EL REGISTRO DE JORNADA DIARIA Y SU OBLIGATORIEDAD

En este artículo vamos hablar sobre el registro de jornada diaria del trabajador  y su obligatoriedad. 

Todas las empresas deben contar con un registro diario de jornada. Este registro debe existir en todo caso, con independencia del volumen de la empresa y del número de trabajadores, así como de la actividad.

Registro de jornada diaria

¿Qué es un registro diario de jornadas?

Como su nombre indica, se trata de un registro en el que recoge la jornada laboral de cada trabajador.

El registro se puede llevar a cabo a través de un sistema mecánico o de un sistema manual.

En cuanto a su estructura, contiene individualmente a cada trabajador y la jornada que el mismo realizada cada día.

¿Es obligatorio contar con el registro de jornada diaria?

La respuesta la encontramos en recientes sentencias, especialmente, en la Sentencia de 4 de diciembre de 2015 de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y en la Sentencia del mismo órgano del 19 de febrero de 2016.

Aunque de una primera lectura del artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET): “a efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día”; puede entenderse que el registro es únicamente necesario para las horas extras, y no de manera general.

Así, se entendía que únicamente era necesario el control en el supuesto de horas extras, sino no parecía necesario. Y de esta manera lo entendían los tribunales.

Sin embargo, la Audiencia Nacional ha roto con dicho criterio, entendiendo que no cabe una interpretación restrictiva basándose en el hecho de que existan horas extras o no. Porque para saber si se han hecho horas extraordinarias o no, dispone la Audiencia, será necesario que el control exista; ya que no se podrá saber si se efectúan horas extras o no si no existe un control o un cómputo previo de las horas.

Entonces, rompe con el criterio anterior y evita que los trabajadores queden indefensos, en el sentido de que tengan mayores facilidades para demostrar si efectúan o no horas extras.

Por ello, entiende la Audiencia que todas las empresas han de realizar el registro, si no lo hacen incumplen la ley.

¿Qué ventajas tiene?

A raíz del registro, se produce un doble control.

  1. Por una parte, los trabajadores tienen este medio de prueba para demostrar que llevan a cabo dichas horas extras o no, porque la empresa tiene el deber de entregarlos mensualmente.
  2. De otra, los representantes de los trabajadores también tienen derecho a recibir copia de los registros.

¿Se controla en tu empresa?

Tanto si eres trabajador, como si eres empresario; debes tener en cuenta este cambio de criterio que ha llevado a cabo la Audiencia.

Ya que se ha hecho extensivo, es decir, afecta a todos los trabajadores, a todas las empresas, con independencia del volumen de trabajo y del tipo de actividad.

Por ello, si tenéis alguna duda al respecto o necesitáis cualquier ayuda para llevar a cabo dicho control o registro, tanto como trabajadores como empresarios, poneros en contacto con nosotros.

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¡Por cierto!

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