Impuestos Youtuber e Instagramer

¿Tienes claros los impuestos que paga un Youtuber, Instagramer o Influencer en general?

Si eres alguien que te estas dedicando a actividades como son la de youtuber o instagramer, en este post voy a intentar aclararte estas dudas.

[yasr_overall_rating]

Tributación e impuestos influencer youtuber instagramer

Estamos en un mundo de cambios, y como no de cambios en profesiones.

Hay que vivir el cambio, ser protagonista del mismo. Los espectadores del cambio no van a disfrutar igual que los que nos reinventamos.

Estamos viviendo un gran cambio, pero la velocidad protagonizada por la sociedad es lo que lo hace no tan reversible.

Fíjate la velocidad en la que penetran en la sociedad las diferentes tecnologías…

  • El teléfono fijo tardó 75 años en alcanzar 100 M usuarios
  • El teléfono móvil 16 años
  • Internet 7 años
  • Whatsapp 4 años
  • Instagram 2 años
  • Candy crush 14 meses

La velocidad con la que penetra una tecnología es lo que protagoniza el cambio.

Pero lo preocupante es que a esa misma velocidad se están agotando los recursos naturales.

  • En el año 1960 en 1 año la sociedad consumía 2/3 de los recursos de ese año.
  • En al año 2013 en octubre se habían agotado ya las reservas
  • Y en el año 2018 en agosto ya se habían agotado las reservas

Venimos de un modelo de producir, usar y tirar, y esto es insostenible, acabamos con el planeta. Ha llegado el momento de reutilizar por necesidad de sostener el modelo. Y ha llegado el momento de reinventarse profesiones, y ahí es donde nacen nuevas profesiones adaptadas a los nuevos cambios tecnológicos sostenibles.

Dentro de estas profesiones tenemos los infuencers (Youtubers e Instagramers).

El problema es que muchos de los que ejercen estas nuevas profesiones, no conocen entre otras:

  • La actividad en la que deben darse de alta
  • Sus obligaciones fiscales
  • Si tiene que pagar IVA, IRPF o IS entre otros impuestos

Y en esto es en lo que vamos a centrarnos hoy.

Antes de hablar de este tema tan actual lo que deberíamos de definir es lo que es un influencer, youtuber e instagramer.

Diferencias entre Influencer, youtuber e instagramer

Si eres una persona con cierta credibilidad sobre un tema concreto, y además, por tu presencia e influencia en redes sociales te has convertido en un prescriptor interesante para una marca, eres un influencer.

En el caso de que seas una persona que produce contenido en formato de vídeo en YouTube, se te considerará un youtuber.

Y si eres un usuario del servicio de intercambio de publicaciones, mensajes, imágenes y fotos (permanentes o de corta duración) y mantienes contacto con tus círculos sociales de Instagram, eres un instagramer.

Por lo que podríamos decir que Influencer es la palabra que se utiliza para definir a aquellas personas que tienen una presencia importante en las Redes Sociales y tienen muchos seguidores.

Y esto se puede comprobar porque sus opiniones y actualizaciones de estado se comparten y comentan por muchas personas.

Por lo que si has logrado destacar en canales digitales como son las redes sociales, Facebook, Instagram o plataformas de video como YouTube eres un influencer.

Pero vamos a lo importante, a conocer los impuestos que te pueden afectar como influencer.

Podcast sobre influencers (Youtubers e Instagramers)

En nuestro canal de Ivoox puedes acceder a cientos de audios para emprendedores y PYMES.

Aquí te dejamos el acceso a un podcast con la entrevista que nos hicieron en nuestro programa «asepyme en la onda» el 27 de diciembre de 2019 en ExpoJove, sobre los impuestos que debe pagar un youtuber e instagramer.

Tributación Youtuber o Instagramer

Desde hace ya algunos años, el perfil del youtuber o instagramer se ha ido convirtiendo en una figura que adquiere cada vez más relevancia y del que se oye hablar de manera continuada.

