Hacienda cruza datos bancarios con el IVA

¡Alerta roja!

Hacienda cruza datos bancarios con el IVA

La AEAT ha empezado a cruzar la información bancaria de empresas con los importes declarados en el IVA.

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Hacienda cruza los datos facilitados por los bancos con las declaraciones de IVA

La AEAT ha comenzado a realizar comunicaciones a empresarios y profesionales obligados a tributar por el IVA ,advirtiendo que ha comenzado a cruzar datos relativos a las cuentas bancarias de los obligados con las declaraciones del IVA en el ejercicio de 2016.

En artículos anteriores explicamos que desde enero de 2017 los bancos facilitan a Hacienda los datos de cuentas y depósitos, además en estas comunicaciones también incluyen el volumen de entradas y salidas de cada cuenta bancaria.

De esta forma, Hacienda compara dicha información con los importes declarados de IVA, y en caso de encontrar incoherencias iniciará procedimientos de comprobación o visitas sorpresa a las empresas que consideren sospechosas.

¿Qué operaciones puede inspeccionar Hacienda a la hora de cruzar datos bancarios con el IVA?

El artículo 93 LGT establece las obligaciones de información de las entidades bancarias, en concreto, las entidades bancarias no podrán ampararse en el secreto bancario en las siguientes operaciones:

  • Los requerimientos individualizados relativos a los movimientos de cuentas corrientes.
  • Depósitos de ahorro y a plazo.
  • Cuentas de préstamos y créditos y demás operaciones activas y pasivas, incluidas las que se reflejen en cuentas transitorias o se materialicen en la emisión de cheques u otras órdenes de pago, de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y cuantas entidades se dediquen al tráfico bancario o crediticio

Estos requerimientos de información, podrán efectuarse en el ejercicio de las funciones de inspección o recaudación, previa autorización del órgano de la Administración tributaria que reglamentariamente se determine.

Si este es tu caso, anticípate y documenta el motivo de dichas discrepancias. Así, si eres objeto de comprobación, ya lo tendrás todo preparado. Los mayores ingresos en bancos seguramente tendrán su origen en operaciones no sujetas a IVA: traspasos entre cuentas del titular, aportaciones de socios (si son sociedades), etc.

Por eso debes tener mucho cuidado con este tema, y dejarte asesorar por un profesional experto en la materia.

Para más información sobre los asuntos tratados en este artículo, consulta a nuestro equipo de asesores en Valencia.