Rebajas fiscales en la Comunitat Valenciana desde junio: herencias, donaciones e ITP

Las nuevas rebajas fiscales en la Comunitat Valenciana pueden cambiar mucho el coste de heredar, donar o comprar una vivienda. Desde el 1 de junio de 2026, entran en juego medidas relevantes: bonificación del 25% en herencias y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos, reducción del ITP general del 10% al 9% y bajada del AJD del 1,5% al 1,4%.
El problema es que muchas familias tomarán decisiones patrimoniales sin revisar fechas, parentesco, escritura pública o valor del inmueble. Y ahí es donde muchos pagan de más.
En este artículo te explicamos qué cambia, a quién afecta y qué conviene revisar antes de firmar o aceptar una herencia. Si estás en esta situación, lo prudente es contactar con abogados en Valencia.de Asepyme para calcular el impacto antes de mover el patrimonio.
Rebajas fiscales Comunitat Valenciana

Rebajas fiscales Comunitat Valenciana: qué cambia desde junio

La medida más llamativa afecta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Desde el 1 de junio de 2026, hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad podrán aplicar una bonificación del 25% en la cuota tributaria. A partir del 1 de junio de 2027, esa bonificación subirá al 50%.
Esto es importante porque hasta ahora estos familiares, incluidos en el Grupo III, tenían una fiscalidad mucho más dura que hijos, padres o cónyuges, que ya cuentan con bonificación del 99%.
También cambia la compraventa de inmuebles: el tipo general del ITP baja del 10% al 9% para adquisiciones de inmuebles desde el 1 de junio de 2026. En una vivienda de 250.000 euros, supone pasar de 25.000 a 22.500 euros: un ahorro de 2.500 euros. Eso sí, si el valor supera 1.000.000 euros, se mantiene el tipo del 11%.

¿Conviene esperar a junio para heredar, donar o comprar?

En la práctica, la fecha de devengo será clave. En herencias, normalmente cuenta la fecha de fallecimiento. En donaciones o compraventas, la fecha de firma puede marcar la diferencia.
Esto suele generar problemas porque muchas familias creen que basta con “esperar a escriturar”, pero no siempre es así.
Errores habituales:
Comprar antes de junio sin calcular el ahorro de ITP.
Donar dinero o inmuebles entre hermanos sin escritura pública.
Aceptar una herencia sin valorar si conviene adjudicar bienes de otra forma.
No revisar plusvalía municipal, IRPF del donante o conflictos entre herederos.
En donaciones, además, para aplicar la bonificación será necesario formalizar la operación en escritura pública o hacerlo dentro del plazo de declaración del impuesto.
¿Qué ocurre si no actúas? Puedes perder una bonificación del 25%, pagar miles de euros de más o provocar una revisión de Hacienda si el valor declarado no encaja con el valor de referencia. En Asepyme vemos esto constantemente: la factura fiscal no depende solo del impuesto autonómico, sino de cómo se documenta toda la operación.

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