Algo que comienza simplemente cuando decides subir un vídeo o una imagen en las redes sociales, puede convertirse en todo un acontecimiento y generar mucho interés. Tanto es así, que el número de seguidores y de visualizaciones en los vídeos y fotos aumenta hasta niveles propios de personajes famosos.

Si eres uno de estos profesionales y no estás declarando nada, debes de tener en cuenta que Hacienda ha incluido este tipo de actividades dentro de su plan de control tributario anual, con actuaciones dirigidas a mejorar el cumplimiento tributario. Por ello le va a resultar bastante fácil a la administración comprobar si estas cumpliendo con tus obligaciones tributarias.

En ocasiones la administración tan solo tiene que requerir a las empresas de publicidad o a Google información para saber si se tienen ingresos por publicidad.

Veamos ahora un video resumen de todos los aspectos a tener en cuenta.

.

Y tal ver te preguntes…

¿Cuánto puede ganar un youtuber o instagramer?

En los momentos en los que se contrata publicidad, es cuando surge la oportunidad para los youtubers e instagramers de empezar a ganar dinero.

Las empresas de publicidad valoran en gran medida la audiencia de estos perfiles y pueden pagar cantidades importantes por el simple hecho de que las marcas que gestionan puedan aparecer en algún momento durante el vídeo o como marca de agua en una foto.

Esto ha llevado a que algunos de los youtubers o instagramers acaben ingresando cantidades importantes de dinero.

Por ejemplo, el mayor YouTube del mundo, PewDiePie, gana más de 400.000 dólares al mes, y es que cada vídeo suyo recibe millones de visitas. Y esto es así principalmente porque detrás hay un plan de marketing muy bien desarrollado.

Obviamente este es una excepción, pero hay miles de youtubers e instagramers que empiezan ingresando por publicidad unos cientos de euros al mes, y tras desarrollar una buena estrategia de marketing en dos o tres años pueden alcanzar más de 20.000 euros al mes.

¡Y lo digo con conocimiento de causa!

Si quieres conocer lo que ganan los youtubers más famosos, en el sitio Social Blade puedes encontrar información al respecto.

Sin embargo, si bien hay algunos que pueden estar ingresando cantidades importantes, como te decía, también hay una mayoría que están generando ingresos en cantidades inferiores, comprendidas entre los 500€ y 2.000€ mensuales.

¡Y una parte de ellos no declaran nada con la consiguiente contingencia fiscal!

Todo esto ha generado una preocupación en todo tipo de influencer

Estos profesionales empiezan a plantearse si realmente ante estos ingresos que están generando deben o no pasar por Hacienda para pagar impuestos.

Muchos youtubers, instagramers, bloggers  (influencers  en general) creen que están exentos de declarar sus ingresos por la poca cantidad de dinero que generan. ¡craso error!

Entonces ¿qué significa esto?

¿Debe pagar impuestos un Youtuber?

Ante la pregunta relacionada con la tributación de un Youtuber o la tributación de un instagramer, Hacienda lo tiene claro…

«Se considerarán rendimientos íntegros de actividades económicas aquéllos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios».

Por lo que si una persona empieza a desarrollar una actividad de manera recurrente y genera de forma continuada unos ingresos debe declarar por ellos.

Por lo que en el momento en que se obtienen ingresos como resultado de hacer uso de las redes sociales es necesario darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social.

Si este es tu caso deberías darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por tanto, si eres un influencer (youtuber, instagramer…) y no cumples con tus obligaciones  fiscales en el desarrollo de tu actividad económica, puedes tener problemas con la administración e incluso verte en la necesidad de hacer frente a multas y sanciones.

Recuerda que en asepyme somos PAE y podemos tramitar las altas anteriores por ti totalmente gratis.

 

Pero llegados aquí, tal vez te preguntes…

¿Cuándo debe pagar impuestos un youtuber? ¿Y darse de alta como autónomo?

No cabe duda de que todo depende del nivel de actividad y dedicación que tengas como influencer, así como de la cantidad de ingresos que generes.

