Estas son las nuevas retenciones del IRPF en alquiler, autónomos, profesionales, administradores y trabajadores en 2024

¿Estás cansado de pagar altas tasas de retención del IRPF en el alquiler, como autónomo, profesional, administrador o trabajador?

¡Atención! En 2023, las retenciones del IRPF han sufrido algunos cambios significativos. En este artículo, te mostraremos cómo estas nueva regulación pueden afectarte.

¡Sigue leyendo para descubrir qué retenciones debes aplicar en 2024!

Retenciones

En muchos casos, las retenciones del IRPF son obligatorias en transacciones, como es el caso de las retenciones en una factura de alquiler de un local o industrial. Sin embargo, en otros casos, como en el de las donaciones, no se aplican retenciones ya que las donaciones tributan en renta en la mayoría de los casos por parte del donante. Es importante tener en cuenta que no todas las transacciones están sujetas a retenciones y es importante estar al tanto de las regulaciones fiscales para asegurarse que se están cumpliendo correctamente.

¿Qué tipo de retención has de aplicar en 2024?

Prácticamente todos los tipos de retenciones aplicables en 2024 son idénticos a los del año pasado. No obstante, si las circunstancias personales o salariales han registrado algún tipo de cambio, las retenciones que se practican en las  nóminas de los trabajadores pueden subir o bajar.

Por lo que las retenciones de alquiler, autónomos, profesionales, administradores e irpf coinciden en su mayoría con las del ejercicio anterior.

Ta vez te preguntes…

¿Qué son las retenciones?

Hacienda define las retenciones como las cantidades que por estar así establecido en la ley, se le detraen al contribuyente por el pagador de determinadas rentas.

El objeto no es otro que el de que esas cantidades descontadas ingresarlas en Hacienda en concepto de  anticipo de la cuota del Impuesto que el contribuyente debe de pagar, IRPF o IS.

Por lo que, nuestra recomendación si eres tu el pagador, es que compruebes que las facturas recibidas tengan la retención correcta aplicable.

Novedad: Los tipos de retenciones son idénticos a los vigentes en el ejercicio 2021. La principal excepción del 2023 ha sido las retenciones de la propiedad intelectual que se han reducido.

O tal vez si eres el pagador, te preguntes…

¿Qué son los ingresos a cuenta?

Los ingresos a cuenta son los importes que se ingresan en Hacienda por el pagador de determinadas rentas.

Estos ingresos a cuenta son un anticipo de la cuota del Impuesto (IRPF o IS) que ha de pagar el perceptor de las mismas.

Hagamos un poco de historia sobre las retenciones y pagos a cuenta…

Un antes y un después de las retenciones

Desde el 12 de julio hasta el 31 de diciembre del 2015 se modificaron algunos tipos fijos de retención:

  • las que se aplican a los rendimientos del capital mobiliario, 19,5%,
  • rendimientos del capital inmobiliario, 19,5%,
  • los rendimientos de actividades profesionales, 15% en general, o
  • rendimientos del trabajo de cursos y conferencias, también 15%.

A partir del 1 de enero de 2016, se estableció en el 19% el porcentaje de retención aplicable sobre:

  • los rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos…)
  • los rendimientos del capital inmobiliario (arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos) del IRPF,
  • así como sobre las ganancias patrimoniales.

El tipo de retención para administradores y miembros del consejo de administración se fijó en el 35%. No obstante, este tipo se redujo al 19% cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000€.

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La retenciones del ejercicio 2010 al 2019 sufrieron bastantes cambio, pero en este artículo nos vamos a centrar en las del 2024.

¿Comenzamos?

Video resumen sobre las retenciones

En nuestro canal de youtube puedes acceder a cientos de videos para emprendedores, autónomos y pymes. Y entre ellos, uno en el que hacemos un breve resumen sobre los diferentes tipos de retenciones.

Aquí tienes un video resumido de todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres visualizarlo.

IRPF – Retenciones trabajadores 2024

•   Retención sobre los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, coloquios, conferencias, seminarios y similares: 15%

•   Para el el cálculo del resto de rendimientos del trabajo personal se utiliza un algoritmo, y dada su complejidad a continuación tienes un enlace que te facilitará el cálculo.

Retenciones trabajadores IRPF

Retenciones Administradores 2024

Las retenciones aplicables a Consejeros y Administradores en 2022 vienen reguladas en los artículso 101.2 LIRPF y 80.1.3º del RIRPF, y son:

•   Retenciones sobre los rendimientos del trabajo percibidos por Consejeros y Administradores: 35%. Aplicable a las retenciones por entidades cuyo importe neto cifra negocios último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido superior a los 100.000 euros.

•   Retenciones sobre los rendimientos del trabajo percibidos por Consejeros y Administradores: 19%. Aplicable a las retenciones por entidades cuyo importe neto cifra negocios último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos haya sido haya sido inferior a los 100.000 euros.

