FOGASA: garantías, límites e indemnizaciones

Te voy a contar lo principal del FOGASA o Fondo de Garantía Salarial.

Cuando una empresa no puede asumir los salarios de sus empleados por razones de fuerza mayor, existe un organismo que puede garantizar que estos sean cobrados por los trabajadores. Este organismo es el FOGASA.

FOGASA: garantías, límites e indemnizaciones

¿Comenzamos?

¿Qué es FOGASA?

El Fondo de Garantía Salarial, es un organismo que funciona de manera autónoma pero que está adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España.

Los fondos que nutren este organismo provienen de cuotas que son pagadas por las empresas mensualmente en sus seguros sociales, y que representan el 0,2% de las bases de cotización de los trabajadores.

Si se da el caso de una insolvencia por parte de la empresa, para poder hacerse cargo del pago de sus trabajadores, estos pueden reclamar al FOGASA para solicitar que dichos compromisos salariales sean indemnizados.

Por lo general, este fondo se hace cargo de los pagos cuando las empresas deudoras se han declarado como insolventes o cuando se encuentran en concurso de acreedores.

El valor de las indemnizaciones que los trabajadores pueden percibir de este fondo se verá afectado por distintos factores dependiendo de si se trata de salarios u otro tipo de compromisos de pago.

Y tal vez te preguntes…

¿Qué garantiza el FOGASA?

Este fondo solo garantiza el pago de ciertos compromisos por parte de la empresa. Es importante que los trabajadores que obtengan este beneficio tengan claro cuáles son las garantías del FOGASA.

Salarios

Cuando la empresa se declara insolvente o se declara en un concurso de acreedores, los empleados que tengan pendiente de pago salarios, podrán recibir el abono de los mismos incluyendo pagas extras pendientes.

El pago máximo que este fondo puede hacer a los trabajadores es del doble del salario mínimo interprofesional (SMI), incluyendo prorrateo de pagas extras.

Este fondo asumirá los pagos de los salarios de los trabajadores siempre que estos hayan sido reconocidos de manera legal mediante:

  • una decisión judicial,
  • certificado de los Administradores Concursales o
  • un acta de conciliación.

Indemnizaciones

Existen algunas indemnizaciones que son aseguradas por el FOGASA para los trabajadores. En el caso de despidos nulos por ejemplo, se tendrá derecho a una indemnización que se establece en 30 días correspondientes a cada año trabajado. Y este mismo pago se aplica cuando se trata de despidos improcedentes.

En el caso de que el trabajador haya sido despedido por causas objetivas, la indemnización será de 20 días por año trabajado. Y la misma se aplica para los casos de extinciones colectivas de contrato.

Cuando se trate de extinciones de contratos de duración establecida o contratos temporales,  la indemnización será de 12 días por año trabajado.

En el caso de que la extinción del contrato sea por voluntad del trabajador, siempre y cuando exista una causa justa acorde al artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, el FOGASA indemnizará  con 30 días por año trabajado.

Tal vez te preguntes si existen límites.

¿Qué límites se establecen?

Las cantidades que se pueden obtener de este fondo tienen algunos límites.

En el caso de los salarios, el fondo pagará el doble del SMI, con un límite de 120 días. Límite que incluye el prorrateo de pagas extras.

En el caso de las indemnizaciones, se tiene que tener en cuenta que el FOGASA asumirá una cantidad máxima de 1 año de salario.

Además de esto se debe tener en cuenta que la referencia para el cálculo de pagas no será superior al doble del SMI, incluyendo el prorrateo de pagas extras.

Así, tomando como base el salario mínimo diario de 2020, el límite de las indemnizaciones se ubica en  26.900,50 €.

Ahora veamos las exclusiones.

Indemnizaciones excluidas del FOGASA

Este fondo excluye algunas indemnizaciones de estas reglas generales.

En primera instancia se excluyen aquellas que hayan sido previamente reconocidas en conciliación administrativa. Aunque con la excepción de las indemnizaciones que deriven del expediente de regulación de empleo.

Otros de los pagos que quedan excluidos de la responsabilidad de FOGASA serán los gastos extras devengados por:

  • herramientas,
  • transporte,
  • complementos de incapacidad temporal,
  • pluses de distancia,
  • etc.

Tal vez te preguntes quienes se pueden beneficiar de estas indemnizaciones.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Los beneficiarios del FOGASA serán aquellos empleados que tienen vinculación con empresas mediante relación laboral establecida por ley. Es decir, cualquier empleado que mantenga una relación de empleo con una empresa puede ser indemnizado por el FOGASA.

Quedan exentos de estos beneficios:

  • los socios de las cooperativas de trabajo que se hayan asociado al fondo,
  • los/las trabajadoras del hogar

También se aplican aquellas excepciones mencionadas tanto en la Ley General Seguridad Social como en el Estatuto de los Trabajadores.

A continuación veremos el procedimiento a seguir.

¿Cómo se tramitan las solicitudes?

Las solicitudes ante el Fondo de Garantía Salarial pueden hacerse:

  • por el trabajador en persona o
  • mediante la figura de un apoderado.

Aunque también se pueden presentar de oficio, por acuerdo de la Unidad Administrativa Periférica correspondiente o de la Secretaría General.

¿Dónde se presentan estas solicitudes?

Estas solicitudes se pueden hacer a través de la Oficina de Correos.

Se debe hacer dirigiendo la presentación de la solicitud junto a los documentos pertinentes en sobre abierto enviado a la dirección de la Unidad Administrativa del Fondo de Garantía Salarial de la provincia correspondiente al lugar donde se encuentra el centro de empleo.

También se puede iniciar la solicitud a través de la sede electrónica del FOGASA. O si se prefiere, se puede entregar la solicitud en las oficinas provinciales del FOGASA.

Otra manera de presentar este tipo de solicitudes es a través de cualquier órgano administrativo perteneciente a:

  • la Administración General del Estado o
  • a las Comunidades Autónomas.

Para los empleados que se encuentran fuera del país, el lugar en el que pueden presentar su solicitud en:

  • las sedes diplomáticas españolas, o
  • las sedes consulares españolas.

Y veamos los plazos.

¿Qué plazo hay para presentarlas?

La solicitud de indemnizaciones por parte de FOGASA debe hacerse en un plazo de un año.

Este se cuenta desde la fecha de:

  • la Resolución Judicial Complementaria,
  • la Sentencia,
  • el Acta de Conciliación o
  • la Resolución de la Autoridad Laboral.

Ahora veamos como se puede cobrar.

¿Cómo se cobra la prestación?

El empleado hará su solicitud, incluyendo los datos bancarios en los que la prestación o indemnización debe ser abonada.

Una vez el expediente ha sido debidamente procesado y resuelto, se expedirá una orden de pago a la entidad financiera colaboradora.

Esta entidad entonces procesa las órdenes de pago a las cuentas que han sido indicadas por el empleado en su solicitud.

Al darse la orden de pago, llegará al domicilio indicado por el empleado una notificación de pago.

En caso de que se desee hacer una demanda contra la Resolución Administrativa, esta debe hacerse en un plazo de 2 meses. Plazo que debe contarse desde el día de la recepción de la notificación.

El Fondo de Garantía Salarial asegura a los empleados sus pagos e indemnizaciones por ley en casos en los que las empresas bajo las cuales tienen contrato laboral no se pueden hacer responsables en los casos descritos.

Sin embargo, es importante que los beneficiarios sepan exactamente cómo funciona el FOGASA. Principalmente qué paga y cómo lo hace. Todo ello para que en caso de necesitarlo, se tenga toda la información correspondiente.

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