En el momento en que la actividad que desarrollas como youtuber o instagramer se pueda considerar una fuente de ingresos y te genere recursos de forma continuada y recurrente, es cuando debes de darte de alta y empezar a tributar.

Importante, si tienes unos ingresos de forma continuada y recurrente, por ejemplo todos los meses, debes darte de alta.

La forma en que debes tributar así como el importe a abonar dependerá de la opción elegida, es decir de si va a ejercer como persona física o a través de una sociedad.

Al final de este artículo te explicaré las diferencias de hacerlo de una u otra forma.

A la hora de darte de alta en la seguridad social, si decides ejercer la actividad como persona física deberás de darte de alta como autónomo. Y si reúnes los requisitos podrás optar por darte de alta acogiéndote a la tarifa plana de 60 euros al mes.

Por otra parte, si creas una sociedad el tipo de cotización a la seguridad social como autónomo societario será de 365,23 euros al mes en 2019.

Todos estos aspectos debes valorarlos como profesional del medio online para asegurar que estás desarrollando tu actividad dentro de la legalidad y, además, estás obteniendo la máxima rentabilidad en la misma.

Pues como te puedes imaginar no tiene los mismos gastos ni se pagan los mismos impuestos ejerciendo como persona física que haciéndolo a través de una sociedad.

De ahí que mi recomendación sea de estudiar caso por caso para ver que es lo que más interesa.

Los impuestos de un youtuber e instagramer son una realidad que debes asumir si optas por ejercer como influencer.

Sin duda, esta rápida evolución en la tecnología y el medio online está derivando en la aparición de nuevas profesiones que, con el tiempo, se están regulando de forma específica.

Si este es tu caso, eres youtuber, instagramer, influencer en general, busca asesoramiento profesional, evita problemas con Hacienda y disfruta de tu actividad.

Y si estás percibiendo ingresos como influencer sin estar dado de alta, nosotros te ayudamos a evitar futuros problemas.

Regularizar situación youtuber instagramer

Y ahora veamos lo que tienes que pagar como influencer

Impuestos a pagar por un youtuber e instagramer

Aquí voy a tratar de los impuestos a declarar como persona física, dejando para otro post las obligaciones como persona jurídica (SL o SLU).

IAE youtuber, instagramer, blogger, influencer en general

El Impuesto de Actividades Económicas es conocido abreviadamente como IAE.

Es un impuesto que se aplica a autónomos, socios de comunidades de bienes o sociedades civiles, así como a sociedades, por el mero hecho de realizar una actividad.

Para poder ejercer dicha actividad dentro de la legalidad se deberá presentar la declaración censal de alta y comunicar el alta en IAE en alguno o varios de los epígrafes correspondientes.

Mediante la declaración censal (modelos 036 o modelo 037) puedes darte de alta en el IAE y con ello puedes comunicar a Hacienda todos tus datos como empresario, profesional y retenedor (artículos 4 a 8 del RGAT). Y entre estos datos obviamente está la actividad que desarrollas como influencer.

Algunos de estos epígrafes en los que deberías darte de alta, podrían ser:

  • 844 «Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares» – En caso de recibir ingresos por publicidad.
  • 961.1 «Producción de películas cinematográficas» – Si se suben videos a internet.

Por lo que como influencer (youtuber, instagramer o blogger) deberás de darte de alta en el IAE.

Y si vas a realizar varias actividades económicas o a ofrecer diferentes servicios como influencer, tendrás que darte de alta en diferentes epígrafes del IAE.

Aunque no debes preocuparte, pues aunque como influencer estes de alta en el IAE, no quiere ello decir que tengas que pagar este impuesto.

A la hora de tributar por el Impuesto sobre Actividades Económicas hemos de tener en cuenta el importe neto de la cifra de negocios, y si es inferior a un millón de euros en el penúltimo año anterior, estarás exento del pago.

Ojo, exento del pago, no de la obligación de darte de alta.