Advertencia: Ojo con los autónomos societarios, ya que no todos pueden tener nómina. Para tener nómina en una sociedad se deben de cumplir una serie de requisitos y no todos los socios de sociedades las cumplen. Ver más sobre cómo debe ser la nómina de los autónomos que son socios.

Retenciones profesionales autónomos y no autónomos 2024

La retenciones por la realización de actividades profesionales vienen reguladas en el artículo 101.5.a) LIRPF.

•    Retenciones sobre los rendimientos de actividades profesionales en general: 15%

Aclaración: Si quieres saber más sobre la tributación de los socios profesionales, lee nuestro artículo sobre tributación de socios profesionales. En él te aclaramos en que casos se tributa el 15% y cuando se aplican las tablas de retenciones del IRPF.

•   Retenciones sobre los rendimientos de actividades profesionales percibidos por contribuyentes que hayan iniciado sus actividades profesionales: 7%.

Siempre que en el año anterior no se hubiera llevado a cabo ninguna actividad profesional.

Este tipo del 7% es aplicable al año de inicio y los dos siguientes.

•    Retenciones sobre los rendimientos de actividades de recaudadores municipales, mediadores de seguros que utilicen los servicios de auxiliares externos y delegados comerciales de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado: 7%.

Desde el pasado 26 de enero de 2024, tienen la obligación de aplicar también el 7% quienes desarrollen actividades incluidas en los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), según establece la Agencia Tributaria:

  • 851: alquiler de maquinaria y equipo agrícola.
  • 852: alquiler de maquinaria y equipo para la construcción.
  • 853: alquiler de maquinaria y equipo contable de oficina y cálculo electrónico.
  • 861: pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares.
  • 862: alquiler de bienes inmuebles de naturaleza rústica.
  • 864: escritores y guionistas.
  • 869: otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales.

Retención por impartir cursos, conferencias y seminarios

•   El tipo de retención aplicable por impartir cursos, conferencias y seminarios viene regulado en los artículos 80.1.4º RIRPF y 101.3 LIRPF, y el tipo es del 15%.

Retenciones Capital Mobiliario y Ganancias Patrimoniales 2024

•   Retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario, ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva, de aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos y premios: 19%.

•   Retenciones sobre los premios de juegos, concursos, rifas… sujetos a retención, distintos de los sujetos a GELA: 19%.

No confundir estos premios con los de Loterias y Apuestas del Estado, Comunidades Autónomas, la Cruz Roja y la ONCE, a los que se les practican una retención del 20%, con un mínimo exento.

Retenciones Arrendamientos 2024

  • Sobre los rendimientos derivados de arrendamientos y subarrendamientos de bienes inmuebles urbanos: 19%.
  • Retenciones sobre los rendimientos derivados de la propiedad intelectual e industrial, asistencia técnica: 19%.
  • Y las rsobre los arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas: 19%.

Retenciones trabajadores desplazados 2024

•   Retenciones sobre los rendimientos del trabajo percibidos por los trabajadores desplazados a territorio español que apliquen el régimen especial de tributación del artículo 93 de la Ley del IRPF (“impatriados”):

Hasta 600.000 euros: 24%
Desde 600.000,01 euros en adelante (retribuciones satisfechas por un mismo pagador): 47%

Retenciones Préstamos 2024

•    Retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios derivados de la disposición anticipada del capital invertido en un Plan de Ahorro a Largo Plazo (PALP) o de la superación del límite de inversión máximo anual de 5.000 euros en dichos instrumentos de ahorro: 19%.

Retenciones Derechos de Imagen 2024

•   Retenciones sobre los rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen (art. 101.10 LIRPF) siempre que no sean en el desarrollo de una actividad económica: 24%

Retenciones actividades agrícolas, ganaderas y forestales 2024

•   Retención aplicable sobre los ingresos procedentes de actividades agrícolas, ganaderas (art. 95.4 RIRPF) y forestales (art. 95.5 RIRPF): 2%.

Retenciones sobre determinadas actividades empresariales en Estimación Objetiva 2024

•   Retención aplicable sobre determinadas actividades empresariales en Estimación Objetiva (art. 95.6 RIRPF): 1%.

Tabla retenciones 2022 alquileres, profesionales, autonomos, PYMEs y Sociedades

Recuerda que la mayor parte de retenciones aplicables en 2021 se mantienen en 2023

Impuesto sobre Sociedades – Retenciones 2024

Durante el ejercicio 2021 el tipo de retención o ingreso a cuenta  de carácter general será del 19%.

Impuesto sobre la Renta de No Residentes – Retenciones 2024

Desde el 1 de enero de 2022, el tipo de retención o ingreso a cuenta  de carácter general es del 19%.

La declaración de los no residentes tendrá un tipo impositivo entre el 19% y el 24%, de acuerdo al tipo de ingresos y país donde resida.

Podcast sobre los tipos de retención a aplicar en 2024

En nuestro canal de Ivoox puedes acceder a cientos de audios para autónomos, pymes y emprendedores.

Aquí tienes en un audio resumido todo lo relacionado con el artículo de hoy, por si quieres escucharlo.

¡Por cierto!

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