tarifa plana de 50 euros para autónomos, pero no menciona a los “autónomos societarios”.

Esta omisión hace que la Seguridad Social lo interprete de tal forma que excluye a los autónomos societarios de estos incentivos.

Aunque el Tribunal de Justicia de Galicia a través de dos sentencias 327/2015 y 211/2015 falló a favor de la Confederación de Empresarios. Aquí reconoció el derecho de los autónomos societarios de disfrutar de las bonificaciones respecto a la tarifa plana.

Estas sentencias podrían haber sentado jurisprudencia, de tal forma que los autónomos societarios pudiesen, beneficiarse de la bonificación de los 50 euros.

¡Desgraciadamente la Seguridad Social hace caso omiso y sigue sin admitir que los autónomos societarios se apliquen la bonificación!

Habrá que esperar a ver si la Seguridad Social cambia el criterio y si se puede, aplicar dichas reducciones con efectos retroactivos.

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