Impuestos instagramer

Y ahora veamos como afecta en el Impuesto sobre la Renta…

IRPF youtuber, instagramer, blogger, influencer en general

Los influencers (youtubers, instagramers o bloggers) también tienen obligación de presentar declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Por lo que como influencer debes declarar tus rendimientos en el IRPF como rendimientos de actividades económicas en estimación directa.

Aunque podrás elegir entre el Régimen de Estimación Directa Simplificada (EDS), el Régimen de Estimación Directa Normal (EDN).

Aunque no debes marearte, pues la mayoría de los autónomos influencers en España están acogidos a la modalidad simplificada. Y esto es así entre otras cosas porque el importe neto de su cifra de negocios no supera los 600.000 euros.

Como te decía en el apartado del IAE, para no extenderme demasiado en la explicación voy a entender que ejerces la actividad como persona física.

Como influencer deberás de declarar y pagar en el IRPF en función de tu rendimiento neto. Y este se calcula, salvo determinadas particularidades, por la diferencia entre tus ingresos y tus gastos.

Y tal vez te preguntes que gastos puedes deducirte como youtuber o instagramer.

Aquí te dejo una relación de los gastos deducibles:

  • Seguridad social autónomo y si tienes empleados, la de estos
  • Sueldos de los empleados
  • Arrendamientos si paga alquiler del local
  • Desarrollo de la web o blog si la tienes
  • Mantenimiento de la web y blog
  • Reparaciones y conservación de los equipos
  • Gastos financieros necesarios para la actividad
  • Coste conexión internet
  • Compra de apps, videos, aplicaciones, etc. necesarios para la actividad.
  • Y en general todos los gastos necesarios para el ejercicio de la actividad.
  • Así como las amortizaciones de ordenadores y resto de equipo.

En nuestro artículo «Qué gastos puede deducirse un autónomo» puede ver una relación de los mismos, así como los requisitos que deben cumplir para ser deducibles.

¡Dudas si te han de practicar retención en tus facturas!

Dado que el servicio de publicidad no es una actividad profesional, quien lo pague no está obligado a practicar retención e ingresar la misma.

Y tal vez te preguntes si has de presentar declaraciones periódicamente…

Pues SI.

Trimestralmente tendrás obligación de presentar un pago fraccionado equivalente al 20% de los rendimientos netos (modelo 130). Y anualmente deberás declarar el rendimiento en el IRPF.

Y que no se te olvide que tienes obligación de llevar unos libros registros de ingresos y gastos, donde se lleva un registro detallado de la contabilidad.

En concreto los libros que debe llevar una autónomo en estimación directa son:

  • ingresos
  • ventas
  • gastos
  • compras
  • bienes de inversión

Y no te olvides que todo esto lo podemos hacer nosotros por ti, para facilitarte la labor y que tu te centres en lo que verdaderamente te genera ingresos, tu actividad como influencer.

Alta youtuber instagramer Hacienda Autonomo gratis

Y hora llega la hora del controvertido Impuesto sobre el Valor Añadido

IVA Youtuber, Instagramer, influencer y blogger

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo.

Este impuesto viene regulado en la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y en su artículo 4 se define el hecho imponible, y dice:

“Artículo 4 Hecho imponible

Uno. Estarán sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, …”

Partiendo de esta definición en los servicios que se presten por todo influencer (youtuber, instagramer o blogger) se deberá repercutir en factura el 21% del IVA.

Importante: No olvidar que se tiene obligación de emitir factura. Si no sabes cómo, te recomendamos que leas nuestro artículo “Cómo hacer una factura correctamente”.

Y tal vez te preguntes si has de presentar declaraciones periódicamente… declaraciones de IVA obviamente.

La respuesta es SI (salvo determinadas excepciones como después veremos).

Trimestralmente deberás presentar la declaración liquidación del IVA (modelo 303) y anualmente un resumen anual (modelo 390).

Excepción:

En determinados casos no se debe de emitir la factura con IVA.

