Todas las consecuencias al aceptar una herencia

Puede ser que hayas sido nombrado heredero, pero no sabes bien las consecuencias que tiene aceptar una herencia.

Es muy importante que estés bien informado, pues de no estarlo podrías acabar respondiendo con tus propios bienes de las deudas que tuviese el fallecido.

Por eso te voy a explicar ahora todo lo que necesitas saber a la hora de aceptar una herencia y las consecuencias derivadas de ello.

Todas las consecuencias al aceptar una herencia

¿Qué es aceptar una herencia?

Si eres nombrado heredero, podrás optar entre aceptar o bien repudiar la herencia.

Aceptar una herencia es el acto por el que manifiesta, una persona que ha sido llamada a la herencia, su voluntad de aceptar la herencia.

Este acto es un negocio jurídico unilateral, y el acto ha de ser voluntario y libre.

Cuando aceptas una herencia adquieres la condición de heredero y por ende entras a tener derecho de una parte del patrimonio hereditario.

Pero, sin embargo, no serás aún el titular de ningún bien concreto de los que conforman el caudal hereditario.

Muchas veces surgen dudas sobre la diferencia entre aceptar una herencia y la partición de la herencia.

Pero debes saber que, en primer lugar, para la partición de la herencia los herederos deben aceptar esta previamente.

En segundo lugar, se procederá a repartir los bienes del caudal hereditario entre los herederos que hayan aceptado, convirtiéndose en propietarios.

La partición requiere que intervengan todos los herederos, no como sucede al aceptar una herencia.

Aceptar una herencia se caracteriza de un conjunto de elementos que te voy a contar a continuación…

 ¿Qué elementos intervienen a la hora de aceptar la herencia?

En primer lugar, es importante conocer que los efectos de aceptar una herencia siempre se retrotraen al momento en el que ha fallecido el causante.

Por tanto, habrás de asegurarse que la persona de la que vas a heredar ha muerto.

Además, no podrás aceptar una herencia en parte, ni a plazo ni de forma condicional.

Debes saber en ultimo lugar que, una vez que aceptas la herencia es irrevocable.

Solo podrá ser impugnada la aceptación cuando exista algún vicio que anule el consentimiento o cuando aparezca un testamento cuya existencia se desconocía.

Otro de los elementos que nos suele preocupar es el plazo y los impuestos, si estas interesado en saber mas sobre ello te dejo nuestro articulo El plazo para aceptar una herencia y liquidar los impuestos para que lo puedas leer.

Quizás te estas preguntando …

¿Cómo se acepta una herencia?

Si optas por aceptar una herencia, podrás aceptarla de dos formas, bien pura y simplemente o bien aceptarla a beneficio de inventario.

El artículo 998 del Código Civil establece lo siguiente:

“La herencia podrá ser aceptada pura y simplemente o a beneficio de inventario.”

Como te venia diciendo, te voy a contar mas detalladamente la aceptación pura y simple…

Aceptación pura y simple

Si optas por la aceptación pura y simple debes saber que sus efectos son ilimitados.

De manera que, se aceptan tanto los bienes como las deudas y responsabilidades del causante.

Por tanto, el heredero responde de todas las deudas que tuviese el causante con los bienes que ha heredado y con sus propios bienes.

Artículo 1003 del Código Civil:

“Por la aceptación pura y simple, o sin beneficio de inventario, quedará el heredero responsable de todas las cargas de la herencia, no sólo con los bienes de ésta, sino también con los suyos propios.”

Al aceptar una herencia de manera pura y simple, la aceptación podrá ser expresa o tácita.

  • La aceptación expresa es la aceptación que se hace en documento publico o privado. Se exige por tanto que la aceptación se realice de forma escrita.
  • La aceptación tacita se manifiesta a través de los actos que suponen de manera necesaria la voluntad de aceptar o por actos que si no fuera a titulo de heredero no se podrían hacer.

A continuación, te explico que consecuencias tiene aceptar una herencia a beneficio de inventario…

Aceptación a beneficio de inventario

Aceptar una herencia a beneficio de inventario tiene efectos limitados.

El heredero va a responder de las deudas del causante (fallecido) únicamente hasta donde alcance el patrimonio que ha heredado.

Artículo 1023 del Código Civil:

El beneficio de inventario produce en favor del heredero los efectos siguientes:

1.º El heredero no queda obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de la misma.

2.º Conserva contra el caudal hereditario todos los derechos y acciones que tuviera contra el difunto.

3.º No se confunden para ningún efecto, en daño del heredero, sus bienes particulares con los que pertenezcan a la herencia.

Además, podrá aceptar una herencia a beneficio de inventario el heredero, aunque se lo haya prohibido el causante.

Será obligatorio que la declaración de aceptar una herencia a beneficio de inventario se haga ante notario.

Para producir efectos, además deberá realizarse un inventario exacto y fiel de todos los bienes que conforman la herencia, con las formalidades y plazo que se establezcan.

Y tal vez te preguntes si pueden todas las personas aceptar una herencia o en que caso no pueden. Voy a intentar aclarártelo a continuación.

¿Quién puede aceptar una herencia?

Es necesario que el heredero para poder aceptar una herencia tenga libre disposición de sus bienes, por tanto, el heredero debe tener una plena capacidad de obrar.

Si carece de capacidad de obrar el heredero, deberá ser su representante legal quien acepte en su nombre.

Si son menores los herederos, quienes ostenten la patria potestad aceptaran a beneficio de inventario. Será necesaria autorización judicial para la aceptación pura y simple.

Tal vez te surja la duda de las consecuencias que tiene aceptar una herencia…

¿Cuáles son las consecuencias de aceptar una herencia?

Al aceptar una herencia te conviertes en heredero, de manera que vas a suceder al causante en todos sus bienes, derechos y obligaciones.

Recordemos que si a la hora de aceptar una herencia, si el heredero acepta a beneficio de inventario solo responde de las deudas y cargas hasta donde alcance los bienes de la herencia.

Los efectos que tiene aceptar una herencia se retrotraen al momento en que fallece el causante, de manera que la aceptación se entenderá realizada en la fecha en la que fallece.

Y tal vez pienses que pasa en el supuesto de que alguno de los herederos no acepte ni renuncie a la herencia.

¿Qué sucede si el heredero no acepta ni renuncia a la herencia?

Como te he explicado antes, es necesario que los herederos acepten o renuncien a la herencia para poder repartir los bienes de la herencia.

Por tanto, puede pasar que un heredero no manifieste su voluntad y por tanto no acepte ni renuncie a la herencia.

Esto impediría que se llevase a cabo la partición de los bienes heredados por el resto de los coherederos.

Por ello, pasados 9 días desde que el causante falleció, podrá cualquier interesado requerir notarialmente al heredero que no muestra su voluntad, para que acepte o bien renuncie a la herencia en un corto plazo.

El Notario le comunicará al heredero que dispone de 30 días naturales para manifestar su voluntad, es decir para que acepte o renuncie. Esto lo explicamos con detalle en uno de nuestros artículos donde definimos la interpelación notarial.

Además, también le indicará el Notario, que en el caso de que en ese plazo no manifieste su voluntad, se entenderá la herencia aceptada pura y simplemente.

Encontramos esta solución en el articulo 1005 del Código Civil:

“Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente.”

Espero haberte resuelto tus dudas sobre aceptar una herencia por si has sido o vas a ser nombrado heredero para que puedas evitar riesgos.

Si sigues albergando alguna duda mas, puedes ponerte en contacto con nuestros Abogados y Asesores Expertos en Herencias, quienes estaremos encantados de atenderte.

¡Por cierto!

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