Si el profesional utiliza una plataforma publicitaria situada en el resto de la UE deberá de darse de alta en el ROI – Registro de Operadores Intracomunitarios.

El alta en el ROI es sencillo, y con ello lo que se obtiene es un NIF intracomunitario. También es conocido como número VAT.

Pero tranquilo… el alta en el ROI también te la podemos tramitar nosotros sin coste.

Como decíamos, tener este número autoriza a emitir facturas a clientes Europeos sin tener que repercutir el IVA.

Aunque no se debe olvidar que al facturar a un cliente intracomunitario se pueden dar dos supuestos:

  • Que ambas partes tengan VAT por estar de alta en el ROI. En tal caso se podrá emitir la factura sin IVA.
  • Que tan solo uno o ninguno de los dos tenga VAT, por no estar de alta en el ROI. En estos casos si se aplicará IVA en las facturas.

Importante: recordar que las operaciones intracomunitarias deben declararse trimestralmente en el modelo 349 de Operaciones Intracomunitarias.

¡Aquí también dudas si te han de practicar retención en tus facturas!

Pues tranquilo, pues no te tienen que practicar retención del IRPF en las facturas intracomunitarias que emitas. Es lógico, ya que el pagador no es español y no tiene obligación de ingresar el IRPF a la Agencia Tributaria española.

Y ahora tal vez te preguntes…

¿Cómo puedo saber si a quien le voy a facturar está en el ROI?

En esta página puede comprobar si un profesional o empresario está dado de alta en el ROI> Consultas operadores intracomunitarios españoles y extranjeros.

Si el cliente a quien le facturas no está en la UE, posiblemente la operación este no sujeta y también se facturará sin IVA.

Dado que hay actividades no sujetas y actividades exentas del IVA, podríamos concluir diciendo que se debe de estudiar cada caso en concreto para ver si se debe emitir la factura con o sin IVA.

Consejo… consulta con profesionales para evitar futuros problemas.

Y llegamos a otra declaración, pues no es un impuesto ya que no se paga…

347 instagramer, youtuber e influencer

El modelo 347 es una declaración informativa, en la que entre otros están obligados a presentarla todos los influencers (instagramer, youtuber y blogger).

Es indiferente que se ejerza la actividad como persona física, jurídica o en régimen de atribución de rentas.

En esta declaración informativa se declaran las actividades realizadas con terceras personas o entidades por importe superior a 3.005,06 euros, en el año natural al que se refiere la declaración.

Para ampliar información sobre esta declaración recomendamos leer nuestro artículo «Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceros«. En él explicamos entre otras cosas las operaciones que se declaran, quienes están obligados a presentarlo y quienes no, así como que operaciones no han de declararse.

Y ahora veamos las obligaciones en materia de seguridad social, como autónomos…

Autónomo ¿Empresario individual o Sociedad?

Como puedes imaginar por todo lo leído hasta aquí, queda claro que como influencer debes estar dado de alta y pagar impuestos si no quieres tener problemas con la administración.

Y es después de tramitar estas altas cuando te surgirá una de las principales dudas…

¿Me doy de alta como autónomo, como empresario individual, o constituyo una sociedad?

Duda que intentamos dar respuesta en nuestro post Autónomo o Sociedad ¿Qué me interesa?, de ahí que te recomiende que lo leas.

Esta pregunta es importante porque las implicaciones fiscales y laborales que tienen una situación y la otra son bastante diferentes. Por ello, es recomendable que como influencer, youtubers o instagramers acudas a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) para que te ofrezcamos asesoramiento en todas estas cuestiones.

Es habitual que en estos puntos de atención ofrezcamos servicios de asesoría para emprendedores.

En asepyme como PAE nos encargamos de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de la actividad y su desarrollo. Y todo ello lo hacemos prestando servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, etc.

Y como no, asesoramos sobre la forma jurídica de constitución y trámites a realizar, exponiendo las ventajas e inconvenientes de cada una de ellas.

A la hora de elegir qué forma es la mejor para empezar a gestionar esta actividad y tributar, debes tener en cuenta que si tu nivel de ingresos está por debajo de los 12.500 euros, el porcentaje de tributación de un autónomo llegaría al 19 %.

Sin embargo, en el caso de que decidas constituir una sociedad el porcentaje de tributación será:

  • el tipo general del 25% aplicable a entidades de reducida dimensión y microempresas.
  • y excepcionalmente el 15% si es una entidad (SL o SLU) de nueva creación, que realice actividades económicas, en el primer período impositivo en que la BI resulte positiva y en el siguiente.

De esta forma, se puede tener una idea clara de a partir de que nivel de beneficios es más recomendable tener una sociedad o seguir como autónomo.

Aunque esto no es así tal cual, pues se debe analizar caso por caso por las peculiaridades que lo caracterizan, como puedes ver en nuestro artículo sobre la tributación de los socios profesionales.

Y se me olvidaba… ¿Cómo afecta todo esto en tu cotización como autónomo?

Esto va a depender de si te das de alta de autónomo como empresario individual o en una sociedad.

Desde el 1 de enero de 2019 la base mínima de cotización para los autónomos empresarios individuales se sitúa 944,35 euros al mes, y la cuota de autónomo en 283,3 euros.

Y para el mismo periodo la base mínima de cotización para los autónomos societarios se sitúa 1.214,10 euros al mes, y la cuota de autónomo societario en 364,22 euros.

Y se me olvidaba…

¿Sabes cómo factura un Youtuber a Google?

Si se obtienen ingresos por un canal en Youtube se debe generar una factura intracomunitaria por cada uno de ellos. Debe ser intracomunitaria ya que Google normalmente paga desde Irlanda.

Lo normal es que el youtuber o instagramer envíe la factura, aunque Google suele emitir una autofactura declarando lo que le paga (sin IVA).

En este tipo de ingresos no se debe repercutir IVA, ni aplicar retención.

Aunque recuerda lo dicho anteriormente, no debes olvidar darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

La práctica habitual es la siguiente… si se alcanza el límite de pago establecido por Youtube o mínimo de dinero generado en un canal para recibir ingresos, Google ingresará el dinero a mes vencido.

En ese momento se deberá de emitir la factura por los ingresos recibidos de Google, ya que antes se desconocía.

Lo correcto seria declararlo en el mes que se ha generado, pero difícilmente pueda conocerse, de ahí que se tenga que declarar en el siguiente.

Si un mes no se supera el limite de pago se ira acumulando el dinero generado y Google Adsense lo pagará en el mes que se supere dicho límite.

En la actualidad el límite de pago viene establecido en cien dólares al mes y el valor es el resultado de la conversión a euros en España.

También se puede dar el caso de que cobres de algún intermediario que se encargue de la gestión desde EEUU, Canadá, Australia u algún otro país fuera de la UE. En estos casos también se facturará sin IVA.

Y tal vez te preguntes ¿Y si mi canal de Youtube funciona bien y me contrata alguna empresa española, para promocionar sus productos o servicios?.

Entonces deberás emitir una factura y deberás de incluir en la misma el IVA, actualmente el 21%.

Aquí sí que tendrías que remitir a tu cliente la factura antes del día 16 del mes siguiente a aquél en el curso del cual se hayan realizado la operación.

¡Por cierto!

¡No te pierdas las últimas novedades en cuanto a legislación, subvenciones, ayudas, noticias y análisis de empresas cotizadas! Suscríbete a nuestra newsletter gratuita para estar siempre informado.

Suscríbeme a Bolein Newsletter Asepyme

Si necesitas orientación en relación con los impuestos de un youtuber o instagramer no dudes en ponerte en contacto con nosotros 📞. Desde nuestra asesoría fiscal en Valencia, proporcionamos servicios a nivel nacional y online, apoyándote en la gestión de tus obligaciones fiscales y en la maximización de tus beneficios 🌐.